En México, más de 12 millones de personas deben pagar impuestos. Los impuestos son pagos obligatorios que cada persona entrega al gobierno de México para ayudar con proyectos de servicios e infraestructura pública.
¿Quién Debe Pagar Impuestos en México?
Sea cual sea el régimen fiscal en el que tributes y sin importar si eres persona física o moral, del pago de impuestos nadie queda libre. El perfil de tus actividades económicas define tu régimen y, por lo tanto, los pagos y contribuciones que debes hacer. Están obligados al pago del impuesto establecido en este Título, las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, devengado cuando en los términos de este Título señale, en crédito, en servicios en los casos que señale esta Ley, o de cualquier otro tipo.
Si eres una persona física, es decir, un ciudadano que trabaja o genera ingresos (ya sea por sueldos, renta de propiedades, o servicios independientes como freelancers), estás en la lista de los que pagan ISR. Si generas dinero, lo pagas. ¿Te pagan por tu trabajo? ISR. ¿Rentas tu depa en Airbnb? ISR. ¿Das asesorías freelance? ISR. No importa cómo generes el ingreso, si es dinero que entra a tu cuenta, el SAT va a querer su parte.
Exenciones y Beneficios Fiscales
Si bien el pago de impuestos es una obligación para la mayoría de los contribuyentes en México, existen ciertos casos en los que la ley otorga exenciones o beneficios fiscales.
Exenciones del ISR
Hay ciertos ingresos que están exentos del pago de ISR. Por ejemplo, algunos premios, herencias y donaciones no están gravados. La Secretaría de Administración Tributaria (SAT) indicó que las personas jubiladas y pensionadas están exentos de pagar impuestos sobre la renta (ISR).
Lea también: ISR: Sujetos obligados y obligaciones
El Artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta enumera los ingresos exentos del pago de ISR:
- Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral.
- Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, y el beneficio previsto en la Ley de Pensión Universal.
- Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos.
- Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días.
- La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de setecientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público.
- Las cantidades que paguen las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios cuando ocurra el riesgo amparado por las pólizas contratadas y siempre que no se trate de seguros relacionados con bienes de activo fijo.
- Los demás donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año de calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
- Las indemnizaciones por daños que no excedan al valor de mercado del bien de que se trate.
- Los retiros efectuados de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual abierta en los términos de la Ley del Seguro Social, por concepto de ayuda para gastos de matrimonio y por desempleo.
- Los que se obtengan, hasta el equivalente de veinte salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda al contribuyente elevados al año, por permitir a terceros la publicación de obras escritas de su creación en libros, periódicos o revistas.
Tipos de Impuestos en México
Hay distintos tipos de impuestos en México, los cuales se dividen en:
- Federales
- Estatales
- Municipales
Impuestos Federales
Los impuestos federales son los tributos básicos aplicables en todo el territorio nacional, con los que debe cumplir de forma obligatoria la mayoría de los contribuyentes mexicanos y de los residentes extranjeros que ejerzan una actividad económica dentro del país. De todos ellos, el ISR es la principal contribución federal y tiene como condición la generación de ganancias.
Impuestos Estatales
Los impuestos estatales son particulares de cada estado y no se trasladan entre uno y otro. Es decir, cada entidad federativa posee su propia norma tributaria o Ley de Hacienda que refiere cuáles son los gravámenes que cobran a sus ciudadanos. Los impuestos estatales serán variables dependiendo el estado en el que vivas.
Impuestos Municipales
La Tesorería Municipal es la encargada de elaborar el proyecto para la recaudación de ingresos municipales, de acuerdo con el Art. También estos impuestos varían según cada municipio. El impuesto predial es el de mayor relevancia en todos los municipios y es un tributo que grava una propiedad o posesión inmobiliaria.
Lea también: ¿Quién debe declarar ante el SAT?
Ahora que ya sabes quiénes deben pagar el ISR, no te quedes con dudas y mantén todo en regla con el SAT.
Lea también: Auditorías: tipos y responsables
tags: #quienes #no #pagan #impuestos #legalmente
