Descubre Qué Significa el REC en Contabilidad y Por Qué Es Clave para Tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Registro de Economistas Contables (REC) y su Origen

El Registro de Economistas Contables (REC) es un órgano especializado del Colegio Vasco de Economistas (ekonomistak) creado para coordinar la actividad de los y las Economistas en los temas relacionados directamente con el ejercicio profesional de la Contabilidad en el País Vasco. Este registro forma parte de una iniciativa más amplia, ya que Economistas Contables (EC País Vasco) se crea para ser el punto de unión entre las diversas actividades del economista y su relación con la información financiera en general y la contabilidad en particular.

La creación de este registro ha sido impulsada en gran medida desde la Comunidad de Economistas Contables del Colegio Vasco de Economistas. Desde hace unos años, con la adopción por parte de la Unión Europea de las NIC y NIIF, su traslado a nuestro marco jurídico legal, unido a la importancia creciente que los temas de contabilidad e información financiera tienen en todos los ámbitos económico y empresariales, aconsejan darle forma a la creación de este registro.

Funciones y Ámbito de Actuación del REC

El REC se dedica básicamente al tratamiento, estudio, análisis, informes técnicos, formación, emisión de opiniones y estructura de todos los aspectos relacionados con la contabilidad e información financiera que afecten o sean prioritarios en cada momento para nuestra profesión, en todos sus ámbitos de actividad. Su labor es fundamental para mantener a los profesionales actualizados y garantizar la calidad en el ejercicio de la contabilidad.

La Acreditación como Experto Contable

Dentro del EC País Vasco se encuentra el Registro de Expertas y Expertos Contables Acreditado. Esta acreditación es un reconocimiento a la cualificación y experiencia en el ámbito de la contabilidad.

Los miembros ejercientes del ROAC y ejercientes que se hallen prestando servicios por cuenta ajena (no ejercientes por cuenta ajena, según la denominación del Reglamento de Auditoría actual) de cualquier corporación recibirán la acreditación en caso de que la soliciten. Los profesionales que pueden optar a esta acreditación incluyen:

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  • Censores, Economistas o Titulados Mercantiles.
  • Asociados (no miembro corporaciones).

La acreditación comprenderá las materias de contabilidad financiera, contabilidad de gestión, finanzas y auditoría. Es importante destacar que, una vez obtenida, esta acreditación es permanente mientras el profesional esté inscrito como miembro del REC y no se precisa efectuar renovaciones [1].

Requisitos para Sociedades y Firmas

Para las sociedades y firmas que deseen estar vinculadas al REC, existen ciertos requisitos. Su objeto social incluirá entre las actividades de la entidad el asesoramiento contable, financiero y/o fiscal, o la auditoría de cuentas. Además, es un requisito que al menos uno de los socios, directivo o similar, con vinculación permanente con la sociedad sea Experto Contable, inscrito en el REC].

Se entiende por vinculación permanente una relación de socio o partícipe o relación laboral. La inscripción será gratuita para sociedades en las que el miembro que sea experto contable esté inscrito en el REC], conforme se indica en el epígrafe b) sea miembro del CGE o del ICJCE, y para sociedades que previamente sean miembro del CGE o del ICJCE.

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