Descubre el Porcentaje Exacto de IVA Retenido en Honorarios en México y Cómo Afecta tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El tema de las retenciones de ISR e IVA es fundamental para cualquier empresa o persona física con actividad empresarial en México. Estas obligaciones fiscales, cuando se gestionan adecuadamente, permiten cumplir con la ley, evitar sanciones y contribuir al correcto funcionamiento del sistema tributario.

Entendiendo el IVA e ISR

Básicamente, todo ciudadano mexicano está obligado al pago de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que tienen relación con cualquier transacción económica habitual. Pasemos entonces a explicar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Es aquel que se aplica en los productos nacionales e importados. Se trata de un gravamen obligatorio para toda persona física o moral.
  • Impuesto Sobre la Renta (ISR): Por el contrario, el ISR es un impuesto de carácter directo.

Retención de IVA por Honorarios

En México, la retención del IVA por honorarios es del 16% y la retención corresponde a sus dos terceras partes, es decir, al 10.666666 por ciento. En algunas localidades de la zona fronteriza el IVA es del 8%. Entonces, la retención de las dos terceras partes sería del 5.333333%.

Un diseñador presta servicios de diseño gráfico a su cliente y acuerdan el pago por 10,000 pesos más impuestos.

Retención de ISR en Servicios Profesionales

Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención, las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley.

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Por ejemplo, una persona moral que paga honorarios a una persona física debe retener ISR e IVA conforme a los porcentajes establecidos.

Obligaciones del Pagador y el CFDI

Las retenciones son una obligación legal del pagador. El CFDI es el documento que avala la retención realizada. El CFDI debe incluir el complemento de impuestos retenidos para respaldar la operación ante el SAT.

Se declaran en los pagos provisionales mensuales mediante el portal del SAT y deben coincidir con los CFDI emitidos.

Impacto de las Retenciones

Las retenciones impactan directamente el flujo de efectivo de las empresas, ya que implican una disminución en el monto pagado a los proveedores y un compromiso de pago al SAT.

Consideraciones Adicionales

Existen excepciones para retener este impuesto. Cabe señalar que, con la reforma al outsourcing, se derogó la obligación de retener el 6% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre servicios en los que se ponga personal a disposición del cliente. Si realizas pagos por salarios y conceptos asimilados debes efectuar retenciones.

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En muchas ocasiones, nos encontramos con un problema frecuente al tratar con las retenciones de IVA e ISR y consiste en que tenemos el Importe Neto de las Retenciones, es decir, el importe final. Cuando ello ocurre, ¿Cómo se realiza el cálculo Inverso de las Retenciones de ISR e IVA? ¿Cómo llegamos al importe Bruto?. Pero para poder llegar al importe bruto, necesitamos establecer un Factor de cálculo inverso con el cuál podremos calcular el importe bruto.

De esta manera, si multiplicamos cualquier cantidad por el Factor 1.16, obtendremos el importe neto, es decir, el importe final. Aplicando un poco de álgebra, podemos concluir que: El Total = Subtotal (x) 1.16. Aplicando la manera en la que obtuvimos el factor de IVA al 16%, a las retenciones de ISR e IVA; considerando a 1 como el 100% de cualquier cantidad.

Persona Física en Arrendamiento: Otros Inmuebles se retiene el 10% de ISR.

Podrías enfrentar multas, recargos e incluso auditorías por parte del SAT.

CalculadoraSAT: ISR.

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