Descubre Cómo Activar el Buzón Tributario y Quién Está Obligado ¡No Pierdas Esta Guía Esencial!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Buzón Tributario funciona como un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Es la vía por la que el SAT quiere tener comunicación permanente con los contribuyentes para enviarles mensajes informativos, notificaciones, cartas invitación o requerimientos diversos relacionados con las obligaciones fiscales. Cada vez que el SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite, la depositará en tu buzón.

¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?

Aunque con algunas excepciones, prácticamente todos los contribuyentes ya inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o aquellas personas morales y físicas que se inscriban por primera vez, deben de tener habilitado el Buzón Tributario. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos recordó que tener habilitado el Buzón Tributario y registrar o mantener actualizados los medios de contacto es una obligación fiscal.

De acuerdo con el SAT, existen casos específicos donde los contribuyentes tienen la opción de no habilitarlo:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidos.
  • Personas morales que cuenten ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.
  • Contribuyentes que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios o asimilados a salarios menores a MXN$400,000 en el ejercicio inmediato anterior.

Sin embargo, la Prodecon señala que la persona contribuyente no quedará relevada de habilitar el Buzón Tributario cuando se trate de trámites o procedimientos en los que éste se requiera, ni para contribuyentes que hayan emitido facturas electrónicas de ingreso o recibido CFDI de nómina dentro de los últimos 12 meses.

Sanciones por incumplimiento

De acuerdo con el CFF, se considera infracción no habilitar el Buzón Tributario, así como no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto. Estar actualizado sobre las obligaciones de los contribuyentes es muy importante para evitar sanciones y multas, que pueden afectar tu situación fiscal.

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Tabla: Referencia de multas por Buzón Tributario

Concepto Rango de multa (MXN)
Infracción según Artículo 86-D del CFF $3,080 a $9,250
Otras disposiciones referenciadas $3,850 a $11,540

Pasos para activar y configurar tu Buzón Tributario

Activar y mantener actualizado el Buzón Tributario es solo el primer paso para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Una vez teniendo esto, el proceso es relativamente sencillo:

  1. Inicia sesión con Contraseña o e.firma dando clic en el botón Buzón Tributario ubicado en la esquina superior derecha del portal.
  2. Posteriormente aparecerá, de forma automática, el formulario de medios de contacto en el cual deberás capturar la(s) dirección(es) de correo electrónico y el número de teléfono celular que desees registrar.
  3. Para confirmar el(los) correo(s) electrónico(s), recibirás un aviso electrónico a cada una de las direcciones de correo registradas.
  4. Para confirmar el número de teléfono celular recibirás un mensaje SMS con un código de activación; ingresa al Buzón Tributario apartado "configuración" e introduce el código recibido.

¡Importante! Tienes sólo 72 horas para completar estas verificaciones, contando a partir de que las recibes. Si capturas tres veces el código de activación de manera incorrecta, este se bloqueará por 30 minutos y no podrás confirmar el medio de contacto. Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.

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