¿Sabes qué pasa con tus pagos provisionales excedidos y las pérdidas fiscales después de 5 años? ¡Descúbrelo aquí!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

La pérdida fiscal es un tema crucial en el ámbito financiero y tributario, que afecta tanto en el ejercicio de empresas como a individuos. Una pérdida fiscal ocurre cuando una empresa o persona física incurre en más gastos que ingresos durante un período fiscal específico, resultando en un saldo negativo. Estas pérdidas fiscales pueden surgir por diferentes razones, como la disminución de las ventas, altos costos operativos o inversiones fallidas. El manejo incorrecto de las pérdidas fiscales generadas por los contribuyentes puede derivar en el ejercicio de facultades de comprobación del SAT, en las cuales la autoridad solicitará la información necesaria para sustentar los resultados negativos de la empresa.

Determinación y aplicación de la pérdida fiscal

De tal forma que el numeral 57 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) indica que, la pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos. Para entender su origen, se deben seguir los siguientes pasos basándose en las normas fiscales:

  • En primer lugar, se calculan los ingresos tributables del contribuyente durante el período fiscal.
  • A continuación, se determinan los gastos deducibles que pueden ser restados de los ingresos tributables.
  • Se comparan los ingresos tributables calculados en el paso 1 con los gastos deducibles determinados en el paso 2.

Una vez determinada la pérdida fiscal, el contribuyente puede utilizarla para reducir su carga tributaria en períodos fiscales futuros. La pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio la podrás disminuir de la utilidad fiscal de los diez ejercicios siguientes hasta agotarla. Si ya tiene la perdida fiscal declarada, a partir de ese momento pudiera aplicarse en los cálculos la perdida. Sin embargo, como la autodeterminación es una prerrogativa del contribuyente, pudiera optar por no aplicar perdidas, ya que la ley le indica "PODRA".

Disminución de pérdidas en pagos provisionales

Las pérdidas fiscales son un elemento clave en el cálculo de la carga tributaria de una empresa. Por lo anterior, surge la duda si las pérdidas fiscales deben actualizarse al disminuir la utilidad fiscal en los pagos provisionales. En este contexto, si el monto de las pérdidas amortizadas en pagos provisionales restan al saldo de pérdidas fiscales para la anual, se debe considerar el marco legal aplicable.

El cálculo de los pagos provisionales se rige por las siguientes reglas:

Lea también: ISR Personas Morales en México: Guía Detallada

  1. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración.
  2. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tasa establecida en el artículo 9 de esta Ley, sobre la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo acreditarse contra el impuesto a pagar los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.
  3. Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable.

Asimismo, existe el derecho a que se actualicen para amortizarlas contra las utilidades fiscales en pagos provisionales (Juicio No. III. 153/94. Sentencia de 7 de julio de 1995, por unanimidad de 3 votos. Magistrado Instructor: Leopoldo Ramírez Olivares. Revista del Tribunal Fiscal de la Federación, número 93, septiembre de 1995).

Utilidad fiscal y ajustes en el ejercicio

La utilidad fiscal se refiere al resultado financiero de una empresa o individuo que se utiliza para calcular los impuestos a pagar. Se calcula a partir de los ingresos y gastos registrados en los libros contables de acuerdo con las normas fiscales y los principios contables aplicables en cada jurisdicción. En algunos países, existen deducciones, créditos fiscales y otros beneficios impositivos que pueden afectar la utilidad fiscal.

Además, se otorga un estímulo fiscal a los citados contribuyentes, consistente en disminuir de la utilidad fiscal determinada en los pagos provisionales, el monto de la PTU pagada en el mismo ejercicio. El monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el mismo ejercicio se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal.

Los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos podrán, a partir del segundo semestre del ejercicio, solicitar autorización para aplicar un coeficiente menor. Para ello, se debe proporcionar la información de la diferencia entre ingresos y deducciones (real) del primer semestre del ejercicio o la utilidad o pérdida fiscal estimada del ejercicio.

Lea también: ¿Cuándo emitir el Complemento de Pago?

Lea también: Pagos provisionales de ISR para personas físicas: ¿cómo calcularlos?

tags: #pagos #provisionales #excedidos #5 #años #de