Guía Definitiva para Cancelar tu CFDI Rápida y Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

La cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) es un proceso que requiere atención a los plazos y regulaciones establecidas por el SAT y el Código Fiscal de la Federación (CFF). Conocer las reglas evita errores y facilita la correcta gestión de tus comprobantes.

Marco Legal y Plazos para la Cancelación de CFDI

El Artículo 29-A del CFF establece que los CFDI solo pueden cancelarse en el mismo ejercicio en que se expiden, y únicamente si el receptor acepta la cancelación. Sin embargo, la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) permite ampliar este plazo hasta el mes de la declaración anual del ISR correspondiente.

La Regla 2.7.1.34 de la RMF indica que el receptor debe aceptar o rechazar la cancelación a través del portal del SAT en un máximo de tres días hábiles desde la recepción de la solicitud. Si no se manifiesta dentro de ese plazo, se considera que acepta la cancelación automáticamente. Para conocer el procedimiento específico para rechazar un CFDI, el SAT publica la guía “Cómo rechazar la cancelación de un CFDI”.

Casos de Cancelación sin Aprobación del Receptor

Existen situaciones en las que los contribuyentes pueden cancelar un CFDI sin la aprobación del receptor. Estos supuestos facilitan la gestión de cancelaciones sin depender de la respuesta del receptor.

  • CFDI con montos de hasta $1,000.
  • Comprobantes por nómina, egresos o traslado.
  • Ingresos emitidos a contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) o al público en general.
  • CFDI emitidos a residentes en el extranjero con fines fiscales.
  • Cancelaciones realizadas dentro del día hábil siguiente a su expedición.
  • Comprobantes de ingresos relacionados con bienes inmuebles, actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras, emitidos a través de proveedores autorizados.
  • CFDI emitidos por el sistema financiero o por la Federación por derechos, productos y aprovechamientos.

Importancia de Documentar la Justificación de Cancelación

Cuando un CFDI ampara ingresos, el contribuyente debe documentar y justificar el motivo de la cancelación. Esta información puede ser revisada por las autoridades fiscales para verificar la legalidad de la operación.

Lea también: Análisis del Artículo 32 Fracción VIII de la Ley del IVA

Novedades Legales: Inconstitucionalidad del Artículo 29-A del CFF

Una reciente determinación ha declarado inconstitucional el artículo 29-A párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación, el cual previene que la cancelación de CFDIs únicamente puede realizarse en el ejercicio fiscal en el que cual fueron expedidos. Esta determinación se tomo al resolverse el Amparo en revisión 819/2023.

La sentencia señala que es inconstitucional el plazo señalado en el 4to párrafo del artículo 29-A del Código Fiscal de la federación (“CFF”) que restringe de forma temporal a los contribuyentes para cancelar los comprobantes fiscales digitales por Internet (“CFDI”). Dicho párrafo señalaba que la cancelación de CFDIs únicamente podía realizarse en el ejercicio fiscal en el que cual fueron expedidos, y siempre que la persona a favor de quien se emitiera acepte su cancelación.

Como antecedente, en el año 2021, se reformó el Código Fiscal de la Federación (“CFF”) para que los CFDIs sólo se pudieran cancelar durante el ejercicio fiscal en el que se expidieron. Esto significó que muchos contribuyentes se daban cuenta de que tenían que cancelar cierto CFDI hasta el momento de su declaración anual, es decir, ya concluido el ejercicio fiscal.

Es importante destacar que la sentencia únicamente aplica para las personas amparadas, por lo que, si su empresa se encuentra en esta situación, es importante solicitar la protección de la justicia ante los tribunales correspondientes.

Cancelar un CFDI correctamente requiere entender los plazos, las reglas de aceptación del receptor y los casos en los que no se necesita autorización.

Lea también: Beneficios Fiscales ISR

Lea también: Estatuto Tributario: Parágrafo 3 del Artículo 437

tags: #articulo #cff #cancelacion #información