Descubre las Impactantes Consecuencias de la Cancelación del Certificado de Sello Digitalpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El certificado de sello digital (CSD) es un documento electrónico que expide el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La función de los CSD es firmar digitalmente las facturas electrónicas o Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Lo que hacen es sellar estos documentos para que no se pueda manipular la información contenida en ellos. Con esto, ya no pueden falsificarse facturas electrónicas. La revolución digital ha impulsado la creación de nuevos certificados fiscales que facilitan las operaciones mercantiles. Uno de ellos, en México, son los sellos digitales SAT, que funcionan muy eficientemente. Sin embargo, ten cuidado, que los pueden revocar en perjuicio de tu empresa.

Impacto de un Certificado de Sello Digital Cancelado

Ahora bien, si la autoridad fiscal cancela los Certificados de Sellos Digitales, los contribuyentes no podrán emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI), a los que se encuentran obligados. Esto, evidentemente, causará más afectaciones y consecuencias fiscales para dichos contribuyentes. Por lo tanto, representa un alto total en la operación del contribuyente, el cual está destinado a incumplir con otras obligaciones fiscales de forma involuntaria. Ello, también implica una afectación financiera para las empresas, pues estas no podrán realizar diversas operaciones como es la compra a sus proveedores ni la venta de sus mercancías, o dependiendo al sector que se dedique, quedará aislado para realizar diversos trámites. Al cancelar los certificados, se les negará la aprobación de nuevos folios y les serán cancelados los folios que no hayan sido utilizados a partir de que surta efectos la notificación.

Motivos para la cancelación del CSD por parte del SAT

Hay diversas causas por las que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede suspender el uso de tus sellos certificados. Estas incluyen, entre otras:

  • Que el contribuyente aparezca como “no localizado” en el ejercicio de las facultades del SAT, o que se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
  • Que el domicilio fiscal señalado por el contribuyente no cumpla con los supuestos del artículo 10.° del CFF.
  • Que los ingresos declarados, el valor de las actividades o el impuesto retenido por el contribuyente (manifestados en las declaraciones de pagos provisionales o definitivos, de retenciones o del ejercicio, o bien, las informativas) no concuerden con los ingresos o valor de actos señalados en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), complementos de pago, estados de cuenta bancarios, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.
  • La omisión en la presentación de la declaración anual transcurrido un mes posterior a la fecha en que se encontraban obligados a hacerlo (en términos de las disposiciones fiscales) o bien, de dos o más declaraciones provisionales o definitivas (consecutivas o no consecutivas).
  • Que durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o este desaparezca.
  • El fallecimiento de la persona física titular del certificado.
  • Que se compruebe que, al momento de su expedición, el certificado no cumplió los requisitos legales (situación que no afecta los derechos de terceros de buena fe).
  • Que el contribuyente emisor de comprobantes fiscales no haya desvirtuado la presunción de la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes y, por tanto, se encuentre definitivamente en dicha situación (en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo, del CFF).
  • Que los medios de contacto establecidos por el SAT (registrados para el uso del buzón tributario) no sean correctos o auténticos.
  • Que se detecte que la persona moral tiene un socio o accionista (que cuenta con el control efectivo de la misma o que tenga el control efectivo de otra persona moral) que se encuentre en los supuestos antes referidos.

Prevención y Rectificación ante la Cancelación del CSD

Por eso es muy importante cuidarse y evitar cualquier falta que pueda llevar a la suspensión de los sellos digitales. Para evitar la suspensión de los sellos digitales lo esencial es trabajar legalmente. ClickBalance cuenta con un proceso de facturación completo, el cual permite verificar el estado del sello digital (vigente, cancelado o vencido) de manera fácil y rápido. Si su CSD ha sido cancelado, el contribuyente podrá descargar la ficha de trámite 296/CFF para presentar su solicitud de aclaración en el portal del SAT y desvirtuar las causas por las que se le canceló su CSD. El afectado debe aportar los argumentos y pruebas suficientes que demuestren que no incurrió en ninguna irregularidad. Es crucial tener en cuenta que las notificaciones del SAT para con los contribuyentes se realizarán todas a través del Buzón Tributario. Cuando la autoridad determine que se subsanó la irregularidad detectada, el contribuyente podrá continuar con el uso del mismo. En caso contrario, se dejará sin efectos el CSD.

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