Descubre las Claves de las Obligaciones Fiscales en el Régimen de Coordinados ¡No Pierdas Dinero!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El autotransporte terrestre de carga y de pasajeros es una actividad económica esencial en nuestro país. Las personas dedicadas a dicha actividad están sujetas a un régimen fiscal preferencial denominado “De los Coordinados”, el cual tiene como finalidad facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de algunos sectores de la economía.

El Régimen de Coordinados ofrece una opción fiscal simplificada para empresas de transporte terrestre de bienes y personas. Este esquema ofrece beneficios y simplifica la tributación.

¿Qué es el Régimen de Coordinados?

Según el artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) clasifica como coordinados a las personas morales que administran y operan activos fijos o terrenos para actividades de autotransporte terrestre de carga o pasajeros. Los integrantes de estas personas morales deben dedicarse a actividades similares o relacionadas.

Las personas morales dedicadas exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o pasajeros pueden tributar en el Régimen de Coordinados, siempre que no presten mayoritariamente sus servicios a otra persona moral residente en México o en el extranjero que sea parte relacionada.

En este artículo, exploraremos en detalle el concepto de régimen de coordinados. Esto implica que estas empresas, conocidas como “coordinadas”, pueden presentar declaraciones y pagar impuestos de forma coordinada, compartiendo responsabilidades y beneficios. El objetivo principal de este régimen es fomentar la eficiencia administrativa y financiera, así como promover la equidad tributaria en un sector crucial para la economía.

Lea también: Obligaciones Fiscales para Personas Físicas y Morales

Requisitos para Inscribirse en el Régimen de Coordinados

El contador también menciona algunos requisitos clave para registrarse en este régimen:

  • Acta constitutiva protocolizada (copia certificada).
  • Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Identificación oficial vigente del representante legal.
  • Poder notarial, si aplica representación legal.
  • Comprobante de domicilio.

Obligaciones Fiscales de los Coordinados

Para los efectos de este artículo, los coordinados cumplirán con sus propias obligaciones y lo harán en forma conjunta por sus integrantes en los casos en que así proceda.

Los coordinados deben:

  1. Calcularán y enterarán, por cada uno de sus integrantes, los pagos provisionales en los términos del artículo 106 de esta Ley.
  2. Para calcular y enterar el impuesto del ejercicio de cada uno de sus integrantes, determinarán la utilidad gravable del ejercicio aplicando al efecto lo dispuesto en el artículo 109 de esta Ley.
  3. Llevarán un registro por separado de los ingresos, gastos e inversiones, de las operaciones que realicen por cuenta de cada uno de sus integrantes, cumpliendo al efecto con lo establecido en las disposiciones de esta Ley y en las del Código Fiscal de la Federación.

Las personas morales no considerarán los ingresos que correspondan a sus integrantes que hubieran pagado en forma individual ni las deducciones que a ellos correspondan, debiendo entregar a las personas físicas y morales que paguen el impuesto individualmente, la liquidación de los ingresos y gastos.

Obligaciones y Beneficios del Régimen de Coordinados

Obligaciones:

  • Presentación conjunta de declaraciones: Una de las características fundamentales del régimen de coordinados es que las empresas participantes -personas físicas o morales- presentan su declaración anual de manera conjunta. Esto simplifica el proceso administrativo y reduce la carga de trabajo.
  • Registro y cumplimiento: Las personas morales en este régimen deben registrarse ante la autoridad fiscal correspondiente como “coordinadas” y cumplir con los requisitos establecidos. Esto garantiza la transparencia y legalidad en las operaciones.
  • Llevar registros precisos: Es esencial llevar una buena contabilidad del negocio, con un registro claro y preciso de las operaciones y transacciones realizadas. Esto respalda la integridad de la tributación compartida.
  • Obligaciones individuales
  • Obligaciones conjuntas de los Coordinados
    • Presentar la declaración y pago provisional mensual de retenciones de ISR por sueldos y salarios.
    • Declarar anualmente el ISR de los integrantes.
    • Declarar mensualmente el ISR propio
    • Declarar mensualmente el IVA de los integrantes.
    • Declarar anualmente el ISR propio
    • El impuesto determinado por cada uno de los integrantes se entera de manera conjunta en una sola declaración.
    • Declarar mensualmente el ISR por cuenta de los integrantes.
    • Informar mensualmente sobre las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado.
    • Expedir comprobantes fiscales.
    • Llevar y conservar tu contabilidad.

Beneficios:

  • Optimización de recursos: El régimen de coordinados permite compartir recursos y conocimientos, lo que conduce a un ahorro de recursos y una administración más eficiente.
  • Reducción de cargas administrativas: Al presentar declaraciones en conjunto, las empresas del régimen de coordinados minimizan la carga administrativa y el papeleo.
  • Equidad y transparencia: Este régimen promueve la igualdad de condiciones entre las empresas participantes y garantiza la transparencia en las obligaciones tributarias.
  • Potencial de ahorro tributario: Dependiendo de la situación financiera y operativa de las empresas involucradas, el régimen de coordinados podría resultar en ahorros significativos en impuestos, de acuerdo con las facilidades fiscales que te explicamos líneas arriba.
  • Facilidades fiscales al tributar en el Régimen de Coordinados: Existe una serie de ventajas exclusivas para los coordinados y que redundan en un menor pago de impuestos:
    • Tasa de retención de 7.5% del ISR a los pagos por salarios de operadores, macheteros y maniobristas afiliados al acuerdo IMSS-Canacar.
    • Facilidad para deducir hasta 8% de los ingresos propios sin comprobante fiscal de por medio (limitante de un millón de pesos en el monto deducible).
    • Deducción de hasta 15% del pago de combustible en efectivo, mediante CFDI que incluya información del permiso vigente.
    • Acreditamiento del estímulo por consumo de diésel. Se acredita el consumo de diésel en los pagos provisionales de ISR, por la deducción de hasta el 8 por ciento de los ingresos.
    • Acreditamiento del estímulo fiscal por pago de autopistas. Igualmente, se puede deducir hasta el 8 por ciento de los pagos provisionales por pagos efectuados en autopistas. Ese beneficio sólo está disponible para los coordinados con ingresos anuales que no superen los 300 millones de pesos.

¿Cuándo es Aplicable el Régimen de Coordinados?

El régimen de coordinados está disponible únicamente para el sector del autotransporte de carga. Si tu empresa opera en este sector y deseas optimizar tu planeación fiscal, es crucial evaluar si cumples con los requisitos para acogerte a este régimen. Considera factores como el tipo de servicios que ofreces, tu tamaño y la disposición de colaborar con otras empresas para cumplir con el pago de impuestos al SAT.

Lea también: Guía de Obligaciones Fiscales

Beneficios y Estímulos Fiscales del Régimen de Coordinados

De acuerdo con la Resolución de Facilidades Administrativas para 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 2024, puedes acceder a los siguientes beneficios:

  • Deducción de hasta el 8% de los ingresos propios de la actividad, sin exceder de un millón de pesos al año. No es necesario contar con toda la documentación fiscal si:
    • El gasto se realizó durante el ejercicio fiscal correspondiente.
    • El gasto está registrado en la contabilidad.
  • Se paga el ISR anual sobre el monto deducido al 16%, el cual es definitivo y no puede ser acreditado ni deducido nuevamente.
  • Se efectúan pagos provisionales a cuenta del ISR anual.
  • Retención del 7.5% de ISR sobre pagos a operadores, macheteros y maniobristas en el transporte de carga, o a operadores, cobradores, mecánicos y maestros en el transporte de pasajeros foráneos y de turismo, en lugar de aplicar disposiciones regulares sobre salarios.

¿Por qué considerar el régimen de coordinados para tu empresa?

La elección del régimen fiscal adecuado puede marcar una gran diferencia en las finanzas de tu empresa. Considerar el régimen de coordinados puede ser ventajoso por diversas razones:

  • Ahorro de tiempo y recursos: La colaboración en la presentación de declaraciones y el cumplimiento compartido reduce la carga administrativa y libera recursos para actividades esenciales.
  • Posibilidad de ahorro fiscal: Si tu empresa opera en el sector del autotransporte de carga, el régimen de coordinados podría ofrecer oportunidades de ahorro en impuestos, al tener que pagar una tasa de ISR menor sobre el salario de operadores y contar con la posibilidad de deducir gastos efectuados por diesel y autopistas.
  • Mayor cumplimiento: Al unirte con otras empresas para cumplir con las obligaciones fiscales, aumentas la probabilidad de un cumplimiento preciso y oportuno.
  • Fomento de alianzas estratégicas: Este régimen promueve la colaboración entre empresas del mismo sector, lo que puede dar lugar a alianzas estratégicas beneficiosas.

¿Qué número es el Régimen de los Coordinados?

Si ya tributas en este esquema y deseas saber cuál es su clave para emitir facturas, el Régimen de Coordinados tiene la clave 624, de acuerdo con el catálogo vigente del SAT para este 2023 en México. Como recordarás, al elaborar tus facturas debes especificar la clave vigente del régimen fiscal que tienes como emisor, es decir, el régimen bajo el cual estás emitiendo el comprobante.

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