Guía Definitiva sobre Boletas de Honorarios: Retenciones y Todo sobre Impuestos Internos en Chilepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Varias pymes ven en las boletas de honorarios la respuesta a muchos problemas. Es una decisión muy legítima porque la tercerización de servicios permite a estas empresas concentrarse en lo suyo (vender) y subcontratar aquellas labores o servicios que requieren capacidades o habilidades que en ese momento no tienen.

Es una relación laboral más sencilla que un contrato de trabajo. Sin embargo, conlleva la emisión de boletas de honorarios, documentos tributarios que afectan tu administración financiera y gestión contable. Por eso es crucial que entiendas cómo manejarlas.

Entender bien la boleta de honorarios es clave si trabajas de forma independiente o contratas servicios de terceros. Este documento tributario va de la mano con la retención de impuestos, el libro de honorarios y ciertos trámites ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿Qué es el Trabajo a Honorarios?

Es un tipo de ingreso que genera un trabajador independiente o una sociedad de profesionales a cambio de prestar un servicio o producir algo. Es una renta que paga impuestos al Servicio de Impuestos Internos (SII).

Durante todo el periodo en que este trabajador labora para ti, “arrienda” sus servicios de asesoría, consultoría, investigación o producción de una obra material. Emplear este tipo de trabajo conlleva una gestión financiera y contable ya que afecta la organización de tus recursos (tienes que pagarle) y el registro de este servicio en tus estados financieros (es un costo y un gasto).

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Es una relación laboral simple y directa; tu empresa solicita los servicios del prestador y le pagas una vez que los entrega, sin mediar contrato de trabajo ni derechos laborales regidos bajo el Código del Trabajo, tales como feriados, indemnización por años de servicio, descanso en días festivos, etc.

Requisitos para calificar como Trabajo a Honorarios

Según el portal trabajando.cl, un trabajo debe cumplir los siguientes requisitos para calificar como a honorarios:

  • La entrega del producto o servicio es esporádica.
  • No hay una relación laboral fija ni obligatoria.
  • No existe subordinación o dependencia.

¿Qué es la Boleta de Honorarios?

Para contextualizar, hablemos del significado de la boleta de honorarios. Este concepto, también conocido por sus siglas BHE, es un documento que emite un contribuyente cuando inicia actividades de segunda categoría en Chile.

Una boleta de honorarios es un documento tributario electrónico (DTE) que respalda el pago por servicios profesionales o de terceros prestados de forma independiente. Es un DTE que emite una persona natural que realiza actividades comerciales de forma esporádica o como trabajador independiente. Esta persona paga impuestos como un Contribuyente de Segunda Categoría porque no tiene un contrato laboral directo.

El trabajador está en la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que genere por su actividad y rendir dicha información ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). La boleta de honorarios electrónica es utilizada para respaldar servicios que son generalmente realizados por personas que ejecutan actividades con fines lucrativos, como es el caso de profesionales, técnicos, o personas que realizan una tarea particular y no son parte del staff de la empresa. Aquí se incluyen también las sociedades profesionales, por lo tanto, este tipo de remuneración es catalogada como honorarios profesionales.

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Características de las remuneraciones por medio de la boleta de honorarios electrónica

Emitir una boleta de honorarios electrónica tiene características específicas que diferencian este tipo de remuneración de un contrato laboral tradicional. Estas son las principales:

  1. Es un ingreso por prestación de servicios profesionales

    Se considera remuneración por servicios prestados de manera independiente, sin vínculo de subordinación (no eres un trabajador dependiente). Aplica a consultores, médicos, psicólogos, diseñadores, abogados, entre otros.

  2. Debe incluir retención de impuesto de segunda categoría

    Desde 2025, el porcentaje de retención es de 14,5%. Esta retención es un anticipo del impuesto a la renta que se regulariza en la Operación Renta del año siguiente.

  3. No genera cotizaciones automáticas a seguridad social (salud, pensión, etc.), salvo opción voluntaria

    Si quieres cotizar por AFP, salud o seguro de accidentes laborales, puedes optar por hacerlo en forma independiente o declararlo en tu Operación Renta (en algunos casos, puede ser obligatorio dependiendo de tus ingresos).

  4. Se documenta a través del SII

    Todas las boletas deben ser emitidas electrónicamente a través de www.sii.cl o mediante plataformas certificadas. El SII recibe automáticamente la información de cada boleta emitida.

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  5. Puede ser emitida a personas naturales o jurídicas

    Puedes emitir boletas tanto a clientes individuales como a empresas o instituciones. En ambos casos, debes indicar el RUT del receptor en la boleta.

  6. No constituye una relación laboral

    El hecho de emitir boleta de honorarios no te da derechos como vacaciones, aguinaldos o indemnización por despido. Estás actuando como un proveedor externo de servicios.

  7. Se declara en la Operación Renta

    Todos los ingresos obtenidos mediante boletas de honorarios deben ser informados en la Declaración Anual de Renta (Formulario 22). Puedes tener derecho a devolución de impuestos si tus gastos o cotizaciones exceden lo retenido.

¿Quiénes pueden emitir una boleta de honorarios electrónica?

Pueden emitir boletas de honorarios electrónicas en Chile todas las personas naturales que presten servicios de manera independiente, sin una relación laboral de subordinación o dependencia. En Chile, también pueden emitir boletas de honorarios electrónicas las personas y empresas que hayan hecho su inicio de actividades y estén habilitadas ante el SII. En particular, pueden emitir boletas de honorarios:

  • Profesionales independientes titulados o no, como médicos, psicólogos, nutricionistas, abogados, ingenieros, diseñadores, contadores, etc.
  • Técnicos o personas que, sin tener título universitario, prestan servicios especializados (por ejemplo, técnicos en enfermería, masoterapeutas, personal de apoyo terapéutico).
  • Consultores en diversas áreas como educación, tecnología, marketing, comunicación, finanzas, entre otros.
  • Artistas y creativos como fotógrafos, músicos, actores, ilustradores, escritores, etc.
  • Directores y asesores de empresas que reciben remuneraciones por su participación en directorios de sociedades anónimas.
  • Prestadores de servicios eventuales (por ejemplo, quienes realizan talleres, charlas, capacitaciones, servicios de reparación o mantención sin contrato laboral).

¿Es la boleta de honorarios un contrato?

No. Pero muchas veces prestadores de servicios la usan como un “contrato tácito” que demuestra que hubo una relación laboral y comercial entre una empresa y ellos. La boleta adquiere otro valor cuando un empleador no paga el dinero acordado y el trabajador decide demandarlo ante Tribunales. El derecho a que les pagues lo acordado. La Dirección del Trabajo aclara que cualquier otro beneficio depende de lo que convengas con ellos directamente al momento de solicitar y contratar su servicio a cambio de un pago monetario. Muchas empresas prefieren dejar esto por escrito en un contrato de servicios a honorarios, pero otras simplemente tienen acuerdos de palabra. No la confundas con un contrato.

¿Cuál es la diferencia entre una boleta de honorarios electrónica y una factura electrónica?

En este punto es importante aclarar que las facturas electrónicas generalmente son utilizadas por las pymes y empresas con la finalidad de corroborar los costos o gastos ante el Servicio de Impuestos Internos, ya que necesitan entregar una información más detallada de sus operaciones, incluyendo datos que van más allá de lo que se puede reflejar en una boleta de honorarios electrónica. Cabe resaltar que la factura electrónica tiene validez legal y fiscal. De esta forma, quienes la entreguen gozan del derecho al crédito fiscal. Es decir, pueden usar el reembolso proveniente del IVA para pagar las compras de muchos de los productos que se venderán al cliente final.

Por otra parte, la boleta de honorarios electrónica es solo un comprobante de venta. De esta forma, si se compara con la factura, la boleta no permite acceder al crédito fiscal. Sin embargo, ambas deben ser emitidas cuando se realiza una transacción o entrega de cualquier producto. Conviene saber que en la venta de servicios, las facturas pueden emitirse dentro del periodo tributario en el que se haga el pago.

Retención de Impuestos y su Gestión

A los profesionales que emitan este documento tributario se les hará una retención, que irá aumentando progresivamente. Este impuesto es retenido por el Servicio de Impuestos Internos hasta que se realice el cálculo de la operación renta respectiva al año tributario.

¿Cuándo el trabajador emite una boleta de honorarios?

Una vez que recibes lo convenido, el prestador del servicio emite una boleta a través del sitio web del SII. Al hacerla, elige que el receptor del documento (o sea, tu empresa) actúa reteniendo un porcentaje del total de los honorarios. El prestador no requiere de tu autorización para emitir el documento. Así que no puedes negarte a recibirla porque es un documento tributario autorizado por el SII.

¿Y por qué tu pyme debe retener ese dinero?

Según la Ley de Impuesto a la Renta (LIR), tu empresa tiene la obligación tributaria de retener ese dinero y pagarlo al Fisco como impuesto a la renta durante la Operación Renta del año correspondiente a la boleta. Al retener el dinero, tu empresa ayuda a garantizar que ese tributo sea pagado.

Evolución del porcentaje de retención

El año 2019 se publicó la Ley Nº 21.133 para incorporar a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social. Esto estableció un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, accediendo así a todos los beneficios de la seguridad social. En ese sentido, para que se puedan contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la norma indicaba que desde el 2020 en adelante se aumentaría gradualmente la retención del 10% en ese entonces; o la tasa del Pago Provisional Mensual Obligatorio, en casos que no aplicara la retención en la emisión de boletas.

El incremento establecido por ley será de 0.75% cada año desde la emisión de la norma, hasta llegar a 17% en el año 2028. Actualmente, desde el 1 de enero de 2025, la boleta electrónica de honorarios considera un 14,5% de retención para el cálculo del impuesto de segunda categoría, según lo establecido por la Ley N° 21.133. Este porcentaje es retenido automáticamente por el Servicio de Impuestos Internos (SII) hasta que se realice la Operación Renta correspondiente al año tributario siguiente.

La ley 21.133 establece que a partir del 1 de enero de 2026 el porcentaje de retención pasa de 14,5% a 15,25% llegando a 17% en 2028. Por ley, tu retención sube escalonadamente. Hoy corresponde el 15,25% y la meta final es llegar al 17% en el año 2028. El porcentaje de retención es aplicable para todos los emisores de boletas de honorarios (electrónicos y en papel) y también a los emisores de boletas de prestación de servicios de terceros.

Tabla de retención de boletas de honorarios (Ley Nº 21.133)

AñoAumento de retenciónTotal retención boleta
20200.75 %10.75 %
20210.75 %11.5 %
20220.75 %12.25 %
20230.75 %13 %
20240.75 %13.75 %
20250.75 %14.5 %
20260.75 %15.25 %
20270.75 %16 %
20281 %17 %

¿Cómo se realiza el cálculo de la retención?

El cálculo de la retención en una boleta de honorarios electrónica depende principalmente del acuerdo entre quien presta el servicio y quien lo contrata, y puede manejarse de dos formas:

  1. Retención por parte del receptor del servicio

    El cliente (empresa o institución) retiene el impuesto correspondiente (14,5% en 2025) al momento del pago, y es quien debe declararlo y pagarlo posteriormente mediante el Formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos (SII).

  2. Autoretención por parte del emisor de la boleta

    Si quien presta el servicio acuerda emitir la boleta sin retención ("sin retención del receptor"), será el propio profesional quien deberá declarar y pagar ese impuesto a través del Formulario 29.

Importante:

  • El impuesto se genera en el momento en que se presta el servicio, no cuando se recibe el pago.
  • Por eso, siempre se recomienda a los profesionales independientes calcular su precio considerando el monto real que recibirán después de la retención de impuestos, para evitar confusiones o pérdidas económicas.

Por ejemplo: Acordaste pagar $200.000 brutos por el trabajo realizado. La retención del 12,25% (vigente en 2022) es de $24.500 del monto total. El dinero líquido que le entregas al trabajador es de $175.500. Si emites una boleta por $100.000, la retención será de $14.500 (vigente en 2025), y recibirás $85.500 líquidos.

Puedes optar por que el receptor de la boleta realice la retención o asumirla tú mismo mediante pagos provisionales mensuales (PPM), declarando y pagando el impuesto correspondiente a través del Formulario 29 del SII. Es el porcentaje que se descuenta de tus honorarios brutos y que se destina a pagar impuestos y cotizaciones de previsión social (pensiones, salud, seguros, etc.). Calcula el monto bruto de tus honorarios e ingrésalo en la boleta.

Utiliza este asistente para simular los valores de tu Boleta de Honorarios, aplicando la retención de 15,25% vigente desde el 1 de enero de 2026. Recuerda que el cálculo se realiza automáticamente al emitir tu Boleta de Honorarios, una vez que ingreses el valor bruto de la prestación.

¿Cómo le paga tu empresa esta retención al SII?

Este dinero debe ser pagado a través del sitio web del SII el mes siguiente de la emisión de la boleta, el día 12. Una de las obligaciones tributarias de las empresas, es realizar la retención de boletas de honorarios recibidas por prestación de servicios profesionales. Al siguiente mes, antes del día 20, debemos declararla ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y hacer el respectivo pago. Además, todos los años, tenemos que informar estas retenciones en el marco de la Operación Renta, a través de la Declaración Jurada 1879.

¿Puedes pagar las retenciones a través de un software de gestión financiera? No. Este pago se hace directamente al SII. Lo que sí puedes hacer es que el sistema lleve un registro de estos pagos y que forme parte de los informes de gestión financiera.

¿Qué sucede si no pagas la retención?

Perjudicas a tu negocio y al trabajador. Primero, tu empresa se convierte en un deudor fiscal, arriesgando reajustes, intereses y multas correspondientes. De hecho, el SII explica que tienes que rectificar el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo correspondiente al período cuando omitiste la retención. Mientras, el prestador del servicio tendrá problemas cuando declare sus impuestos en la Declaración de Renta el año siguiente. Pero descuida, ¡porque al SII no se le pasa ni una!

Pagos Provisionales Mensuales (PPM)

¿Al ser emitida una Boleta de Honorarios Electrónica es necesario declarar los Pagos Provisionales Mensuales (PPM)?

Según el SII, quien paga la renta es un agente retenedor (empresa, sociedad, etc.), deberá efectuar la retención del porcentaje correspondiente y declararlo/pagarlo a través del Formulario 29. Si no hay agente retenedor (por ejemplo, si el servicio lo paga una persona natural no obligada a retener), el propio emisor de la boleta debe declarar y pagar el impuesto correspondiente mediante PPM (Pago Provisional Mensual).

Emisión de Boletas de Honorarios Electrónicas

Este proceso es simple y se puede hacer de manera online. Actualmente, este trámite se puede realizar de manera electrónica vía Internet, desde la comodidad del hogar o en la oficina, también es posible enviar boleta por correo. Las personas que emiten Boletas de Honorarios deben estar registradas con un inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII), como contribuyentes de segunda categoría.

Pasos para emitir una boleta de honorarios electrónica

  1. Inicia actividades ante el SII

    Debes estar registrado en el SII y haber iniciado actividades en la segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Este trámite se realiza en línea en el sitio web del SII. El emisor de la Boleta de Honorarios debe tener acceso al portal del Servicio de Impuestos Internos (SII).

  2. Accede al portal del SII

    Ingresa a www.sii.cl y selecciona la opción "Boleta de Honorarios Electrónica" en el menú de "Servicios Online". Puedes autenticarte con tu RUT y clave tributaria o con tu ClaveÚnica. Primero, se debe ingresar a la web del SII para escribir el RUT y clave.

  3. Emite la boleta

    Una vez dentro, elige la opción "Emitir boleta de honorarios electrónica". Seleccionar Boletas de Honorarios Electrónicas, de la cual se desplegará un menú con el tipo de trámite que se desea realizar. Completa los datos requeridos, como el RUT del receptor, monto bruto, descripción del servicio y si corresponde retención de impuestos. Finalmente la Boleta de Honorarios aparecerá en pantalla y podrás completar la información requerida, incluyendo los antecedentes del destinatario (completar en caso que no tengas guardada la información) y el detalle de la prestación del servicio (en este apartado se podrán incorporar todas las prestaciones necesarias que incluye el cobro). Luego, confirma y emite la boleta.

  4. Entrega la boleta al cliente

    Después de emitir la boleta, puedes descargarla en formato PDF, imprimirla o enviarla por correo electrónico al cliente.

Herramientas para facilitar la emisión

El SII ofrece la aplicación gratuita "e-Boleta SII", disponible en Google Play y App Store. Esta app permite emitir boletas desde tu celular de manera sencilla. Además, existen plataformas como Encuadrado, que integran la gestión de pacientes y la emisión automática de boletas electrónicas, facilitando la administración de tu consulta. ¡Ahora sabes lo fácil que es obtener una boleta de honorarios electrónica!

Gestión Contable y Tributaria

Declaración de la retención de boletas de honorarios en el Formulario 29

Una vez que organizamos toda la información relacionada con la retención de boletas de honorarios realizada durante el mes anterior, nos vamos al Portal del SII, específicamente a la sección “Declaración Mensual F29” y desarrollamos los siguientes pasos:

  • Acceder al menú con Rut y Clave Secreta.
  • En el resumen global del contribuyente que se abre, elegimos el mes y año a declarar.
  • En la casilla destinada a la retención boleta de honorarios, enteramos el monto total de las que realizamos durante el mes.
  • Revisamos que la información esté correcta y damos clic en “Enviar formulario”.
  • En este momento, ya están declaradas las retenciones. Solo nos queda pagar en línea o a través de oficina de recaudo.
  • Una vez lo realicemos, el sistema enviará el respectivo certificado que debemos guardar para control tributario.

Declaración Jurada 1879 (retenciones anuales)

En este formulario informamos al SII el monto de todas retenciones de honorarios que efectuamos a trabajadores independientes durante el año comercial anterior. Por lo general, el SII confecciona una propuesta de declaración con la información de las boletas de honorarios electrónicas y otras bases de datos. Si todo se encuentra en orden, los montos registrados en ésta deberían coincidir con los de las declaraciones mensuales que realizamos durante todo el año. Por lo tanto, todo es cuestión de revisar que los montos, fechas y RUT de los receptores registrados en nuestros certificados de retenciones cuadren con los propuestos por el SII en la Declaración Jurada 1879. Cabe recordar que la declaración jurada de honorarios incluye la información de las retenciones aplicadas a los profesionales independientes y también las retenciones sobre remuneraciones de directores de sociedades anónimas.

Declaración si somos prestadores de servicios y no nos practicaron la retención

Cuando un trabajador independiente presta servicios a contribuyentes obligados a realizar retenciones, no tiene que hacer ningún tipo de declaración al respecto. En los casos en que emite boletas de honorarios sin retención, o sea a clientes que no son agentes retenedores, tienen la obligación de rellenar el F29 y pagar obligatoriamente los Pagos Provisionales Mensuales (PPM). El procedimiento en el Portal del SII es el mismo que explicamos hace un momento para empresas. ¿De cuánto es la retención de las boletas de honorarios en este caso? También es del 13%. Sin embargo, debemos tener presente que el dinero retenido se usa para pagar anticipadamente el impuesto de renta y las cotizaciones previsionales. Al realizar la declaración de renta anual, debemos descontar del impuesto todas las retenciones que nos efectuaron a lo largo del año, así como los Pagos Provisionales Mensuales que hicimos. Además, podemos rebajar los montos de APV y los gastos efectivos en que hayamos incurrido, así como acceder a una rebaja de ingresos equivalente al 30% como gastos presuntos.

Consejos para gestionar exitosamente las boletas de tus prestadores de servicios

Haz una correcta gestión contable de estas boletas para que no perjudique tu administración financiera. Es una cuenta por pagar en el balance general hasta que pagas el servicio, luego se convierte en un gasto y en un costo variable y queda registrado así en el estado de resultados. Es claro que el orden e integridad de la información es lo más importante a la hora de declarar retenciones. El ERP Defontana nos ayuda al respecto, pues permite llevar un registro completo y actualizado, tanto de la contabilidad como de las remuneraciones y pagos de boletas que realizamos.

Si eres trabajador independiente, también te corresponde tener seguridad social, ordenar tus cotizaciones previsionales y, por supuesto, recibir tu devolución de impuestos. Algunos piden asesorías, pero creemos que esta entrada te ayudará enormemente.

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