El régimen simplificado de confianza, también conocido como RESICO o régimen 626 simplificado de confianza, es una modalidad fiscal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dirigida principalmente a personas físicas con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento. El RESICO es una alternativa fiscal diseñada para facilitar el cumplimiento de obligaciones a personas físicas con ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales.
Este régimen nació como evolución de figuras anteriores como el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECO) y el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), los cuales ya fueron derogados. El objetivo del RESICO es que las personas físicas con actividad empresarial, profesional o por arrendamiento busquen cumplir con sus impuestos de manera sencilla y transparente.
La Clave 626: Identificación del RESICO
El régimen simplificado de confianza está identificado con la clave 626 dentro del catálogo de regímenes fiscales del SAT. Cuando un contribuyente elige tributar bajo el RESICO, debe asegurarse de seleccionar correctamente esta clave en los trámites digitales o en las plataformas contables.
Es común confundir esta clave con otras similares utilizadas en regímenes anteriores, como el 612 (correspondiente a personas físicas con actividades empresariales y profesionales en el régimen general). La clave del régimen simplificado de confianza es 626, y es indispensable conocerla para operar correctamente bajo esta figura fiscal ante el SAT.
Uno de los aspectos más relevantes del régimen 626 simplificado de confianza es que, una vez elegido y aprobado, el SAT espera que todos los CFDI emitidos estén alineados con los criterios del régimen. Es decir, no se deben emitir facturas como si se estuviera en el régimen general, ni aplicar tasas de retención que no correspondan. Por esta razón, es importante que los contribuyentes estén bien informados sobre el uso correcto del régimen simplificado de confianza código 626.
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Uso de la Clave 626 en Trámites y Facturación
- RFC y constancia de situación fiscal: Al momento de inscribirse en el RFC o actualizar actividades económicas, el contribuyente debe seleccionar el régimen 626 para que quede asentado en su constancia de situación fiscal. Ingresando al portal del SAT con RFC y contraseña, puedes consultar tu constancia de situación fiscal. En el apartado de “Regímenes” debe aparecer: Régimen Simplificado de Confianza - Clave 626.
- Facturación electrónica (CFDI): Los sistemas de facturación utilizan esta clave para asignar correctamente el régimen fiscal del emisor.
- Declaraciones mensuales: La clave de régimen determina qué tratamiento fiscal recibe la información enviada al SAT.
Funcionamiento y Cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR)
Una de las características principales del RESICO es que no permite deducciones tradicionales como en el régimen general. En lugar de ello, el ISR se calcula sobre los ingresos cobrados con una tasa preferencial que va del 1% al 2.5%, dependiendo del monto total anual. El punto clave del RESICO es que los impuestos se determinan con base en el flujo de efectivo. Esto significa que solo se consideran para efectos fiscales aquellos ingresos que ya fueron cobrados, sin importar si fueron facturados en otro mes.
Los contribuyentes en este nuevo Régimen Simplificado de Confianza dejarán de realizar las declaraciones provisionales mediante el uso del coeficiente de utilidad obtenido de su declaración anual del ejercicio fiscal anterior, lo que puede significar una carga importante tratándose de las micro y pequeñas empresas que presentan estacionalidades en su actividad económica. La declaración del régimen simplificado de confianza (RESICO) se caracteriza por su automatización y sencillez. El SAT calcula el ISR a pagar de forma automática en función de los CFDI emitidos, sin necesidad de registrar egresos ni llevar libros contables.
Este proceso permite que los impuestos se calculen conforme al flujo de efectivo real, es decir, sobre los ingresos ya cobrados y no simplemente facturados.
Ejemplo Práctico de Cálculo de ISR
Un contribuyente con ingresos mensuales de $23,000 está registrado en el régimen 626. Al emitir sus CFDI correctamente y declarar sus ingresos, pagará solamente el 1% de ISR, es decir, $230 pesos.
La Facturación Electrónica (CFDI) como Eje Central
Una de las características más relevantes del régimen simplificado de confianza es su sistema automatizado de declaración. El SAT obtiene directamente la información de las facturas electrónicas (CFDI) emitidas, clasificando los ingresos según el método de pago utilizado. Si una factura se emite con la clave “Pago en una sola exhibición” (PUE), esos ingresos se consideran cobrados en ese mismo mes.
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El uso del CFDI es fundamental en el RESICO, ya que todo el cálculo de impuestos parte de los comprobantes fiscales digitales. Es obligatorio emitir una factura por cada ingreso y utilizar correctamente el método de pago: PUE (pago en una sola exhibición) si ya se cobró, o PPD (pago en parcialidades o diferido) si aún no se recibe el dinero. Cuando el ingreso se paga posteriormente, se debe emitir un complemento de pago.
Si el complemento de pago se emite correctamente dentro del mes, ambos montos se consideran como ingresos del mismo periodo. Por eso es fundamental cuidar las fechas de expedición del complemento de pago y usar correctamente el campo de “fecha de pago” dentro del CFDI. La facturación debe realizarse conforme al régimen 626. El SAT valida que las facturas estén emitidas de acuerdo con los lineamientos del RESICO. Además, es importante que el régimen fiscal del emisor (persona física) y el del receptor sean correctos, especialmente si el receptor requiere que la factura sea deducible.
Obligaciones Fiscales en el RESICO
Aunque el régimen simplificado de confianza está diseñado para ser fácil de administrar, esto no significa que esté libre de obligaciones. El régimen simplificado de confianza SAT permite tributar fácilmente, pero requiere constancia en el cumplimiento mensual.
- Es obligatorio expedir comprobantes fiscales por cada ingreso recibido, ya sea a través de ventas de productos o servicios. El sistema automatizado del SAT basa la declaración mensual en estos CFDI, por lo que cualquier error en su emisión puede afectar directamente el cálculo de impuestos.
- Es obligatorio tener habilitado el buzón tributario y mantenerse al tanto de las notificaciones que el SAT pueda enviar, incluyendo activar su buzón tributario.
- Es necesario generar su firma electrónica avanzada.
- Se deben expedir y solicitar facturas a través del portal del SAT.
- Los pagos provisionales son mensuales y se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente. Estas declaraciones se generan automáticamente con los ingresos reconocidos por el SAT según los CFDI y los complementos emitidos.
- Los contribuyentes que pagan sus impuestos en el Resico quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.
Declaración de IVA en RESICO
Aunque el ISR se calcula automáticamente, el RESICO IVA debe declararse manualmente mes a mes. Es obligatorio declarar IVA si se está en RESICO. El régimen simplificado de confianza SAT permite tributar fácilmente, pero requiere constancia en el cumplimiento mensual, especialmente en el manejo de RESICO IVA. Si estás en RESICO personas físicas, necesitas un sistema que te ayude a mantener tu cumplimiento sin complicaciones.
Simplificación de Trámites por el SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó cambios para simplificar la expedición del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la firma electrónica (e.firma), la Constancia de Situación Fiscal y pagar impuestos en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
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Obtención de RFC y e.firma
A partir de octubre, las personas físicas que quieran obtener el RFC y la e.firma sólo tendrán que presentar su credencial para votar vigente con domicilio visible y completo. Lo anterior es debido a que ya no será necesario presentar la Clave Única de Registro de Población (CURP), ni comprobante de domicilio. En tanto, para el trámite del RFC de personas físicas y morales, ya no se necesitarán preinscribirse en el portal del SAT como un acto previo a la cita.
Para la renovación de la e.firma de personas físicas, pero que tenga menos de un año de haber vencido, se podrá realizar el trámite por canales remotos. Sin embargo, en caso de acudir a las oficinas del SAT sólo necesitará contar con una memoria USB ya que se identificará a la persona física con su huella dactilar.
Constancia de Situación Fiscal y Cédula de Datos Fiscales
El SAT agiliza la entrega de la Constancia de Situación Fiscal, ya que se puede obtener en sus oficinas solo mostrando la huella digital o credencial para votar vigente. Además, se puede obtener desde cualquier lugar a través del portal del fisco, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual. También revelaron que se habilita la cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal.
Cambio o Retorno al RESICO
De acuerdo con la regla 3.13.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal, al dejar de tributar en el régimen simplificado de confianza se deben recalcular todas las declaraciones mensuales del ejercicio fiscal bajo el nuevo régimen. Las personas físicas que salieron del Resico pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.
Contribuyentes Específicos
Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas (AGAPES) que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.
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