Descubre la Guía Definitiva para Dominar el Acreditamiento del IEPS y Maximizar tus Beneficios Fiscalespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un gravamen en México que se aplica a productos y servicios específicos, como alcohol, tabaco, combustibles y bebidas azucaradas. Su finalidad es regular el consumo de estos bienes y generar ingresos para el Estado. Es un impuesto indirecto que se aplica en México a bienes y servicios específicos, especialmente aquellos que generan impactos en la salud y el medio ambiente. Está regulado por la Ley del IEPS y disposiciones complementarias dentro del Código Fiscal de la Federación. El pago del IEPS en México ya viene incluido en el costo final de los productos y servicios que entran bajo la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el cual puedes identificar en el desglose de tus recibos o tickets de compras.

Productos y Servicios Sujetos al IEPS

El IEPS se aplica a una variedad de productos y servicios específicos, principalmente aquellos que pueden afectar la salud o el medio ambiente. Incluye cerveza, vinos, licores y cigarros. El artículo 2º. de la Ley del IEPS detalla las categorías de bienes y servicios gravados, que incluyen:

  • Bebidas con contenido alcohólico y cervezas.
  • Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
  • Tabacos labrados.
  • Combustibles automotores.
  • Bebidas energizantes, concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes.
  • Bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, etc.
  • Combustibles fósiles.
  • Plaguicidas.
  • Alimentos no básicos.
  • Realización de juegos con apuestas y sorteos.
  • Comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de los bienes antes mencionados.

¿Quién Debe Pagar el IEPS?

El IEPS debe ser pagado por las personas físicas y morales que producen, importan o comercializan bienes y servicios gravados por este impuesto en México. Los principales obligados son:

  • Fabricantes y productores: Empresas y personas que fabrican productos sujetos al IEPS, como tabaco, alcohol, bebidas azucaradas y combustibles.
  • Importadores: Quienes importan bienes gravados por el IEPS también deben pagarlo al momento de ingresar la mercancía al país.
  • Comerciantes y distribuidores: Aunque los minoristas no siempre pagan directamente el IEPS, si revenden productos gravados, deben asegurarse de que los proveedores ya lo hayan incluido en la factura.
  • Prestadores de servicios gravados: Algunos servicios específicos, como los juegos con apuestas y sorteos, también están sujetos al IEPS.

El consumidor final no está obligado a declarar ni a pagar el IEPS directamente, pero sí lo asume en el precio de los productos o servicios. Al ser un impuesto indirecto, el monto se traslada al consumidor final.

Cálculo del IEPS

El cálculo del IEPS depende del tipo de producto o servicio y la tasa aplicable. Es importante considerar que cada categoría tiene mecánicas de cálculo distintas, algunas utilizan cuotas fijas por unidad, mientras que otras aplican tasas porcentuales sobre el precio. Esto significa que el impacto del impuesto en el precio final puede variar dependiendo del producto.

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Por ejemplo, para bebidas con contenido alcohólico, existen diferentes tasas según su graduación:

  • Con una graduación alcohólica de hasta 14° G.
  • Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20° G.

Para 2026, el IEPS tuvo modificaciones importantes como parte del Paquete Económico aprobado. Uno de los ajustes más relevantes fue el aumento del impuesto a bebidas saborizadas. La cuota pasó de $1.64 a $3.08 por litro en bebidas con azúcares añadidos. Para cigarros y otros tabacos labrados, la tasa del IEPS pasó de 160% a 200%. El IEPS se suma primero al precio del producto, y después el IVA se calcula sobre ese subtotal.

El Acreditamiento del IEPS

El acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es un mecanismo fiscal que permite a ciertos contribuyentes disminuir el monto a pagar de otros impuestos.

Reglas Generales de Acreditamiento

Los contribuyentes a que se refiere esta Ley, pagarán el impuesto a su cargo, sin que proceda acreditamiento alguno contra dicho pago, salvo en los supuestos a que se refiere el siguiente párrafo. Únicamente procederá el acreditamiento del impuesto trasladado al contribuyente por la adquisición de los bienes a que se refieren los incisos A), D), F), G), I) y J) de la fracción I del artículo 2o., que son:

  • A) Bebidas con contenido alcohólico y cervezas.
  • D) Combustibles automotores.
  • F) Bebidas energizantes, concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes.
  • G) Bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, etc.
  • I) Plaguicidas.
  • J) Alimentos no básicos.

El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores o unidades de medida señalados en esta Ley, las tasas o cuotas que correspondan, según sea el caso. No procederá el acreditamiento a que se refiere este artículo, cuando quien lo pretenda realizar no sea contribuyente del impuesto por la enajenación del bien, por la prestación del servicio o por la exportación de bienes a que se refiere el artículo 2o., fracción III de esta Ley, por el que se le trasladó el citado impuesto o por el que se pagó en la importación. Sin embargo, el Decreto publicado en 2022 (DOF 2022) establece que tanto el estímulo fiscal como el estímulo fiscal complementario, ambos gastos fiscales, si después del acreditamiento contra el ISR, persisten una diferencia o este no se haya aplicado en los pagos provisionales propios, el contribuyente podrá acreditar contra el IVA.

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Acreditamiento del IEPS por la Adquisición de Diésel

El acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el Impuesto sobre la Renta puede efectuarse ya sea contra el impuesto que el contribuyente tenga a su cargo o en su carácter de retenedor. El beneficio de mencionado acreditamiento es sumamente material, calculado por mes y va directamente a disminuir el Impuesto sobre la Renta por pagar y no su base gravable.

Para el ejercicio del 2014, dicho acreditamiento podía llegar a representar hasta un 40% del valor del diésel establecido en el comprobante fiscal. Para el ejercicio fiscal 2015 dicho monto ascendió a un 70% del valor del diésel, tendiendo a ir aumentando. Es importante tener en mente que el no llevar a cabo el acreditamiento en tiempo y forma resulta en la pérdida de su derecho al acreditamiento.

La disminución en el precio de los combustibles en general a nivel internacional ha causado una discrepancia entre el precio de venta en México y el precio del resto de los países en el mundo. PEMEX incurre en menores costos para la elaboración del diésel y de otros combustibles; sin embargo, en México existe la política de precio fijo del diésel la cual no varía ni depende de factores internacionales como lo es el precio a nivel internacional. Existe una gran diferencia entre el costo que se incurre en la elaboración, transportación y demás gastos y el precio al consumidor final. Dicha diferencia es recaudada como un Impuesto Especial sobre Producción y Servicio (IEPS) mediante el cálculo de una tasa cuyos elementos incluyen el precio “spot” diésel internacional, costo de traslado, mermas, costo comercial, entre otros.

Requisitos del SAT y Desafíos Legales

Es importante mencionar que la Secretaría de Administración Tributaria (SAT) exige como requisitos que el IEPS venga desglosado en el comprobante fiscal (CFDI). Sin embargo, dicho desglose sería contrario a lo establecido en la Ley del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios. RAGAT Grupo Jurídico Integral cuenta con los precedentes y fundamentos necesarios para que dicho acreditamiento se puede aplicar sin importar que no se cumple con el requisito del desglose del mismo en el comprobante fiscal, toda vez que es ilegal pretender invalidar dicho derecho fiscal por un requisito formal y no de fondo; más aún, pretender dar obligatoriedad a una emisión la cual el contribuyente que adquiere no tiene inherencia alguna en su emisión.

Por otro lado, es importante mencionar que la autoridad pretende negar dicho derecho fiscal por el simple hecho de quien pretende acreditar el IEPS presta preponderantemente sus servicios a otra parte relacionada, ya sea en México o en el extranjero. Es ilógico intentar considerar al contribuyente quien presta sus servicios preponderantemente a una parte relacionada como fuera de la clase de contribuyentes quienes tienen el derecho por el simple hecho de que son partes relacionadas, pues bien es cierto que las mismas disposiciones fiscales obligan a los contribuyentes quienes tienen operaciones con partes relacionadas a determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes.

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Amparo como Opción

Adicionalmente y en forma opcional, la Firma RAGAT Grupo Jurídico Integral, presenta un amparo para confirmar el criterio en nombre del cliente. Dicho amparo se presenta dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación de la declaración anual.

Gestión y Optimización del IEPS

En 2025, los empresarios mexicanos cuentan con un entorno fiscal más especializado y lleno de oportunidades para optimizar su gestión financiera. A diferencia del IVA, el IEPS requiere una administración más estratégica para aprovechar al máximo los recursos de la empresa. Gestionarlo con anticipación permite mantener una liquidez sólida, aprovechar los beneficios fiscales disponibles y tomar decisiones financieras con mayor certeza.

Anticiparse al IEPS implica predecir cómo afectará cada operación en la caja de la empresa, considerando tiempos de pago, deducción y acreditamiento. Por ejemplo, si una empresa adquiere mercancía con IEPS incluido y la paga de contado, deberá registrar dicho impuesto dentro del costo, sin que aún se haya recuperado vía flujo de ventas. El IEPS puede ser un factor de riesgo para el flujo si no se considera en la planeación financiera.

Para una gestión efectiva del IEPS, se recomienda:

  • Utiliza proyecciones trimestrales o mensuales para estimar cuánto del presupuesto se destinará al pago de IEPS.
  • Identifica y contabiliza el IEPS como cuenta separada en los asientos contables, evitando que se diluya entre los costos de ventas o gastos generales.
  • Desde la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, se mantiene la obligación de emitir CFDI de anticipos con desgloses de IEPS y complementos de pago.
  • El control de inventarios es el eje del flujo de efectivo cuando existen impuestos trasladados o retenidos.
  • Utiliza calendarios financieros: Establece fechas probables de pago y concilia movimientos reales frente a proyecciones.
  • Implementa conciliaciones automáticas: Evita errores de registro al clasificar documentos bancarios por importe, fecha o número de cheque.

Los sistemas de Siigo Aspel facilitan el proceso al automatizar tareas clave dentro del flujo de ventas y cumplimiento fiscal. Con nuestro sistema administrativo empresarial podrás administrar el IEPS de forma práctica, sencilla y ordenada. Complementariamente, Siigo Fiscal te permite comparar la información contable interna con los CFDI registrados ante el SAT para detectar diferencias en los comprobantes. Es una herramienta ideal para simplificar y optimizar la conciliación fiscal, facilitando la identificación de inconsistencias antes de presentar tus declaraciones y manteniendo un mayor control del cumplimiento fiscal. Con el uso de los sistemas Siigo Aspel podrás fortalecer tu operación y la prevención de riesgos ante revisiones de la autoridad. CONTPAQi Bancos® permite centralizar operaciones bancarias, contables y fiscales en un solo entorno de trabajo.

Impacto del IEPS en las Finanzas Públicas

La política de incentivos fiscales al IEPS ha tenido un impacto significativo en la recaudación. Se estima que en 2022 la renuncia recaudatoria provocada por los incentivos fiscales en IEPS a combustibles fue de 397 mil 298 mdp, equivalente al 10.4 % de los ingresos tributarios. Esta cifra no contempla los gastos fiscales provocados por los estímulos fiscales al IEPS en otros conceptos recaudatorios como IVA e ISR. Asimismo, Pemex ha sido uno de los principales beneficiarios de está política. Por un lado, la LIEPS 2, establece cuotas aplicables a los combustibles automotrices, ingreso fiscal. Por otro lado, la Ley de Ingresos a la Federación (LIF) 2022 3, establece el otorgamiento de estímulos fiscales a través de un acreditamiento contra el ISR, gasto fiscal.

Al segundo trimestre de 2022 se observó una recaudación negativa en IEPS a gasolinas por 22 mil 055 mdp; lo que corresponde a una cuota promedio de cero e incrementos en ambos estímulos. Asimismo, al cuarto trimestre la política de incentivos disminuyó al mismo tiempo que la de cuotas creció; lo que representó un crecimiento en la recaudación respecto al tercer trimestre para cerrar el año en menos 79 mil 162 mdp. Esta política tuvo incidencia diferenciada entre los tipos de combustibles, siendo el Diesel el más beneficiado. Por ejemplo, por el lado de los incentivos se observan mayores beneficios en el Diesel, respecto a la gasolina Magna y Premium.

Al observar la recaudación negativa y la recaudación aprobada en la LIF 2022 obtenemos un gasto fiscal de 397 mil 298 mdp. Lo cual es mayor al gasto fiscal estimado en junio 2022 por 318 mil 550 mdp (SHCP 2022c). Al observar mayores precios de petróleo a lo estimado se esperaba que los ingresos petroleros crecieran a mayor ritmo que el gasto fiscal. Al comparar la recaudación observada y aprobada, los ingresos excedentes por concepto de petroleros son menores al gasto fiscal por 2 mil 733 mdp. No obstante, el 31% de los ingresos petroleros extraordinarios fueron captados por Pemex; al comparar el gasto fiscal en IEPS a combustibles con el ingreso extraordinario al FMP la diferencia es de 125 mil 347 mdp.

A su vez, el SAT reportó devoluciones por concepto de IEPS por un monto de 139 mil 423 millones de pesos en 2022. Se observó una recaudación menor a lo aprobado en los ingresos tributarios por 135 mil 814 mdp. Esto se observa a pesar de que todos los conceptos tributarios, distintos al IEPS a combustibles, fueron mayores a lo aprobado para 2022. Además del gasto fiscal identificado en IEPS a combustibles hay dos componentes más que representan una disminución a los Ingresos públicos. Por un lado, se recauda menos IVA debido que los estímulos fiscales reducen el precio final de la gasolina. Además, de forma directa el principal beneficiario de la política de incentivos a las gasolinas fue Pemex. Por un lado, las devoluciones fiscales por IEPS a combustibles son capturadas, principalmente, por Pemex. Por otro lado, el 31% de los ingresos petroleros excedentes no se transfirieron al FMP. En este contexto se abre el debate sobre el costo de oportunidad para disminuir el precio de energéticos contra otras medidas de protección ante los procesos inflacionarios como transferencias monetarias a los grupos más vulnerables (FMI 2022).

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento en el pago del IEPS puede generar multas, recargos e incluso sanciones legales. Presentar la declaración fuera del plazo puede acarrear multas de $2,050 a $50,710. Utilizando estas herramientas puedes planear tu pago de impuestos y evitar retrasos que provoquen multas fiscales.

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