Mucho escuchamos sobre este impuesto, pero realmente cuánto sabemos de él. El Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido es un monto que un empleador o persona moral retiene del salario del trabajador para entregarla directamente al SAT. Sin importar la actividad de la persona física, por el hecho de obtener ingresos por algún negocio o actividad, el gobierno cobra este impuesto de ISR.
El ISR retenido en nómina se refiere a cuando tú como trabajador asalariado percibes un ingreso por parte de un patrón que te contrató y te paga un sueldo bruto, al cual se le aplica el ISR, además de retenciones y subsidios. El origen de este impuesto se remonta a 1921 cuando Álvaro Obregón lo introdujo mediante la Ley Centenario. El Sistema de Administración Tributaria (SAT) es el ente gubernamental que se encarga de la recolección de impuestos a nivel federal.
¿Cómo funciona la retención de ISR?
A pesar de que este impuesto es anual, los patrones tienen la obligación de «retener» el impuesto de los trabajadores de forma mensual vía nómina y reportarlo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), siendo considerados a cuenta del impuesto que se genera durante todo el año. La retención del ISR no es opcional ni una cortesía con el SAT, es una obligación fiscal establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y en las disposiciones que publica el propio SAT cada año.
El ISR retenido no es el mismo para todos, va desde el 1,9% hasta el 35% al mes. Esta tabla determina un rango de ganancias y aplica un porcentaje acorde:
- Porcentaje de retención: Depende del salario y del periodo de pago (mensual, quincenal, semanal, etc.).
- Tablas vigentes: El SAT publica cada año tablas actualizadas con los rangos de ingreso, considerando una cuota fija y un porcentaje aplicable al excedente.
- Tasas: En general, las tasas van del 1.92% al 35% para 2026.
Diferencias clave: Retención vs. Pagos Provisionales
Es importante distinguir los conceptos, ya que no son lo mismo:
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Retención de ISR en nómina: Es el proceso que toda empresa debe dominar, donde el empleador descuenta directamente el impuesto del salario del trabajador y lo entera al gobierno. Es una obligación del patrón.
Pagos provisionales: Son anticipos del ISR que el propio contribuyente calcula y declara directamente ante el SAT, de forma mensual o bimestral, según su régimen fiscal. Aplican, por ejemplo, a quienes prestan servicios profesionales o rentan inmuebles. Aquí, la persona es responsable de calcular el ISR y presentar su declaración.
¿Se puede recuperar el ISR retenido?
Tenemos buenas noticias: ¡sí el ISR retenido se puede recuperar! El ISR retenido se considera un anticipo del impuesto sobre la renta que debes pagar al final del año fiscal. Si, por ejemplo, eres persona asalariada o percibes un ingreso por asimilado, en tu declaración anual puedes recuperar algo de ese impuesto retenido en tu nómina.
Si al presentar tu declaración anual resulta que tienes saldo a favor, sí puedes solicitar la devolución del ISR retenido siguiendo los procedimientos que establece la autoridad fiscal. Toma en cuenta que el ISR retenido no es un saldo a favor, es un impuesto. Si el resultado es positivo, significa que debes pagar.
Consecuencias de una mala retención
Cuando una empresa o un cliente no realiza correctamente la retención del ISR, pueden presentarse consecuencias tanto para quien paga como para quien recibe el dinero. Cuando una persona moral omite retener el ISR correspondiente, el SAT puede exigir el pago del impuesto no retenido, junto con recargos, actualizaciones y multas. Para el trabajador, la falta de retenciones puede afectar el historial fiscal, dificultando trámites como la solicitud de créditos o la devolución de impuestos.
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