El subsidio de vivienda Comfenalco Valle es un beneficio esencial destinado a complementar el esfuerzo de sus afiliados para la adquisición de una solución habitacional. El valor del subsidio es un aporte o complemento para la adquisición de su solución de vivienda.
¿Quiénes pueden postularse?
Comfenalco establece criterios claros para determinar quiénes pueden ser beneficiarios de este subsidio. Podrán postularse:
- Pensionado aportante del 2% sobre su mesada pensional.
- Trabajador independiente aportante del 2% sobre sus ingresos, debe coincidir con lo aportado a seguridad social.
Requisitos y Documentos Necesarios
Para formalizar la postulación al subsidio, es imprescindible reunir y presentar una serie de documentos específicos. Entre los requisitos se incluyen:
- En caso de contar con ahorro previo, copia de la comunicación emitida por la entidad donde se realice el mismo, en la que conste el monto y la inmovilización para postulación a subsidio de vivienda.
- Si la postulación es para mejorar o construir una vivienda, se requiere el presupuesto de obra de lo que va a mejorar o construir.
Proceso de Postulación y Asignación
El camino hacia la obtención del subsidio de vivienda Comfenalco se desarrolla a través de un proceso estructurado que comprende varias etapas:
- Entrega el formulario firmado con los documentos solicitados en los puntos de atención: Centros Integrales de Servicio (CIS) en Cartagena Comfenalco CIS Los Ejecutivos, CIS Bosque y CIS Mamonal. También puedes entregar en las regionales ubicadas en Magangué y Carmen de Bolívar.
- Recuerda reclamar el desprendible del formulario firmado.
- Espera las fechas de asignación y si sales asignado, Comfenalco te contactará para citarte a una reunión donde se hará entrega de tu carta de asignación al subsidio.
Durante este proceso, el estado de tu postulación será comunicado oportunamente:
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- Si queda en estado calificado le llegará correo electrónico informando su puntaje y posición obtenida, asimismo se le enviará circular de calificados. El estado Calificado es cuando el postulante ha cumplido con todos los requisitos para postularte pero el puntaje arrojado en la postulación no alcanzó para llegar al tope de recursos que tiene la Caja para asignar, la persona puede seguir postulándose en las siguientes convocatorias programadas por la Caja de Compensación.
- Si queda en estado inhabilitado Comfenalco lo contactará y le entregará notificación explicando los motivos de negación. El estado Negado es cuando la persona no cumplió alguno de los requisitos exigidos en la postulación, en ese caso el postulante será notificado sobre la causal de negación, de ser posible podrá subsanar dicha causal para continuar con su proceso de postulación en otras próximas convocatorias.
Restricciones y Consideraciones Importantes
Existen ciertas condiciones y restricciones que deben ser observadas por los postulantes al subsidio de vivienda Comfenalco.
¿Quiénes no pueden recibirlo?
No podrán ser beneficiarios del subsidio de vivienda aquellos hogares o individuos que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Si fue beneficiario de subsidio de vivienda familiar por parte del INURBE, CAJA AGRARIA, BANCO AGRARIO, FOREC, FONVIVIENDA o de una caja de compensación y el subsidio se encuentre vigente o haya sido aplicado.
- Que alguno de los miembros del hogar hubiere adquirido una vivienda del Instituto de Crédito Territorial o construido una solución habitacional con aplicación de créditos de tal entidad, a través de cualquiera de los sistemas que hayan regulado dichos beneficios, sea directamente o a través de algún tipo de organización popular de vivienda.
- No incluir personas propietarias de vivienda o beneficiadas con el S.F.V.
Es importante también tener en cuenta que los proyectos donde aplicará los subsidios debe ser proyectos de interés social, tener licencia.
En lo que respecta a los valores máximos de las viviendas, para los municipios que no se encuentren dentro de las aglomeraciones, el tope de Vivienda de Interés Social (VIS) se mantendrá en ciento treinta y cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (135 SMLV).
Así mismo, el artículo 2.1.9.1 del Decreto 1467 de 2019, establece como precio máximo de la Vivienda de Interés Social (VIS), la suma de ciento cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (150 SMMLV).
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Finalmente, un aspecto crucial a recordar es que no se puede firmar escritura antes de la adjudicacion del subsidio.
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