El programa MULTI-IEPS constituye una herramienta esencial para el cumplimiento de las obligaciones informativas derivadas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). La obligación de utilizar este programa electrónico deriva de los artículos 5o.-D (vigente hasta el 31 de diciembre de 2021) y 19, fracciones II, IV, VI, VIII, IX, X, XII, XIII, XV, XVI y XXIII de la Ley del IEPS, así como de la regla 5.2.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Fundamentos y obligaciones de reporte
Los contribuyentes obligados a presentar la información, incluyendo la complementaria y extemporánea, deberán efectuarla a través del Programa Electrónico “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS). A continuación, se detallan las obligaciones principales:
- Información de precios: Reporte trimestral de precios de productos sujetos a IEPS (Art. 19, fr. XIII LIEPS).
- Consumo por entidad federativa: Información anual del consumo de bienes por entidad (Art. 19, fr. VI LIEPS).
- Controles volumétricos: Información relacionada con combustibles y medición volumétrica (Art. 19 LIEPS).
- Información complementaria: Correcciones o declaraciones extemporáneas (Regla 5.2.1 RMF).
Procedimiento de presentación del programa
Para cumplir con esta obligación, los contribuyentes deben seguir el procedimiento establecido en la normativa vigente:
- Obtendrán el Programa Electrónico MULTI-IEPS en el Portal del SAT u opcionalmente en medios magnéticos en cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
- Una vez instalado el programa, capturarán los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los anexos correspondientes.
- Se generará un archivo que se presentará vía Internet o a través de medios magnéticos.
- Si se han capturado hasta 40,000 registros por la totalidad de los anexos, el archivo se presentará vía Internet a través del Portal del SAT.
- En el supuesto de que se hayan capturado más de 40,000 registros, deberán presentar la información ante cualquier ADSC en unidad de memoria extraíble (USB) o disco compacto (CD).
Solución de errores frecuentes en el portal
Es común que los contribuyentes enfrenten dificultades al enviar su información. Si al intentar enviar una declaración informativa a través del portal del SAT aparece un mensaje indicando que "el nombre del archivo de su declaración es de longitud inválida", se recomienda realizar las siguientes validaciones:
- Verificar que tiene la versión correcta del programa instalada.
- Eliminar la empresa creada si se sospecha que el RFC se indicó de manera errónea, ya que es el dato más importante para la recepción.
- Revisar el periodo declarado.
- Asegurarse de utilizar la versión actualizada (ej. 7.0.0 b.), la cual contiene los campos específicos para la presentación de la información de Multi-IEPS.
- Descargar e instalar el archivo con extensión .exe y seguir las indicaciones del asistente de instalación, así como del manual de usuario.
Cumplir correctamente con estas declaraciones no solo evita multas, sino que también garantiza el buen estado fiscal de la empresa. Estos reportes son documentos que los contribuyentes deben entregar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y, aunque no implican necesariamente un pago, sí requieren el reporte obligatorio de ciertos movimientos, como operaciones específicas realizadas durante el año o el mes.
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