En la última década del siglo XXI, el Gobierno Colombiano ha promovido la inversión económica internacional, fortaleciendo las firmas de convenios de doble imposición tributaria entre países. Por lo tanto, con el fin de promover el comercio, el Estado ha firmado varios convenios de doble imposición para eliminar la doble tributación.
Definición de Convenio Tributario
La doble imposición jurisdiccional internacional puede definirse generalmente como la imposición de impuestos comparables en dos (o más) Estados sobre el mismo contribuyente con respecto a la misma materia y durante periodos idénticos. Esta definición se basa en el Modelo de Convenio Fiscal sobre la Renta y sobre el Patrimonio de la OCDE (2017).
Se define específicamente que los tratados de doble imposición tributaria ofrecen a los inversionistas ventajas financieras sobre las condiciones de la legislación nacional de los tributos y la estabilidad jurídica. Al mismo tiempo, las ventajas financieras de los tratados de doble imposición tributaria se reflejan en la investigación dando la importancia de la inversión directa para los inversores en los dos Estados contratantes.
Objetivos y Beneficios de los Convenios Tributarios
- Eliminación de la Doble Tributación: Se busca un equilibrio fiscal a nivel internacional de los capitales y rentas de trabajo para la distribución internacional de los recursos.
- Promoción del Comercio y la Inversión: Se ha promovido la actividad económica y la inversión extranjera internacional.
- Ventajas Financieras: Ofrecen a los inversionistas ventajas financieras sobre las condiciones de la legislación nacional de los tributos.
- Estabilidad Jurídica: Permiten la estabilidad jurídica, pues su rango normativo neutraliza la incertidumbre de la cambiante normativa tributaria del país receptor de la inversión.
- Uniformidad de Criterios: Se consigue una uniformidad de criterios y conceptos cada vez mayor entre los países logrando eficiencia en el comercio internacional.
- Prevención de la Evasión Fiscal: Constituyen un medio efectivo para evitar las dañinas prácticas de evasión y fraude fiscal.
La Doble Imposición en Transacciones Internacionales
La doble imposición surge en las transacciones internacionales cuando la actividad transfronteriza está sujeta a impuestos en más de una jurisdicción, y por lo tanto puede enfrentar una mayor carga fiscal agregada que la actividad puramente nacional, originando la necesidad de realizar acuerdos de entre países sobre la imposición tributaria. Estas empresas (multinacionales) se benefician de las disposiciones de los tratados que establecen directrices para resolver los conflictos entre las autoridades fiscales.
Modelos y Acuerdos Utilizados
Los convenios que ha suscrito Colombia para evitar la doble tributación se encuentran apoyados en el modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE.
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Los convenios que ha suscrito Colombia para evitar la doble tributación se encuentran apoyados en el modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE -ONU, los cuales tiene reglas de interpretación conforme a las costumbres internacionales en la materia tributaria, que se encuentran contenidas en la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, la cual fue incorporada en la ley 32 de 1985.
Algunos de los acuerdos firmados por Colombia incluyen:
- Acuerdo para la Exoneración Recíproca de Impuestos sobre los Ingresos derivados de la Operación de Barcos y Aeronaves, celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América, aprobado en el congreso de la república con la Ley No. 4 del 5 de enero de 1988.
- Convenio sobre la Exención a la Doble Tributación de las Empresas Marítimas y Aéreas, suscrito en la Ley No.
- Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania para evitar la Doble Tributación de las Empresas de Navegación Marítima y Navegación Aérea en el Sector de Impuestos sobre la Renta y sobre el Capital”, suscrito en Ley aprobatoria: Ley No. 16 del 15 de diciembre de 1970.
- Acuerdo entre Colombia y Brasil para la Recíproca Exención de Doble Tributación a favor de las Empresas Marítimas o Aéreas de ambos Países, Ley aprobatoria: Ley No. 71 del 30 de agosto de 1993.
- Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Panamá para evitar la doble imposición en la explotación de Aeronaves en el Transporte Aéreo Internacional, Ley aprobatoria: Ley No. 1265 del 26 de diciembre de 2008.
- Convenio entre la República de Colombia y la Confederación Suiza para evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y Sobre el Patrimonio” y su “Protocolo, firmados en Berna el 26 de octubre de 2007. Ley aprobatoria No. 1344 del 31 de julio de 2009.
- Decisión 578 del 2004. Acuerdo de la CAN - norma supranacional, sus disposiciones surten efecto desde el primero de enero de 2005.
- Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio. Ley 1082 del 2006.
- Convenio entre la República de Chile y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto a la renta y al patrimonio” y el “Protocolo del Convenio entre la República de Chile y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto a la renta y al patrimonio”, aprobado en la Ley 1261 de 2007.
Impacto en la Inversión Extranjera Directa (IED)
De acuerdo con los informes del Banco de la República de Colombia, durante el año 1995 al 2019, el Gobierno Colombiano ha recibido interrumpidamente una inversión directa extranjera desde la apertura económica, cobrando aún más fuerza con las firmas de los convenios de doble imposición tributaria. Del mismo modo, con el aumento en el número de convenios firmados, se aumentaron los flujos de inversión.
En Colombia, en la década de los noventa se inició el crecimiento de la inversión extranjera directa, la razón de este incremento fue ocasionado por la desregulación y privatización de amplios sectores económicos.
El análisis de la experiencia inversora española en Colombia también pone de manifiesto que se han realizado las mayores inversiones junto a su potencial económico, donde ofrece el atractivo de disponer un convenio de doble imposición para las empresas.
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Consideraciones Adicionales
Es importante dejar claro que los convenios para evitar la doble tributación inciden sobre los impuestos establecidos por cada estado contratante, de conformidad con su legislación interna.
Métodos para Evitar la Doble Tributación
Si un Contribuyente, residente del Estado A, obtiene un ingreso de $100 por realizar una operación con un contribuyente del Estado B, estaría sujeto al pago de un impuesto en el Estado A, el de su residencia. Existen principalmente dos métodos para evitar esta doble imposición:
- El método de la exención.
- El Método del acreditamiento.
Entre los países con los cuales se encuentra adelantado negociaciones se encuentran México, Estados Unidos, India y varios países de la comunidad europea. Una vez realizado los convenios las autoridades de impuestos se deben sujetar a los principios de tributación internacional en caso de hacer cumplir sus leyes internas en el exterior, dado que un Estado no puede imponer su ley tributaria en otro, en algunos casos aplican una presión indirecta sobre los no residentes y extranjeros presentes en su propio territorio.
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