Descubre Cómo Calcular la Tasa Efectiva del Impuesto Diferido y Maximiza tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta Diferido es el que corresponde a operaciones atribuibles al periodo contable actual, pero que fiscalmente son reconocidas en momentos diferentes.

¿Qué es el Impuesto Diferido?

El impuesto diferido es un concepto en la contabilidad y fiscalidad que puede influir significativamente en la gestión financiera de empresas y personas físicas. El impuesto diferido es un monto contable que representa las obligaciones o beneficios fiscales que se trasladan a períodos futuros. Este concepto está ligado a la normativa fiscal vigente en México y puede incluir impuestos como el Impuesto sobre la Renta (ISR).

En la contabilidad mexicana, los impuestos diferidos se calculan para reflejar las diferencias temporales entre el valor contable y el valor fiscal de los activos o pasivos. Por ejemplo, si tu empresa registra un ingreso en su contabilidad en el año actual, pero este ingreso es gravado fiscalmente en el siguiente año, se genera un impuesto diferido.

El cálculo y registro de los impuestos diferidos se rigen por las Normas de Información Financiera (NIF) en México, específicamente la NIF D-4.

  • Estos representan los beneficios fiscales que una empresa o persona puede aprovechar en el futuro.
  • Estos reflejan obligaciones fiscales futuras.

Un ejemplo común es la depreciación de activos.

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¿Cómo se calcula el Impuesto Diferido?

Calcular el impuesto diferido requiere identificar las diferencias temporales entre el tratamiento fiscal y contable de activos, pasivos, ingresos y gastos.

  1. Aplica la tasa fiscal vigente: Usa la tasa de ISR aplicable al período en cuestión para calcular el monto del impuesto diferido.
  2. Para el cálculo del impuesto diferido deben utilizarse las leyes fiscales y tasas de impuesto diferido que a la fecha de cierre de los estados financieros estén promulgadas.

Para ello se utilizará el método de activos y pasivos.

El impuesto diferido que debe registrarse contablemente resultará de comparar el saldo determinado al final del periodo actual con el saldo al inicio del mismo periodo del pasivo o del activo.

Método de Activos y Pasivos

a) Pasivos contables por deducirse fiscalmente y pasivos contables ya acumulados fiscalmente - su valor fiscal resulta de restarle al valor contable de dicho pasivo el importe que será deducido o no acumulado para fines de impuesto a la utilidad de periodos futuros.

La planificación fiscal del impuesto diferido es fundamental para una gestión eficiente de las obligaciones tributarias de empresas y personas físicas con actividad empresarial.

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Impuesto Diferido Bajo NIIF para Pymes

Las políticas de las propiedades, planta y equipo bajo la NIIF para las Pymes difieren de las establecidas fiscalmente. La Sección 17 se centra en la contabilización y la información financiera de las propiedades, planta y equipo, exponiendo los requerimientos y tratamientos contables aplicables. La medición en el momento del reconocimiento inicial de las propiedades, planta y equipo es por su costo que comprende el precio de adquisición, los honorarios legales, aranceles de importación e impuestos no recuperables, después de deducir los descuentos comerciales o rebajas, más todos los costos que se incurrieron para que el activo este en las condiciones óptimas para su uso, además de la estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro de la partida.

En el año 2015 el IASB emitió un documento donde plasma las modificaciones a la NIIF para PYMES.

17.5 A Modelo del costo: La entidad medirá un elemento de propiedad, planta y equipo tras su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas.

17.5 B Modelo de revaluación: Una entidad medirá un elemento de propiedades, planta y equipo cuyo valor razonable pueda medirse con fiabilidad por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro de valor posteriores. Las revaluaciones se harán con suficiente regularidad, para asegurar que el importe en libros, en todo momento, no difiera significativamente del que podría determinarse utilizando el valor razonable al final del periodo sobre el que se informa.

El método del costo contiene los siguientes ajustes: depreciación y deterioro. El método de revaluación contiene los siguientes ajustes: depreciación, deterioro, valorización y desvalorización. La contrapartida del ajuste por deterioro es a resultados, la depreciación puede ser contra inventarios o resultados. La contrapartida de la valorización por el ajuste de la revaluación, se reconoce en el ORI.

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17.15C Si se incrementa el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, este aumento se reconocerá directamente en otro resultado integral y se acumulará en el patrimonio, bajo el encabezamiento de superávit de revaluación. Sin embargo, el incremento se reconocerá en el resultado del periodo en la medida en que sea una reversión de un decremento por revaluación del mismo activo reconocido anteriormente en el resultado del periodo.

17.15D Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del periodo. Sin embargo, la disminución se reconocerá en otro resultado integral en la medida en que existiera saldo acreedor en el superávit de revaluación en relación con ese activo. La disminución reconocida en otro resultado integral reduce el importe acumulado en el patrimonio contra la cuenta de superávit de revaluación.

Diferencias Temporales y Permanentes

El impuesto diferido surge de la diferencia entre los importes reconocidos por los activos y pasivos de la entidad en el estado de situación financiera y de su reconocimiento por parte de las autoridades fiscales, y la compensación a futuro de pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento, procedentes de periodos anteriores.

Clasificación de los impuestos diferidos. Las diferencias permanentes provienen en su totalidad o en parte de los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional (E.T. Art. 57-1), los gravámenes a los movimientos financieros (E.T Art. 827- Ley 140 de 2010 Art. 45), y los intereses presuntos (E.T. Art. 35), las multas y sanciones, y los gastos no deducibles, entre otros, no causan efectos fiscales, dado que no son recuperables ni sujetas a liquidación en periodos anteriores o futuros.

Las diferencias temporarias (o temporales) provienen de las diferencias en las políticas de medición por causación y ajustes de los activos y pasivos, o de los ingresos, costos y gastos, en la contabilidad fiscal y contable.

La diferencia entre el impuesto corriente y el gasto impuesto es balanceada en la contabilidad NIIF con la causación del impuesto diferido. Si el impuesto corriente es mayor que el gasto impuesto, la variación es un activo por impuesto diferido.

Cuando se reconoce un activo o un pasivo por impuesto diferido, existe la probabilidad si el primero se recuperará (impuesto diferido activo) o el segundo será objeto de liquidación (impuesto diferido pasivo); si el impuesto por pagar es mayor que el gasto impuesto, el mayor valor pagado podrá ser descontado en períodos futuros, por esa razón se coloca como un activo por cobrar diferido.

El impuesto corriente, correspondiente al periodo presente y a los anteriores, debe ser reconocido como un pasivo en la medida en que no haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponda al periodo presente y a los anteriores, excede el importe a pagar por esos periodos, el exceso debe ser reconocido como un activo.

Los pasivos (activos) corrientes de tipo fiscal, ya procedan del periodo presente o de periodos anteriores, deben ser medidos por las cantidades que se espere pagar (recuperar) de la autoridad fiscal, utilizando la normativa y tasas impositivas que se hayan aprobado, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado, al final del periodo sobre el que se informa.

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