Retención de ISR a Asalariados: Guía Completa para un Cálculo Preciso y Fácilpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) grava la utilidad o ganancia obtenida por la realización de una actividad. Es decir, en un sentido muy amplio se le llama renta al ingreso que recibe un empleado (persona física) y a la diferencia de ingresos y deducciones autorizadas para una empresa (persona moral). Como buenos ciudadanos, todos debemos enfrentarnos al pago de impuestos. Con el Impuesto Sobre la Renta ocurre todo lo contrario: las personas físicas y morales que están obligadas a su cumplimiento deben saber a cuánto asciende.

¿Qué es el ISR (Impuesto Sobre la Renta)?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. Este impuesto se basa en el principio de capacidad contributiva, es decir, quienes ganan más deben pagar un porcentaje más alto y quienes ganan menos pagan un porcentaje más bajo.

Características Clave del ISR

  • Es un impuesto federal que se aplica a todos los mexicanos, y también a extranjeros que obtengan ingresos en México.
  • Grava los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado para personas físicas.
  • Contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca para personas morales.

¿Cómo Funciona el ISR?

Todo ingreso ganado genera una renta, la cual afecta directamente el bolsillo del trabajador. En el caso del patrón, éste tiene la obligación de recolectar el impuesto de los trabajadores y enviarlo al SAT. Las empresas actúan como agentes retenedores, calculando y descontando el impuesto correspondiente antes de pagar el salario neto al colaborador.

La diferencia entre los impuestos directos y los indirectos es que los primeros carecen de intermediarios y recaen de manera franca sobre los contribuyentes, en tanto que los indirectos requieren una tercera persona antes de pasar a manos del SAT. Podrías interpretarlo como un “impuesto justo”, porque es un buen caso en donde el que gana más, paga más.

Fórmula Básica

La fórmula básica para calcular la utilidad sujeta a ISR es:

Lea también: Aplicación de la Retención Contable

INGRESOS - GASTOS DEDUCIBLES = UTILIDAD

Por ejemplo, si en un mes ganas $50,000 y tienes $10,000 en deducciones autorizadas, tu utilidad sería de $40,000.

¿Cómo se Calcula el ISR?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula con base en una tarifa que varía según el periodo: diario, mensual, quincenal, semanal o anual. La más común es la anual, ya que se utiliza para determinar el ISR del ejercicio fiscal. Cada año, Hacienda publica las tablas para la retención del ISR en el Diario Oficial de la Federación (DOF), específicamente en el Anexo 8 de la Miscelánea Fiscal.

Para realizar el cálculo, se considera el importe Gravable Total de la Nómina. El cálculo es como sigue:

  1. Se ubica el monto total dentro del rango correspondiente en la tabla.
  2. Se resta el monto total menos el límite inferior.
  3. Al resultado, se aplica el porcentaje correspondiente.
  4. Al resultado, se suma la cuota fija correspondiente.

Ejemplo de Cálculo

Supongamos que tus ingresos anuales son $500,000.

Lea también: IVA e ISR en el RESICO Mexicano

  1. Sueldo: $25,000 mensual
  2. En la tabla: (Se ubica el rango correspondiente)
  3. $25,000 - $24,222.32 = $777.68
  4. $777.68 X 23.52% = $182.910336

¿Cuándo se Paga el ISR?

En el caso de trabajadores asalariados, el ISR se retiene mensualmente. Las personas físicas deben realizar pagos provisionales mensuales y presentar declaración anual en abril.

¿Quiénes Están Obligados a Pagar el ISR?

Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos. Este pago tributario no tiene una cuota estándar, sino que es variante.

  • Según el Artículo 1 de la LISR, los residentes en México deben declarar todos sus ingresos globales.
  • Los freelancers (Régimen de Actividades Profesionales) pagan ISR sobre sus honorarios brutos, aplicando tasas del 1.92% al 35%.

Consideraciones Adicionales

Además de cumplir con las obligaciones fiscales, ofrecer vales de despensa Pluxee Tienda es una excelente alternativa para optimizar la carga fiscal en la nómina y brindar beneficios atractivos a los colaboradores. Estos vales, otorgados a través de monederos electrónicos autorizados, no solo aumentan el poder adquisitivo de los empleados, sino que además pueden ser exentos del ISR, siempre que cumplan con los requisitos fiscales establecidos por el SAT. Algunos beneficios otorgados a los empleados, como los vales de despensa Pluxee Tienda que son considerados previsión social, pueden estar exentos hasta en un 53% en ISR siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley.

Ingresos Exentos de ISR

En México, ciertos tipos de ingresos están exentos de ISR, lo que significa que no están sujetos al pago de este impuesto:

  • Los ingresos percibidos por concepto de seguridad social, como las pensiones y jubilaciones pagadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • El aguinaldo está exento de ISR hasta un límite de 30 veces la UMA.

Opciones para Retener el ISR

Existen diversas opciones para que los empleadores efectúen las retenciones del ISR, incluyendo:

Lea también: Guía sobre la Retención del 16%

  • Retención del ISR a destajistas.
  • Retención del ISR cuando se efectúan pagos semanales, decenales o quincenales.
  • Cálculo de la retención del ISR cuando el trabajador obtiene percepciones correspondientes a varios meses.
  • Retenciones del ISR en periodos comprendidos en dos meses de calendario.
  • Retención del ISR por pago de aguinaldo, PTU, primas vacacionales y dominicales.
  • Retención del ISR por pago de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones.
  • Retención del ISR por pago único de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro.

Subsidio para el Empleo

El subsidio para el empleo es un apoyo gubernamental para trabajadores con ingresos bajos. En 2024, aplica si ganas menos de $7,382.34 MXN mensuales.

¿Qué Hacer si Tienes Dos Trabajos?

Si tienes dos trabajos, debes sumar los ingresos de ambos trabajos y aplicar la tarifa correspondiente a tu ingreso total anual. Eres responsable de declarar y pagar el impuesto directamente al SAT. Si no lo haces, se generarán recargos del 1.13% mensual más actualizaciones por inflación.

¿Puedes Deducir Gastos?

Sí. Puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).

¿Qué Pasa si Pagaste ISR de Más?

Tienes hasta 5 años para presentar una declaración complementaria mediante el sistema SAT IDC.

Ejemplo Práctico Detallado (Febrero 2015)

Se desea determinar el ISR por retener a un trabajador en febrero de 2015.

Datos:

  • Ingresos obtenidos en febrero de 2015: $15,000.00
  • Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador: $0.00

Desarrollo:

  1. Determinación del impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR.
    • Ingresos obtenidos en febrero de 2015: $15,000.00
    • (-) Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador: 0.00
    • (=) Base gravable: 15,000.00
    • (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR: 10,298.36
    • (=) Excedente del límite inferior: 4,701.64
    • (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior: 21.36%
    • (=) Impuesto marginal: 1,004.27
    • (+) Cuota fija: 1,090.61
    • (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR: $2,094.88
  2. Determinación del subsidio para el empleo.
    • Base gravable: $15,000.00
    • Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013: 1
    • (=) Subsidio para el empleo: $0.00
  3. Determinación del ISR por retener en febrero de 2015.
    • Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR: $2,094.88
    • (-) Subsidio para el empleo: 0.00
    • (=) ISR por retener en febrero de 2015: $2,094.88

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