Descubre la Actividad Financiera del Estado y el Derecho Fiscal Según Humberto Sol Juárez: ¡Todo lo que Necesitas Saber!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La actividad financiera del Estado es un tema fundamental dentro del Derecho Fiscal, esencial para comprender el sistema financiero mexicano actual. Este proceso permite al Estado recaudar los recursos económicos necesarios para cumplir con sus obligaciones hacia la población, satisfaciendo sus necesidades a través del gasto público.

Fundamentos de la Actividad Financiera

Antes que nada, debemos saber que la actividad financiera es el proceso que permite al Estado recaudar recursos económicos que propicien el cumplimiento de sus obligaciones para con la población, a fin de que las necesidades de esta última se satisfagan. A esto se le conoce como “gasto público”, el cual, al igual que su administración, forma parte (pero no la única) de la actividad financiera. Esto tiene relación estrecha con las obligaciones de los contribuyentes, pues gracias a la oportuna realización de sus contribuciones es que se inicia el proceso (Carrasco Iriarte, 2017: 2).

Nuestro papel como contribuyentes forma parte de los valores y actitudes que debemos tener como sociedad y está sujeto a los cambios que se realicen a las leyes que lo regulan. Entonces, para evitar sanciones necesitamos estar actualizados al respecto (Armas y Colmenares de Eizaga, 2009: 144).

En esta realidad del Derecho, el Estado tiene funciones complejas que cumplir (la atención, gestión y manejo de las erogaciones de los ciudadanos), cuyo conjunto conocemos como actividad financiera. Estas últimas están reguladas por el Derecho Financiero, en su rama Fiscal. Por ello, en este recurso hablaremos sobre cómo nos afectan las finanzas del Estado, y conoceremos los conceptos y clasificaciones que las componen de acuerdo con los esquemas municipal, estatal y federal.

Objetivos Didácticos

El propósito de este estudio es comprender la importancia de los ingresos tributarios (contribuciones y contribuciones accesorias) y la de los ingresos no tributarios, los aprovechamientos, los productos, los empréstitos, la emisión de moneda que nos permiten hacer una crítica a la importancia de la actividad financiera en el Derecho Fiscal.

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El propósito de la propuesta anterior es comprender la importancia de los ingresos tributarios (contribuciones y contribuciones accesorias) y la de los ingresos no tributarios, los aprovechamientos, los productos, los empréstitos, la emisión de moneda que nos permiten hacer una crítica a la importancia de la actividad financiera en el Derecho Fiscal.

Finalmente, justificar y evaluar el Estado moderno en la actividad financiera y determinar la ley para cada supuesto de análisis de estas últimas.

Introducción a la Actividad Financiera del Estado

El Derecho Fiscal se vincula con la actividad financiera del Estado, la relación económica entre el Estado y los particulares o gobernados: personas físicas y personas morales. Se trata de “una relación necesaria e indispensable para la satisfacción de las necesidades colectivas, que para el Estado requiere de recursos económicos y patrimoniales que deben provenir de los gobernados quienes son los que se benefician con la satisfacción de las necesidades colectivas” (Sol Juárez, 2012: 13).

El Derecho Fiscal “tiene por objeto estudiar y analizar las diversas normas jurídicas que regulan la relación en virtud de la cual el Estado exige de los particulares sometidos a su autoridad o potestad soberana la entrega de determinadas prestaciones económicas para sufragar los gastos públicos” (Arrioja Vizcaíno en Sol Juárez, 2012: 13).

El Estado debe realizar acciones (basadas en ingresos tributarios y no tributarios) que le permitan hacerse de los recursos que posteriormente satisfarán las necesidades generales de la sociedad.

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El Estado está legitimado -incluso por la vía coactiva- para detraer recursos de los particulares a través del tributo, quedando obligados estos últimos, por disposición constitucional, a entregar una parte de su riqueza para sufragar los gastos del primero […]” (García Bueno, 2020: 93).

Funciones Esenciales del Estado Contemporáneo

Las funciones principales del Estado contemporáneo son idénticas a las que le dieron origen, pues sólo cambian los instrumentos, los términos y las formas para cumplir con sus finalidades esenciales, como realizar la justicia social, individual y colectiva, y el bien común, y garantizar tanto la libertad como la seguridad jurídica de los habitantes de una nación.

Lo anterior es válido en virtud de que el gobierno es una institución que surgió para permitir el desarrollo material y espiritual del ser humano, e impedir en consecuencia todo acto de injusticia, tanto individual como colectivo.

De ahí que es muy importante tener presente que un ordenamiento jurídico, además de proteger los derechos fundamentales del ser humano, también debe ser un factor de cambio para evitar la dictadura o tiranía de las leyes, en especial las financieras o fiscales que no permitan una relación armónica entre el Estado, como titular de la hacienda pública, y los particulares. Esto implica la necesidad de instrumentar, impulsar y coordinar todo un aparato burocrático que desempeñe esa pluralidad de tareas y funciones; significa, a su vez, que los titulares de tal aparato necesitan realizar “gastos imprescindibles para lo cual es necesario allegarse de los medios indispensables”. (Carrasco Iriarte, 2017: 1-2).

El Estado moderno no es un simple espectador de la vida económica nacional, sino un actor decisivo e indispensable en el profundo drama que domina a la humanidad. El Estado no es una ficción que gobierna, ni una organización al servicio de grupos privilegiados. Su finalidad es servir a todos sin excepción, procurando mantener el equilibrio y la justa armonía de la vida social. La idea del interés público es determinante en las instituciones políticas. Favorecer a un grupo con detrimento de otro es crear profundas desigualdades sociales, que el Estado debe empeñarse en hacer desaparecer o al menos atenuar.(Carrasco Iriarte, 2017: 2).

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De manera general la “actividad del Estado está constituida por el conjunto de actos, operaciones y tareas que conforme a la legislación positiva debe de ejecutar para la realización de sus fines”. En ese amplio margen de referencia la actividad financiera sólo es una de las múltiples manifestaciones del quehacer administrativo, que puede definirse como “la actividad que desarrolla el Estado con el objeto de procurarse los medios necesarios para los gastos públicos destinados a la satisfacción de las necesidades públicas y en general a la realización de sus propios fines.”(Morales Mendoza, 1986: 189).

Ahora sabemos que el Estado requiere aportaciones económicas para satisfacer las necesidades de la población. Y en caso de que el dinero que recaude resulte poco o gaste más de lo que tiene, el Estado puede caer en el endeudamiento público (Vázquez Vidal y Cantú, s.f.). Tengamos en cuenta lo siguiente:

El sujeto activo se entiende como el Estado o su autoridad fiscal, que tiene la facultad de imposición y recaudación de los créditos, o el deber de dar aportaciones económicas a favor del fisco. Sujeto pasivo se entenderá como la obligación de dar, es decir, contribuir mediante aportaciones económicas que deberán realizar los particulares o gobernados. [Además,] el cumplimiento de una prestación pecuniaria, [sic] se define como el propósito más importante de la relación jurídico tributaria que es dotar al Estado de recursos económicos para que pueda sufragar sus gastos públicos.(Sol Juárez, 2012: 57).

Los Ingresos del Estado y su Clasificación

En este apartado estudiaremos los órdenes de gobierno que existen en México, de acuerdo a los cuales se clasifican los ingresos del Estado. Nos concentraremos en los órdenes establecidos para la federación, para el Estado de Guanajuato y para el municipio de Guanajuato.

a) Sobre lo correspondiente a la federación: (Sol Juárez, 2012: 31-34).

b) Sobre lo correspondiente al Estado de Guanajuato:

c) Sobre lo correspondiente al Municipio de Guanajuato:(Sol Juárez, 2012: 31-34).

Definiciones Legales

A continuación les presentamos algunas definiciones de “impuesto” que podemos encontrar en las leyes:

El Código Fiscal para el Estado de Guanajuato declara en su artículo 4, fracción I: “Impuestos son las prestaciones económicas que establece la ley, con carácter general y obligatorio a cargo de las personas que se encuentren en la situación o hipótesis jurídica prevista por la misma, para cubrir el gasto público”.

Por su parte, el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece lo siguiente en su artículo 2, fracción I: “Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este Artículo”.

Como podemos darnos cuenta, ambas definiciones son similares. Lo que podemos rescatar de ellas es que los individuos que cumplan con los requisitos asignados por las mismas leyes tienen la obligación de contribuir de forma monetaria para subsanar el gasto público. En otras palabras, realizar el pago de impuestos nos permite mejorar nuestra sociedad al tiempo que contribuimos en ella.

Las siguientes fracciones del artículo 2 del CFF aportan esto:

  1. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.
  2. Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por las obras públicas.
  3. Derechos son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos [sic] desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Con base en lo anterior podemos preguntarnos cuáles son los beneficios directos del pago de impuestos. La respuesta es sencilla: contribuimos a las mejoras, a cubrir el gasto público; es decir, a la obra pública o al servicio público colectivo.

En México debemos mantener una contabilidad clara en la que se demuestre de forma real cuáles son nuestros ingresos. A estos últimos se les aplican tasas para saber cuánto será el pago correspondiente de impuestos. Para más información sobre las consideraciones sobre la comprobación de ingresos por el que se deben pagar impuestos, te recomendamos revisar el artículo 90 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato.

Ya que conocemos qué son los impuestos es momento de que conozcamos los puntos que podemos encontrar en ellos (además de las aportaciones mencionadas antes):

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