Los impuestos son una parte esencial de toda economía, ya que garantizan que los gobiernos tengan los recursos para financiar la infraestructura, la atención médica, la educación y otros servicios públicos. Entre los diversos impuestos que se aplican, uno que se destaca por su impacto en los productos de uso diario es el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
¿Qué es el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)?
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un impuesto indirecto que se aplica a la producción, venta o importación de bienes y servicios específicos. Se le considera como un impuesto indirecto, ya que lo acaban pagando los consumidores; es decir, no lo cumplen los contribuyentes, sino que se traslada a los clientes de éstos. A diferencia de los impuestos directos como el impuesto sobre la renta, que son pagados directamente por personas o empresas, el IEPS es un impuesto indirecto. Por ejemplo, cuando compras un refresco, gasolina o un paquete de cigarrillos, estás pagando indirectamente el IEPS como parte del costo total del producto.
El IEPS tiene como finalidad principal regular el consumo de determinados bienes y servicios, además de generar ingresos para el Estado. Están obligadas a pagar el IEPS las personas físicas, personas morales y autónomos que produzcan, vendan o importen los bienes y servicios gravados por este impuesto. El incumplimiento en el pago del IEPS puede derivar en sanciones y multas establecidas en el Código Fiscal de la Federación y la Ley del IEPS.
Productos y Servicios Sujetos al IEPS
El alcance del IEPS es amplio y abarca 27 categorías de productos y servicios, según lo define la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon). El IEPS es un impuesto que grava alcoholes y cervezas, refrescos y otras bebidas con azúcares, tabacos y alimentos con alto contenido calórico.
- Las bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, se encuentran entre los productos más comunes sujetos al IEPS. La tasa impositiva varía según el contenido de alcohol, con tasas más altas para las bebidas que contienen más alcohol.
- Los cigarrillos, puros y otros productos de tabaco están fuertemente gravados por el IEPS.
- Los combustibles como la gasolina y el diésel están sujetos a impuestos para promover la sostenibilidad ambiental.
- Las bebidas con azúcares añadidos, como los refrescos y el agua saborizada, están sujetas a impuestos para combatir la obesidad y los problemas de salud relacionados.
- En consonancia con los esfuerzos de conservación del medio ambiente, los combustibles fósiles y ciertos pesticidas están sujetos al IEPS.
- Varios otros artículos, como productos de cacao, dulces de leche, helados y ciertos alimentos preparados, también están sujetos al IEPS.
- Además de los bienes, ciertos servicios como juegos, rifas y telecomunicaciones también pueden estar sujetos al IEPS.
Así, eventualmente se conceden estímulos fiscales sobre el IEPS a la gasolina por tratarse de un producto de primera necesidad. Asimismo, existen servicios gravados con este tributo, algunos de ellos originados de la enajenación de bebidas alcohólicas y alimentos con alto contenido calórico.
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¿Por qué se gravan estos productos?
El objetivo principal del IEPS no es solo generar ingresos, sino también influir en el comportamiento del consumidor. Los productos sujetos al IEPS a menudo se consideran no esenciales, de lujo o potencialmente dañinos.
Cálculo del IEPS
Con respecto a los montos, éstos se establecen mediante tasas y/o cuotas para cada bien o servicio, según su tipo. El cálculo del IEPS varía según el producto o servicio.
- Los alimentos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o más por cada 100 gramos pagan un impuesto del 8%.
- Las bebidas saborizadas y las bebidas con azúcares añadidos pagan un impuesto de 1.39 pesos por litro.
Las tarifas del IEPS no son estáticas. El gobierno las revisa y ajusta periódicamente para reflejar cambios en las condiciones económicas, la inflación o las prioridades de política pública.
El IEPS en Bebidas Alcohólicas: Un Sistema en Debate
Hoy, las bebidas alcohólicas pagan IEPS con tasas diferenciadas según su graduación: 26.5% para bebidas de hasta 14° GL; 30% para más de 14° y hasta 20° GL; y 53% para bebidas de más de 20° GL. A esa carga se suman el IVA y, en algunos casos, impuestos estatales.
El punto crítico está en la base de cálculo: el IEPS se determina sobre el valor de la bebida, no directamente sobre la cantidad de alcohol puro que contiene. En términos fiscales, esto se conoce como un esquema ad valorem: se cobra una proporción del precio. La alternativa que se plantea es un esquema ad quantum o específico, donde el impuesto se calcularía con base en una unidad medible, en este caso el contenido alcohólico.
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Una cerveza, una copa de vino, un mezcal y un aguardiente no ocupan el mismo lugar en la cultura mexicana. Tampoco cuestan lo mismo, ni se producen de la misma manera, ni tienen el mismo peso en el mercado. Pero cuando llegan al cuerpo comparten una misma sustancia: etanol. Esa diferencia entre lo que una bebida representa y lo que una bebida contiene está en el centro de una discusión fiscal que podría cambiar la manera en que México cobra impuestos al alcohol.
El debate parte de una pregunta sencilla, si el impacto del alcohol depende de la cantidad de etanol que se consume, ¿por qué el IEPS se calcula sobre el precio de la botella? Hoy, una bebida artesanal o de mayor valor puede pagar más impuestos que una opción industrial de menor precio, aunque ambas tengan una cantidad comparable de alcohol puro. La diferencia no es menor. Bajo el modelo actual, el precio de una botella puede pesar más que su contenido de alcohol. Por eso una bebida artesanal, con altos costos de producción y menor escala, puede terminar con una carga fiscal más pesada que una bebida industrial de bajo precio y alta graduación.
El Concepto de "Trago Estándar"
Uno de los conceptos clave para entender el debate es el de “trago estándar”. La NOM-142-SSA1/SCFI-2014, citada en los materiales técnicos, permite comparar bebidas distintas a partir de una misma medida: el alcohol puro que contienen. Bajo esa lógica, una cerveza de 330 mililitros al 5%, una copa de vino de 140 mililitros al 12%, un cóctel de 43 mililitros al 38%, un whisky de 40 mililitros al 40% y un mezcal de 40 mililitros al 40% pueden contener 16 mililitros de alcohol puro.
La idea no busca borrar las diferencias culturales, productivas o gastronómicas entre categorías. Sirve para algo más práctico, que el consumidor entienda que el cuerpo no procesa prestigio, precio ni relato de origen; procesa etanol. Por eso, medir el consumo solo desde la categoría puede ser engañoso. Lo que importa es cuánto alcohol puro se ingiere, con qué frecuencia, en qué contexto y bajo qué condiciones.
Impacto en Productos Artesanales: El Caso del Mezcal
El mezcal es el ejemplo más claro de esa distorsión. Según los documentos de Moderniza IEPS, aunque representa solo 1.7% del volumen de destilados, contribuye con más de 1,400 millones de pesos en IEPS. En contraste, el aguardiente representa 27.3% del volumen de destilados y aporta 774.71 millones de pesos, con un IEPS estimado de 9.9 pesos por cada litro vendido.
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La comparación revela el choque entre dos modelos. Los aguardientes aparecen descritos como productos industriales, de bajo precio y alta graduación, con 26° GL en promedio. El mezcal, en cambio, se presenta como un producto ancestral, artesanal y con altos costos de producción. En los ejemplos técnicos, una presentación de aguardiente de 960 mililitros tiene un precio promedio de 33 pesos, mientras una botella de mezcal de 750 mililitros se ubica en 750 pesos. Ahí está el nudo del debate: el impuesto no solo está cobrando alcohol, también está cobrando la forma en que se produce. Y cuando una bebida cuesta más porque requiere tiempo, mano de obra, materia prima, territorio y escala limitada, el IEPS puede convertirse en un obstáculo para su crecimiento.
Panorama del Mercado de Bebidas Alcohólicas en México
En México, la categoría que domina el volumen no es el mezcal, ni el tequila, ni el vino. Es la cerveza. El sistema fiscal actual no solo grava alcohol: también termina incidiendo en qué bebidas pueden competir, cuáles se encarecen y qué productores tienen más margen para permanecer en la formalidad.
| Categoría de Bebida Alcohólica | Volumen del Mercado (%) |
|---|---|
| Cerveza | 93.9% |
| Premezclados o RTD | 2.4% |
| Destilados | 2.6% |
| Vinos | 1.1% |
Dentro de la cerveza, la concentración es todavía más marcada: la producción industrial representa 98.9% del mercado cervecero, mientras la cerveza artesanal apenas alcanza 1.1%.
| Categoría de Destilados | Volumen del Mercado (%) |
|---|---|
| Aguardientes | 27.3% |
| Tequila | 25.1% |
| Whisky | 11.1% |
| Ron | 9.9% |
| Mezcal | 1.7% |
El dato coloca al mezcal en una posición paradójica: es una de las bebidas más asociadas al origen, al territorio y a la identidad gastronómica mexicana, pero su presencia en el consumo interno sigue siendo mínima frente a productos industriales y de bajo precio.
La Informalidad y el IEPS
La discusión fiscal no se entiende sin el mercado informal. El estudio de Euromonitor sobre bebidas alcohólicas en México señala que, desde 2014, la industria ha generado información para entender este fenómeno y aportar datos que permitan apoyar a pequeños productores dentro de un marco legal.
El alcohol informal no es una sola categoría. Puede incluir falsificación, adulteración, contrabando, evasión fiscal, producción sin registro, robo, sustitutos no aptos para consumo humano y bebidas que no cumplen con la normativa. También contempla a pequeños productores no registrados, cuya elaboración puede seguir prácticas culturales y artesanales, aunque opere fuera del marco regulatorio.
El tamaño del problema es considerable. De acuerdo con los datos citados por Moderniza IEPS, México ocupa el primer lugar de América y el octavo del mundo en tamaño de mercado ilegal. La ilegalidad se estima en 55.7 mil millones de pesos, equivalente a 196.5 millones de litros al año, con una pérdida anual por IEPS no recaudado de 19.5 mil millones de pesos para 2023. Euromonitor también reporta que el mercado informal de bebidas alcohólicas destiladas creció 1.7 puntos porcentuales entre 2020 y 2023, al pasar de 42.5% a 44.2% del mercado de destilados. Entre sus recomendaciones están fortalecer la educación al consumidor, simplificar procesos de normalización y pago de impuestos para Pymes, y reforzar fiscalización e inspección en aduanas.
La Propuesta de Modernización del IEPS
La modernización planteada por Moderniza IEPS propone cambiar el criterio de cobro. En lugar de calcular el impuesto a partir del precio, se plantea establecer un esquema ad quantum que grave a todas las bebidas alcohólicas por su contenido de alcohol, con una cuota única de 1.68 pesos por cada grado alcohólico.
La propuesta también contempla solicitar estímulos fiscales para pequeños productores de bebidas alcohólicas y cerveza, con un límite de 10,000 litros de alcohol puro. En ese esquema, el crédito fiscal sería equivalente a 90% de la cuota ad quantum del IEPS causado en el mes, dirigido a contribuyentes formales y con candados para evitar abusos mediante planeación fiscal.
El argumento central es que el impuesto debería estar alineado con la lógica sanitaria: si el riesgo del consumo nocivo depende del alcohol puro que llega al cuerpo, el cálculo fiscal tendría que mirar esa misma unidad. No la marca, no el empaque, no el prestigio de la categoría, sino el contenido de etanol.
Para quien compra una botella, el debate parece técnico hasta que llega al precio. Bajo un esquema por contenido alcohólico, algunas bebidas artesanales podrían reducir su carga fiscal, mientras productos de bajo precio y mayor contenido alcohólico podrían enfrentar un cobro más proporcional a su impacto potencial. El cambio también podría tener efectos sobre la formalización. Si el sistema fiscal reconoce mejor la escala de pequeños productores, algunas categorías tendrían más incentivos para operar dentro del marco legal. Y si el impuesto se vuelve más claro para el consumidor, también podría ayudar a distinguir entre precio, graduación, calidad, origen y riesgo. El IEPS a bebidas alcohólicas no es solo una discusión de contadores, productores o autoridades fiscales.
Consideraciones y Desafíos del IEPS
Dado que el IEPS es un impuesto indirecto, afecta a todos los consumidores por igual, independientemente de su nivel de ingresos. Los críticos argumentan que la eficacia del IEPS para cambiar el comportamiento del consumidor es limitada. A pesar de estos desafíos, el IEPS desempeña un papel crucial en la economía. Comprender y cumplir con las regulaciones del IEPS puede ser complejo para las empresas.
