Descubre Por Qué Repasar Puede Arruinar Tu Régimen Fiscal y Cómo Evitarlopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los regímenes fiscales son los sistemas que condicionan el pago de tributaciones; es decir, según en cuál se sitúe cada contribuyente le corresponderá el tipo de impuestos a los que se sujeta. El régimen fiscal es la categoría legal que define cómo una persona física o moral debe pagar impuestos, de acuerdo con el tipo de actividad que realiza y el nivel de ingresos que percibe. Elegir el régimen fiscal correcto es clave para cumplir con tus obligaciones tributarias y evitar problemas con el SAT.

Desde el surgimiento del ahora tan conocido Régimen de Incorporación, los contribuyentes se plantearon si es que era posible adoptar este régimen abandonando en consecuencia el régimen de actividades empresariales y profesionales. Las iniciativas de ley no hacen ley y, aunque la hicieran, no podrían ser más ley que la ley, así de simple. Las normas sustantivas son de aplicación estricta, es decir, respecto de ellas no cabe cualquier método de interpretación jurídica, sino que debe atenderse a lo que estrictamente está establecido en ley, considerando el contexto normativo en el que se encuentran.

Fundamentos legales sobre el cambio de régimen

Es una realidad que el numeral 113-G Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) dispone que la autoridad podrá asignar al causante el régimen que le corresponda, sin que medie solicitud. No obstante, si bien es cierto que entre las atribuciones conferidas a las Unidades Administrativas Centrales está la de adecuar el régimen fiscal de los contribuyentes, también lo es que no se establece de manera específica que dicha medida la utilice como sanción por el incumplimiento de las obligaciones fiscales, por lo que resulta cuestionable la actuación de la autoridad.

En el caso del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), existe la Tesis 2a./J. 18/2018 (10a.) que señala que están excluidos de su aplicación los contribuyentes que hasta antes de su vigencia tributaban conforme al régimen general de personas físicas con actividades empresariales y profesionales. El régimen tiene por finalidad, entre otras, erradicar la informalidad y sustituir regímenes anteriores por uno transitorio, tendente a que los sujetos pasivos inicien el cumplimiento de sus obligaciones en un esquema que les permita hacerlo fácilmente y, una vez que estén preparados, muden al régimen general.

Regímenes actuales para personas físicas

A continuación, se presenta una comparativa de las opciones principales para personas físicas:

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  • RESICO (Régimen Simplificado de Confianza): Tasas del 1% al 2.5%, sin deducciones de negocio en el cálculo mensual, para ingresos hasta $3.5 millones anuales.
  • Actividades empresariales y profesionales: ISR progresivo del 1.92% al 35% sobre utilidad (ingresos menos gastos deducibles).
  • Plataformas tecnológicas: Para conductores y repartidores, donde la plataforma retiene directamente.
  • Arrendamiento de bienes inmuebles: Para ingresos por renta de propiedades.
  • Sueldos y salarios: Para asalariados donde el empleador retiene el impuesto.

¿Cuándo es necesario actualizar la información?

Cambiar de régimen puede ser necesario cuando tus actividades económicas cambian. Algunos eventos que requieren un cambio de régimen son:

  1. Comienzo o cierre de una actividad económica.
  2. Cambios en el monto de ingresos anuales (por ejemplo, al rebasar el tope del RESICO).
  3. Cambios en la forma jurídica (pasar de persona física a moral).
  4. Cambios en la ubicación fiscal o apertura de nuevas sucursales.

El trámite se realiza a través del "Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones" en el portal del SAT. Es vital realizarlo correctamente, ya que el SAT puede detectar inconsistencias entre tus actividades reales y tu régimen registrado. Si no haces el cambio oportuno, podrías enfrentarte a multas por omisión de obligaciones, restricción temporal del uso de tu CSD (certificado de sello digital) o el inicio de auditorías fiscales más exhaustivas. Por tanto, conocer los regímenes fiscales en México es solo el primer paso; la clave está en mantener tus obligaciones fiscales al día.

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