En México, un Régimen Fiscal Preferente (REFIPRE) se refiere a cualquier régimen tributario extranjero en el cual los ingresos obtenidos están sujetos a una tasa efectiva de impuesto sobre la renta inferior al 75% de la tasa aplicable en México.
La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece el tratamiento fiscal para los ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRES). Este régimen especial se caracteriza por tener una carga impositiva nula o mínima y otorgar algún tipo de beneficio fiscal.
¿Qué es el Régimen Fiscal Preferente (REFIPRE)?
En concreto, se trata de un régimen especial que se caracteriza por tener una carga impositiva nula o mínima y otorgar algún tipo de beneficio fiscal.
Un Régimen Fiscal Preferente es aquel en el que los ingresos están sujetos a una carga tributaria inferior al 75% de la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se pagaría en México. Esto significa que si en otro país la tasa efectiva de ISR es menor al 22.5% (considerando que la tasa corporativa en México es del 30%), se considera que dicho país ofrece un régimen fiscal preferente.
Este concepto se utiliza principalmente para prevenir la evasión fiscal, especialmente cuando los contribuyentes transfieren ingresos a jurisdicciones con impuestos bajos o nulos, conocidas comúnmente como “paraísos fiscales”.
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Este concepto está diseñado para evitar que los contribuyentes mexicanos transfieran ingresos a jurisdicciones de baja imposición con el fin de reducir su carga tributaria. Estos criterios buscan identificar jurisdicciones comúnmente conocidas como “paraísos fiscales”, donde la tributación es mínima o inexistente.
El concepto de Régimen Fiscal Preferente en México es una herramienta clave para el control fiscal internacional. Permite al SAT (Servicio de Administración Tributaria) regular y gravar los ingresos que los contribuyentes mexicanos obtienen en jurisdicciones con ventajas fiscales, asegurando que estos ingresos sean debidamente gravados conforme a la ley mexicana.
Implicaciones y Obligaciones Fiscales
La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) que establece el tratamiento fiscal para los ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRES), es aquel que otorga algún tipo de beneficio fiscal en comparación con México, por ejemplo, tasas de impuestos menores, reducciones a la base gravable o condiciones especiales para el pago de gravámenes y que son aquellos que se encuentran en paraísos fiscales y tienen una carga impositiva nula o mínima.
Los REFIPRES de acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) son aquellos regímenes que otorgan beneficios fiscales, en México, se considerarán ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, los que no están gravados en el extranjero o lo están con un impuesto sobre la renta inferior al 75% del impuesto sobre la renta que se causaría y pagaría en México. Lo anterior, aplica a los ingresos que obtenga el contribuyente a través de cada una de estas entidades o figuras que integran dicha estructura.
Los contribuyentes que generen ingresos en REFIPRES o en sociedades sujetas a ellos, así como aquellos que realicen operaciones a través de entidades jurídicas extranjeras transparentes fiscalmente, deben presentar una declaración informativa en febrero de cada año, acompañada de los estados de cuenta correspondientes o la documentación requerida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
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- Declaración y pago del ISR: Deben declarar y pagar el ISR correspondiente a esos ingresos en el mismo ejercicio en que se generen, independientemente de si los fondos han sido repatriados o no.
- Determinación de ingresos pasivos: Se consideran ingresos pasivos aquellos provenientes de intereses, dividendos, regalías, ganancias por enajenación de acciones, entre otros. Estos ingresos están sujetos a las disposiciones de los REFIPRES.
Además del pago del ISR, los contribuyentes deben presentar una Declaración Informativa de Entidades Extranjeras y Refipres. Esta declaración debe presentarse durante el mes de febrero de cada año y debe incluir información detallada sobre los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior que estén sujetos a REFIPRES.
Si generas ingresos en un Régimen Fiscal Preferente, estás obligado a presentar una Declaración Informativa ante el SAT cada febrero, reportando los ingresos obtenidos en el año anterior. Además, es esencial mantener documentación que respalde estos ingresos, como estados de cuenta o comprobantes de inversiones.
El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones, incluyendo multas y, en casos graves, penas de prisión. Además del aspecto económico y legal, el incumplimiento también afecta la reputación y credibilidad financiera del contribuyente ante las instituciones financieras y comerciales.
Excepciones a las Disposiciones de REFIPRES
Existen algunas excepciones a las disposiciones de REFIPRES:
- Entidades extranjeras transparentes: Si los ingresos se obtienen a través de entidades extranjeras transparentes fiscales en las que el contribuyente tenga una participación directa, no se aplican las disposiciones de REFIPRES, aunque los ingresos estén sujetos a un régimen fiscal preferente.
- Actividades empresariales activas: Los ingresos derivados de actividades empresariales activas pueden estar exentos si se cumplen ciertos requisitos, como que la entidad extranjera cuente con personal y activos necesarios para llevar a cabo dichas actividades.
Objetivo de la Regulación de los REFIPRES
La regulación de los REFIPRES tiene como objetivo principal evitar la erosión de la base imponible y la transferencia de beneficios a jurisdicciones de baja tributación. Esto es consistente con las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en su proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting), que busca combatir prácticas fiscales nocivas a nivel internacional.
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Conoces y cumplir a cabalidad con las disposiciones relacionadas con los REFIPRES es vital para los contribuyentes mexicanos con operaciones o inversiones en el extranjero.
