Para garantizar el acceso efectivo a los beneficios habitacionales, es fundamental que los oferentes y constructoras sigan los procedimientos establecidos para el trámite de desembolso del Subsidio Familiar de Vivienda (SFV). A continuación, se detallan los requisitos documentales y las condiciones técnicas necesarias para realizar este proceso ante la Caja de Compensación Familiar.
Documentos requeridos para el desembolso
Los Oferentes y constructoras deben adjuntar los siguientes documentos a través de la Oficina Virtual:
- Copia de la carta de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda (SFV): En caso de existir ampliación del subsidio, se debe adjuntar el respectivo soporte; a su vez si presenta desistimiento con el proyecto que se postuló al Subsidio Familiar de Vivienda, adjuntar el mismo en este campo.
- Copia de la escritura pública: Debe incluir la declaración de construcción o mejora, hasta la página donde se encuentren las firmas.
- Certificado de libertad y tradición: Con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario, incluyendo número de escritura, fecha, valor del inmueble, miembros del hogar, tipo de vivienda (VIS o VIP) y licencia de construcción.
- Acta de entrega del inmueble: Firmada por el oferente y el beneficiario.
- Certificación bancaria: Del vendedor u oferente.
- Cuenta de cobro original: En la que se especifique el destinatario del giro (entidad bancaria, número y tipo de cuenta), remitida por el oferente.
- Autorización original para el giro al oferente: Firmada por el beneficiario.
- Licencia de construcción: Fotocopia legible de la licencia de construcción vigente; en caso de contar con prórroga, adjuntar también la licencia inicial ampliada.
- Certificado de existencia de la vivienda: Formato F-M-05-050.
Tabla de especificaciones para la Escritura Pública
Es indispensable que la escritura pública contenga los siguientes apartados para validar el trámite:
| Sección | Detalle requerido |
|---|---|
| Información básica | Número de escritura, actos protocolizados, ubicación del inmueble y personas intervinientes. |
| Beneficiarios | Nombres completos y número de documentos de identidad de los miembros del hogar. |
| Asignación SFV | Número de acta o resolución de asignación, fecha, entidad otorgante y valor del subsidio. |
| Forma de pago | Discriminación de valores (crédito, cuota inicial, recursos propios y subsidios). |
Normativa sobre la vigencia del Subsidio
Se recuerda que, una vez cumplida la vigencia inicial de treinta y seis (36) meses de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda (SFV), sin que se haya solicitado su cobro, el beneficiario podrá solicitar por medio de PQR una ampliación por veinticuatro (24) meses adicionales. Para ello, deberá presentar como soporte la respectiva Promesa de Compraventa antes de la fecha de vencimiento.
Asimismo, en los casos en que la constructora solicite el desembolso después del vencimiento de los treinta y seis (36) meses y no se haya solicitado la ampliación, las fechas de otorgamiento de la escritura pública y de su registro deberán ser anteriores al vencimiento. En estos casos, se contará con un plazo máximo de noventa (90) días calendario para solicitar el cobro.
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De igual manera, cuando se haya otorgado la ampliación de veinticuatro (24) meses adicionales, una vez vencida esta, el Oferente dispondrá de un plazo máximo de noventa (90) días calendario para solicitar el cobro del SFV, siempre que se acredite que la escritura pública y su registro se encuentren dentro del periodo de vigencia.
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