El fundamento de la obligación tributaria en México se encuentra en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece las obligaciones de los mexicanos.
De tal forma, una vez que se produce el hecho previsto por las leyes, el contribuyente debe cumplir frente al Estado con las obligaciones derivadas de la realización de ese hecho. El Estado tendrá el derecho de percibir o exigir, según sea el caso, al contribuyente el cumplimiento de esas obligaciones.
El Estado, ya sea la federación, las entidades federativas o los municipios a través de sus organismos fiscales, tiene la facultad de recaudar y, en su caso, exigir del sujeto pasivo el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Sujetos de la Obligación Tributaria
El contribuyente es quien realiza el hecho imponible, es decir, quien realiza o se coloca en la hipótesis prevista por la ley. Además del contribuyente, existen otros sujetos que no realizan precisamente el hecho imponible; sin embargo, en virtud de la realización de ese hecho imponible por el contribuyente, y con quien se encuentran relacionados, surgen obligaciones a su cargo, como el enterar el Impuesto al Estado.
El Estado en la relación tributaria actúa frente al gobernado o contribuyente a través de las autoridades fiscales.
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Tipos de Obligaciones Tributarias
Las obligaciones tributarias pueden clasificarse en:
- Obligaciones de dar: El contribuyente paga al Estado el impuesto.
- Obligaciones de hacer: El contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos.
- Obligaciones de no hacer: El contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas.
- Obligaciones de tolerar: El contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
Definiciones del Código Fiscal de la Federación
El Código Fiscal de la Federación define diversos conceptos clave en materia tributaria:
- Impuestos: Son las contribuciones establecidas por la ley y que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley y que no sean aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.
- Aportaciones de seguridad social: Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o las personas que se benefician por servicios de seguridad social proporcionadas por el Estado.
- Contribuciones de mejoras: Son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien directamente por obras públicas.
- Derechos: Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir los servicios públicos que presta el Estado en sus funciones de derecho público y las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
Herramientas y Obligaciones Adicionales
Existen herramientas y obligaciones adicionales que facilitan el cumplimiento de las obligaciones fiscales:
- Clave del RFC: Es única para cada contribuyente y se obtiene al inscribirse en el registro federal de contribuyentes; está integrada por 12 o 13 caracteres alfanuméricos.
- Certificado e.firma (Firma Electrónica Avanzada o FIEL): Es un archivo digital cifrado que permite tanto a personas físicas como personas morales (por conducto de su representante legal) inscritas en el registro federal de contribuyentes dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, realizar trámites o presentar documentos digitales ante las autoridades. Es importante mencionar que otros trámites que se realizan ante dependencias de gobierno pueden ser realizados vía electrónica usando e.firma.
- Documentación e información de los registros: Es indispensable mantener documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades.
Presentación de Declaraciones
Las declaraciones deberán presentarse en documentos digitales con firma electrónica avanzada, a través de los medios, formatos electrónicos, con la información y requisitos que señale el Servicio de Administración Tributaria a través de reglas de carácter general, y con la periodicidad y en las fechas que dispongan las leyes fiscales respectivas.
Derechos del Contribuyente
El contribuyente tiene derecho a formular alegatos, presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las disposiciones fiscales.
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