La fiscalidad colonial tuvo muchas expresiones.
El Tributo Real en Nueva España
Al decir “tributo en Nueva España” lo primero que viene a la mente es el denominado tributo real que pagaban los habitantes de los pueblos de indios.
En su forma final, en el siglo XVIII, montaba un peso y media fanega de maíz al año.
Pero esta descripción sencilla no deja ver una realidad compleja, difícil de resumir en pocas páginas.
Además, los mismos tributarios que sufrían esa carga enfrentaban otras más que no se llamaban “tributo” pero en esencia lo eran, y, por otra parte, los que formalmente no eran “tributarios” -incluidos los españoles- también tenían que tributar.
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Es decir, casi todos pagaban impuestos de algún tipo.
Diversidad de Tributos e Impuestos
Los tributos o impuestos se acomodan a infinidad de formas.
Pueden calcularse conforme al ingreso o gasto de una persona, imponerse a cada una como capitación a tasa fija, o cargarse sobre determinada actividad.
Se pueden cobrar cada vez que se hace una operación o sólo una vez al año y, según el caso, mediante pago en dinero, trabajo o especie (como ocurre con los pintores que pagan con un cuadro).
Incluso, aunque parezca sorprendente, los hay voluntarios, que es el caso cuando el que los paga siente que está haciendo una ofrenda.
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El Tributo Indígena
En tiempos prehispánicos había sistemas de tributos o impuestos porque existían autoridades legítimas y organizaciones estatales y de gobierno.
La más gravosa de las cargas impuestas a los indios se pagaba con trabajo, sin contar con que, además, producir y presentar un tributo en especie implicaba trabajo, y no menos el ganar lo necesario para pagarlo en dinero.
“Era un impuesto muy injusto, desde nuestros términos, porque lo pagaban los más pobres.
Más adelante, también se contempló a las mujeres (primero las viudas y después las solteras).
Administración y Complejidad
De alguna manera, lo que aparece en El arte de contar tributarios.
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También citan el caos que reinaba en la administración de Guatemala -porque Chiapas dependía de ésta.
El Arte de Contar Tributarios
Juan Pedro Viqueira Alban charló sobre su obra El arte de contar tributarios.
Guerra y Fiscalidad
Concebida como el enfrentamiento organizado entre grupos humanos armados, la guerra representa uno de los fenómenos sociales más complejos.
La diversidad de sus causas, así como sus múltiples e insospechadas consecuencias requieren de un análisis profundo.
Es durante los conflictos bélicos, asegura Hegel, cuando "el Estado se acerca más a su ideal porque es entonces cuando la vida y los bienes de los ciudadanos están más estrechamente subordinados a la conservación de la entidad común".
Los estudios sobre el impacto de dichos enfrentamientos en las finanzas públicas constituyen uno de los temas más socorridos en la historia fiscal.
El binomio "guerra y fiscalidad" nos permite observar, contextualizar y ponderar las continuidades y cambios en las decisiones político-fiscales; la resistencia de los contribuyentes; el desempeño económico, y el diseño institucional a través del cual ha de ponerse en práctica el sistema fiscal que permita el sostenimiento del conflicto armado, por mencionar algunos de los aspectos más importantes.
Esta obra colectiva constituye un novedoso acercamiento a los temas anteriormente enunciados.
El libro tiene como objetivo aportar un panorama amplio sobre las transformaciones que experimentó la fiscalidad en los territorios pertenecientes a las monarquías española y portuguesa dentro de dos grandes "ciclos bélicos" que atraviesan los siglos XVII-XIX: las diversas guerras europeas y las guerras de independencia.
Debe advertirse al lector que espera un análisis pormenorizado y equilibrado de la región iberoamericana, que la balanza se inclina a favor del virreinato de Nueva España; en términos temporales, el protagonismo del siglo XVIII es evidente.
Dividido en trece capítulos, dentro de los cuales siete se ocupan de la América española y cuatro de ellos de la portuguesa, el libro tiene la virtud de agrupar armónicamente una serie de artículos cuyo hilo conductor es el impacto de los conflictos bélicos, internos y externos, sobre las estructuras fiscales de los territorios coloniales iberoamericanos.
Ingeniosamente editado en portugués y español, el lector cuidadoso también encontrará un minucioso análisis de las Haciendas coloniales iberoamericanas en estrecha relación con los intereses locales, las políticas metropolitanas, las relaciones entre los fenómenos bélicos y las estructuras hacendarias encargadas de financiarlos, mismas que, no sin contratiempos, permitieron el sostenimiento por más de 300 años de dos de los imperios más extensos del mundo.
El primer capítulo del libro -a cargo de Rafal Reichert, y buen ejemplo del contenido general de la obra-, ubicado dentro del contexto de los gastos tendentes al fortalecimiento y protección de cuatro de las plazas militares más importantes del virreinato novohispano durante el siglo XVII, a saber, San Agustín de la Florida, La Habana, Santo Domingo y San Juan de Puerto Rico, constituye una hábil reconstrucción documental de la lógica de funcionamiento territorial de la Real Hacienda.
En términos generales, el sistema fiscal novohispano se conformaba de una serie de cajas reales o tesorerías conectadas jerárquicamente con la Caja Matriz de la ciudad de México.
Este sistema de administración fiscal permitió, a grandes rasgos, que las colonias fiscalmente más favorecidas financiasen la administración civil y militar de las más pobres estratégicamente ubicadas, a través de una serie de transferencias denominadas situados.
Si bien el autor no hace explícito dicho sistema, tarea hábilmente realizada por los coordinadores (p. 27), sí nos permite ver el funcionamiento de dicha figura fiscal en los territorios españoles ya mencionados.
De esta forma, "las llaves del Nuevo Mundo" estarían custodiadas por una serie de presidios directamente financiados por las transferencias provenientes de la Caja Matriz de México.
La gran aportación de este primer ensayo es que nos permite analizar el desempeño de dichos traspasos en dos grandes momentos: uno correspondiente a los años de paz (1609-1621) y otro ubicado dentro de la guerra de los Treinta Años (1621-1648).
En el primer supuesto, los envíos de los gastos situados permanecieron relativamente fijos, a razón de 2 215 472 pesos destinados al pago de sueldos de oficiales y soldados.
Los gastos aumentarían 38.82% durante la segunda etapa, alcanzando un monto de 3 075 764 pesos, quedando demostrado así que la corona española efectivamente respondió al gasto militar de la defensa del Gran Caribe frente a la amenaza holandesa.
Por otro lado, los datos aportados por Reichert nos permiten observar la preeminencia, salvo en contadas ocasiones (1615-1617 y 1625), de La Habana en los gastos destinados a los cuatro presidios grancaribeños remitidos por la Caja Real de México entre 1609 y 1648.
En estrecha relación con el artículo anterior, Johanna von Grafenstein realiza un excelente estudio comparativo de las erogaciones de la Caja Real destinadas a la defensa de los situados de La Habana, Santiago de Cuba, Santo Domingo, Puerto Rico, Cartagena, Cumaná y Luisiana durante dos guerras de España contra Gran Bretaña: la guerra de los Siete Años en 1756-1763 y la de las Trece Colonias, 1776-1783.
De manera clara, la autora nos explica cómo en tiempos de paz las transferencias de los gastos situados se llevaban a cabo mediante un presupuesto, en tanto que, en épocas de conflicto bélico, estos se enviaban en función de las necesidades militares de cada plaza.
Pero todavía más importante, los datos aportados por Johanna von Grafenstein nos permiten advertir que del promedio total de lo remitido al Gran Caribe (2 084 387.94 pesos plata) entre los años 1754-1769, alrededor de 67.74% fue destinado a La Habana.
La independencia de los territorios que formaron parte de Nueva España significó la interrupción del flujo regular de los caudales destinados, como ya se dijo, mayoritariamente a la defensa de La Habana.
Sin embargo -como nos lo deja ver el trabajo de Inés Roldán de Montaud- esto, más que perjudicar, de alguna manera benefició el desarrollo de un sistema fiscal que en pocas décadas permitió a la isla dejar de ser un territorio deficitario para convertirse en uno que aportaba recursos a la metrópoli, cuya cuantía incluso posibilitó el financiamiento por diez años (1868-1878) de la defensa del dominio español en Cuba.
Enmarcado ya en la lógica de una Hacienda pública perteneciente a un Estado-nación, el ensayo da cuenta de los contratiempos a los que tendría que hacer frente a la reforma tributaria, de corte liberal, impuesta desde la metrópoli el 12 de febrero de 1867, frente a la cual los "representantes de la riqueza del país" (constituidos en una Junta de Recursos o Junta de Arbitrios) no estaban dispuestos a ceder.
Ni siquiera la sustitución de 16 rentas (como el diezmo, el derecho sobre el consumo de ganado, la alcabala de fincas, de esclavos y de remates), ni la supresión de los derechos de exportación por una contribución directa de 10% sobre la renta de la propiedad rústica y urbana y sobre las utilidades de la industria, profesiones, artes y giros comerciales en conjunto con un nuevo arancel de aduanas (que reducía de 4 000 a 161 las partidas a gravar) fueron suficientes para lograr la total aprobación de los contribuyentes, además, la guerra civil fue otro de los factores que imposibilitó dicha reforma tributaria, pues una vez estallado el movimiento armado era urgente la obtención de recursos.
La resistencia de los sectores productivos cubanos frente a la contribución directa, que gravaba objetos y actividades que hasta entonces no tributaban, nos permite cuestionar la interpretación tradicional que nos legó la historiografía, principalmente estadunidense, acerca del papel meramente extractivo de la metrópoli hacia sus territorios coloniales.
Guillermina del Valle analiza dicho "espacio de negociación" en el marco de la guerra contra Gran Bretaña entre los años 1779-1783.
La autora analiza el papel del Consulado de Comerciantes de la ciudad de México en la obtención de préstamos para la financiación del conflicto armado.
En este sentido, si bien no puede perderse de vista, como elemento esencial, que el sistema tributario de la monarquía española era absoluto y coactivo, esto último no impidió a dichos mercaderes invertir sus capitales a cambio de cuantiosos beneficios.
Algunos de ellos otorgaron donativos y suplementos mediante la concesión de importantes nombramientos por parte de la corona dentro del aparato gubernamental novohispano, como fue el caso de Pedro Alonso de Alles, quien debido a sus generosos "servicios pecuniarios" fue designado ministro honorario del real Tribunal y Audiencia de cuentas de México; otros más aportaron grandes sumas con el propósito de verse favorecidos por el rey a través del otorgamiento del control de las principales rutas comerciales que favorecieran sus respectivos negocios.
Como podemos observar, la Real Hacienda novohispana también tuvo la necesidad de negociar con los diversos cuerpos políticos.
Esta afirmación, probada con creces en el trabajo de Guillermina del Valle, matiza aún más la imagen extractiva de la monarquía española en América.
Los ensayos de Matilde Souto Mantecón y Ernest Sánchez Santiró pueden considerarse complementarios.
