Responsabilidad Solidaria Fiscal en México: Guía Completa con Conceptos y Ejemplos Clavepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Un Responsable solidario es el individuo que debe cumplir la obligación de pago por una deuda o daño causado por otro contribuyente.

Origen Legal de la Responsabilidad Solidaria

La responsabilidad solidaria en materia fiscal tiene su base en la legislación vigente. Las obligaciones se actualizan cuando existe una disposición legal que impone tal responsabilidad, de modo que la única fuente que puede generar ese tipo de obligaciones es la misma ley.

Ejemplos Específicos de Responsabilidad Solidaria Fiscal

Responsables Solidarios en Materia Aduanera

Cuando se trata de asuntos que involucran pagos en las aduanas mexicanas, los Responsables solidarios son los mandatarios, los agentes aduanales y el propietario o tenedor de las mercancías.

Representantes de Empresas y Sucesiones

El concepto también aplica para los representantes legales de las empresas.

Esto, dado que en cada compañía existe una persona que es la obligada principal a contribuir con los gastos públicos; usualmente se trata de la figura del CFO o Tesorero.

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Un ejemplo de lo anterior se ubica en el artículo 92 de la Ley del ISR, según el cual, el representante legal de la sucesión pagará en cada año de calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios, considerando el ingreso en forma conjunta, hasta que se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión.

Obligaciones de Retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

Quienes hagan pagos por salarios y conceptos asimilados están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales del ISR que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual.

En el caso de la enajenación bienes muebles realizado por personas físicas, el pago provisional será por el monto que resulte de aplicar la tasa de 20% sobre el monto total de la operación, y será retenido por el adquirente si éste es residente en el país o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México.

Cuando el adquirente efectúe la retención, expedirá comprobante fiscal al enajenante y constancia de la misma.

En operaciones de enajenación de bienes consignadas en escrituras públicas, el pago provisional del ISR se hará mediante declaración que se presentará dentro de los 15 días siguientes a aquel en que se firme la escritura o minuta.

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Obligaciones de Retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Entre otros casos, están obligadas a efectuar la retención del IVA que se les traslade las personas morales que:

  • Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
  • Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.
  • Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.

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