El próximo jueves vence el plazo de Hacienda para presentar el análisis fiscal del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Supuestamente, a partir de ese análisis el Congreso decidirá si se mantiene o no el referido impuesto.
Origen y Propósito del IETU
La idea original del IETU era sustituir al Impuesto Sobre la Renta (ISR) empresarial. La oferta política de la introducción del IETU (flat tax durante la campaña presidencial) era la de sustituir al ISR y no la de ser un impuesto que se le adicionara. La idea era simplificar el sistema tributario, a grado tal, que cualquier contribuyente pudiera llenar, por sí solo, su declaración anual. Dado el imprevisible resultado que esto traería en la recaudación, cambiaron los planes y se propuso la subsistencia de ambos tributos bajo la mecánica de que el IETU sería un impuesto “complementario” del ISR (lo que ello signifique) y que se evaluaría en tres años si el IETU podría subsistir sin el ISR. Ningún estudio serio habría avalado dicha circunstancia.
Evolución del IETU
Tras su implementación en el 2008, el IETU se transformó -milagrosamente- de un impuesto complementario a uno mínimo de control. El estudio hacendario indica que Estados Unidos, Canadá y Francia también tienen impuestos mínimos. Este señalamiento es, de nueva cuenta, incorrecto.
IETU vs. Impuestos Mínimos en Otros Países
Un impuesto mínimo, como el de los estadounidenses, construye su base gravable sobre los mismos términos que el impuesto general, pero elimina temporalmente el efecto de los estímulos fiscales concedidos bajo el impuesto general si éste no se cubre.
Ventajas Potenciales del IETU (si sustituyera al ISR)
¿Qué ganaríamos si se queda sólo el IETU sin el ISR? Las empresas contarían con la deducción inmediata de todas sus inversiones en activos y de toda su inversión en inventarios. Por su parte, el gobierno se queda con un impuesto mucho más fácil de cobrar y administrar, mucho más difícil de evadir y con el mayor potencial de crecimiento en la recaudación a partir de las tasas más bajas. Por supuesto, las enormes ventajas del IETU sólo se obtienen si eliminamos el ISR empresarial.
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Críticas al IETU
Las anteriores conclusiones son incorrectas, toda vez que parten de premisas falsas. Tampoco el IETU es un impuesto de control. Es fantasioso sostener que quienes no pagaban ISR ahora sí están dispuestos a hacerlo, ya que es mucho más sencillo calcular dos impuestos que uno sólo. El estudio hacendario agrega que el IETU ha eliminado “los espacios de evasión” del ISR, sin indicar-claro está- ningún ejemplo.
Razones Jurídicas para No Desaparecer el IETU (según el estudio)
Las razones jurídicas que alude el estudio para no desaparecer el IETU se reducen a una sola: no tiene sentido modificar el Artículo 123 constitucional para sustituir la referencia del ISR al IETU para efectos de determinar la base de reparto de PTU y sería muy complejo el tener que construir una disposición legal para tal efecto. Baste mencionar a los autores de esta ocurrencia que la base gravable del ISR a que se refiere el 123 constitucional no es la misma sobre la que los contribuyentes pagan ISR. Existe una disposición especial para ello (art.
Problemas sin Resolver
Como lo suponíamos, el estudio no dedica ningún apartado a explicar por qué el crédito fiscal del IETU ha resultado mucho mayor que su recaudación. El diagnóstico tampoco indica en qué estado se encuentran las negociaciones con el Tesoro estadounidense para que finalmente acepten al IETU como un impuesto acreditable.
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