El Complemento de pago SAT, también conocido como Recibo Electrónico de Pago (REP SAT), es un documento esencial en la facturación electrónica en México. En este artículo te explicamos qué es un complemento de pago, cómo se realiza, y lo que debes considerar para cumplir con tus obligaciones fiscales.
¿Qué es un Complemento de Pago?
El complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura previa. El complemento para recepción de pagos debe realizarse cuando la transacción comercial no es pagada al momento en su totalidad. En este tipo de CFDI se especifica el método de pago de una factura, así como el monto correspondiente.
En este artículo, te explico de manera clara y práctica qué es el Complemento de Pago, por qué es tan relevante:
- Vincular el Pago con la Factura Original: A través del UUID (folio fiscal) de la factura de ingreso emitida previamente, el REP establece una conexión directa e inequívoca. Esto indica claramente qué factura o facturas están siendo liquidadas con ese pago, evitando confusiones y duplicidades.
- Permitir el Correcto Acreditamiento del IVA para tu cliente: Este es un punto crítico para tus clientes. De acuerdo con el Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA, para que el Impuesto al Valor Agregado que te trasladaron sea acreditable, el pago correspondiente debe estar efectivamente realizado y debidamente documentado.
- Respaldar la Deducibilidad del Gasto para el Pagador: Para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Recibo Electrónico de Pago es el comprobante que demuestra que una factura emitida con método PPD ha sido efectivamente liquidada.
¿Qué es un REP?
El Recibo Electrónico de Pago (REP SAT) es otra forma de llamar al Complemento de pago. Este documento es obligatorio en ciertos casos para asegurar que el pago ha sido realizado correctamente y se ha registrado en el Sistema de facturación electrónica del SAT.
¿Cuándo se emite un Complemento de Pago?
El Complemento de Pago debe emitirse en situaciones específicas donde el pago de una factura no se realiza de forma inmediata o completa en el momento de la emisión de la misma. El Complemento de pago se debe incorporar a la factura:
Lea también: ¿Cuándo emitir el Complemento de Pago?
- Cuando el monto total de la factura se cubre en varias transacciones, es decir, en pagos fraccionados.
- Cuando el pago se realiza en una fecha posterior a la emisión del CFDI. Esto es común en acuerdos comerciales donde se emite una factura con condiciones de pago a crédito o bajo términos específicos.
- Cuando tu cliente pague el bien o servicio en partes (Pago en parcialidades).
- Cuando se realice el pago del bien o servicio en una sola exhibición, pero el monto no es cubierto al momento de que la factura fue emitida (Pago diferido).
- Es posible que un cliente realice un solo pago para cubrir múltiples facturas emitidas previamente.
El fundamento legal para la emisión del Complemento para Recepción de Pagos se encuentra principalmente en las reglas 2.7.1.29. y 2.7.1.32.
Casos en los que aplica el Complemento de Pago:
- Cuando emites una factura (CFDI de Ingreso) con el Método de Pago “PPD” (Pago en Parcialidades o Diferido): Esto sucede si tú y tu cliente acuerdan que el pago se realizará en una fecha posterior a la emisión de la factura, o si te liquidarán el monto en varias exhibiciones. En este caso, por cada pago que recibas posteriormente para saldar esa factura, deberás emitir un complemento de pago.
- Pagos en parcialidades: El monto total de la operación se divide en dos o más pagos.
- Pagos diferidos: El monto total de la factura se paga en una sola exhibición, pero en una fecha posterior a la emisión de la factura original.
Casos en los que NO aplica el Complemento de Pago:
- La factura original se emite con Método de Pago “PUE” (Pago en una sola exhibición) y el pago se recibe en ese mismo instante.
- Se trata de la facturación de anticipos. Los anticipos tienen un procedimiento de facturación específico (un CFDI de ingreso por el anticipo, luego un CFDI de ingreso por el total de la operación relacionando el anticipo, y un CFDI de egreso para aplicar el anticipo).
- El Complemento de Pagos no aplica para asalariados ni para el CFDI por Honorarios, excepto si dichos honorarios se pagan de manera diferida.
¿Cómo hacer un Complemento de Pago?
El procedimiento para realizar un Complemento de pago en el SAT es el siguiente:
- Pago en parcialidades:
- Emitir un CFDI de ingreso por el valor total de la operación en el momento en que se realice.
- Posteriormente, emitir un CFDI por cada uno de los pagos recibidos.
- Pago diferido:
- Emitir el CFDI para reflejar el pago que liquide el importe de la operación.
Este proceso se divide en dos partes: el CFDI “cascarón” de tipo Pago y el Complemento en sí, anidado dentro. Este es el CFDI principal que contendrá el Complemento de Pago.
Campos Clave del CFDI tipo Pago:
- Moneda (a nivel comprobante): Se registra la clave XXX (“Los códigos asignados para las transacciones en que intervenga ninguna moneda”).
- UsoCFDI: Este campo debe ser CP01 (“Pagos”).
- ObjetoImp: 01 (“No objeto de impuesto”).
Campos Clave dentro del Complemento (Nodo Pago):
- FechaPago: La fecha y hora exactas en que recibiste el pago.
- FormaDePagoP: La clave de la forma en que se recibió el pago, según el catálogo del SAT (ej. 03 para Transferencia Electrónica, 01 para Efectivo). ¡Importante!
- TipoCambioP: Si la MonedaP es diferente de MXN, aquí va el tipo de cambio de esa moneda a pesos mexicanos a la fecha del pago.
- Monto: El importe exacto del pago recibido, expresado en la MonedaP.
- TipoCadPago, CertPago, CadPago, SelloPago: Estos campos son para pagos con SPEI y son opcionales si decides no usar TipoCadPago.
Campos Clave dentro del Nodo "DoctoRelacionado":
- IdDocumento: El UUID (folio fiscal de 36 caracteres) de la factura de ingreso original que se está liquidando con este pago.
- EquivalenciaDR: (Requerido si MonedaDR es diferente de MonedaP) Es el tipo de cambio que convierte la moneda del documento relacionado (MonedaDR) a la moneda del pago (MonedaP). Se calcula como el número de unidades de MonedaDR que equivalen a una unidad de MonedaP. Si ambas monedas son iguales, este valor es 1.
- NumParcialidad: El número de parcialidad que se está pagando (ej.
- ImpSaldoAnt: El monto del saldo que tenía la factura antes de aplicar este pago.
- Nodo ImpuestosDR (Dentro de DoctoRelacionado): Aquí se desglosan los impuestos (IVA, IEPS, tanto trasladados como retenidos si los hubo en la factura original) que corresponden a la porción del ImpPagado de esta factura.
Nodo ImpuestosP (Dentro del Pago, después de todos los DoctoRelacionado):
Este nodo final resume los impuestos del Pago actual, pero expresados en la MonedaP (la moneda en que se recibió el pago).
El cálculo de EquivalenciaDR es crucial en operaciones con diferentes monedas. Una vez que hayas generado tu complemento de pago, compártelo con tu cliente de inmediato.
Lea también: Cumplimiento del Complemento de Pago
Beneficios del Complemento de Pago:
- Para el Emisor (tú): Te permite demostrar que los ingresos que reportaste en la factura PPD están siendo efectivamente cobrados.
- Para el Receptor (tu cliente): Esta relación es la que le permite a tu cliente comprobar ante el SAT que ha liquidado la factura.
- Para el SAT: Proporciona a la autoridad fiscal una trazabilidad completa de cada operación, desde la emisión de la factura a crédito hasta su liquidación total o parcial.
¿Cómo Corregir un Complemento de Pago Erróneo?
- Primero, debes generar un nuevo complemento de recepción de Pago.
- Una vez que esté perfectamente llenado, timbra este nuevo complemento de pago.
- Con el nuevo complemento corregido y timbrado, debes a solicitar la cancelación del Complemento para Recepción de Pagos que tenía el error.
- Al solicitar la cancelación, el sistema te pedirá un motivo de cancelación. Además, el sistema te solicitará que ingreses el folio fiscal (UUID) del CFDI que sustituye al cancelado.
- Es importante que monitorees el estado de tu solicitud.
Multas y Sanciones por no Emitir el Complemento de Pago:
La autoridad fiscal es clara:
- Discrepancias en tus ingresos y contabilidad: Si no documentas los cobros de tus facturas PPD con un Recibo Electrónico de Pago, tus registros contables de ingresos podrían no cuadrar con tus depósitos bancarios o con lo que el SAT espera ver.
- Imposibilidad de Deducir el Gasto: Este es un punto crítico para la deducibilidad.
- Imposibilidad de Acreditar el IVA: De manera similar, para que tu cliente pueda acreditar el IVA que le trasladaron en la factura original, es indispensable que el pago esté efectuado y debidamente documentado con el Complemento de Pago.
Plazos para la Emisión del REP:
Debes emitir el REP a más tardar al quinto día natural del mes inmediato siguiente al que recibiste el o los pagos. Este plazo está establecido en la regla 2.7.1.32. La FechaPago dentro del complemento debe ser la fecha real en que el dinero ingresó a tu cuenta o lo recibiste. Cuando recibes un pago a través de un cheque, sin importar el banco de procedencia, puede que se acredite hasta el día siguiente.
La clave de uso de CFDI que debes incluir en la factura para incorporar el complemento de pago es la clave CP01 (Pagos).
Guía Paso a Paso para Generar el Complemento para Recepción de Pagos
Te indicamos los pasos para realizar tu CFDI con complemento para recepción de pagos:
- CFDI para la aplicación del complemento recepción de pagos. Recuerda que para realizar la aplicación del complemento de recepción de pagos se debe cumplir con ciertas condiciones, todo esto indicado en la Guía de llenado del complemento para la recepción de pagos.
- Generación del complemento para la recepción de pagos.
- Recepción de pago: Aquí das de alta la recepción del pago, para ello ingresas desde: Menú Clientes - Control de cuentas por cobrar - Recepción de pagos y anticipos.
- Dentro de la pestaña pagos deberás indicar: cliente, fecha, documento y concepto de pago que se recibe, documento de pago y monto que se recibe. Una vez indicada la información, das clic en Guardar y se mostrará el reporte de emisión de documentos con el pago registrado.
- Comprobante del complemento para la recepción de pagos. Una vez generada la recepción de pago podrás realizar la generación del complemento para la recepción de pagos, ingresa a: Menú Clientes - Comprobantes de pago - Agregar. El sistema te mostrará la siguiente ventana, das clic en el ícono Selección del tipo de folio y seleccionas el folio dato de alta. Seleccionas al cliente al que se le generará el comprobante de pago e indicas la fecha, en la columna documento de pago das clic en el ícono Ayuda y eliges la recepción de pago.
- Después completas la información requerida por el sistema, la cual se identifica con un cuadro naranja. Importante: En la sección de impuestos, visualizarás el desglose de los mismos, das doble clic sobre dicho campo y observarás el tipo de impuesto (traslado o retenido), Base, Impuesto (ISR, IVA, IEPS), Tipo factor (Tasa o Cuota) el porcentaje y el importe. Se desglosará este campo de acuerdo con la factura previamente emitida. Válidas la información asociada al pago y das clic en el ícono Grabar y se realizará el timbrado de la Recepción de pago.
- Validación de la recepción de pago.
- Comprobantes fiscales de pago. Para validar la emisión de la recepción de pago ingresas a: Menú Clientes - Administrador - Comprobantes fiscales de pago. El sistema desplegar la ventana la siguiente ventana, donde indicas el filtro: Una vez capturada la información das clic en el botón Aceptar.
- Después desplegará la ventana en la cual válidas los pagos sin comprobantes y pagos con comprobantes, válida la recepción de pago generada.
- Expediente del cliente. Podrás validar la recepción generada ingresando a: Menú Clientes - Clientes - seleccionas a tu cliente y das clic en Modificar. Te mostrará el expediente del cliente, seleccionas la pestaña de información de saldos y en el campo de estado de cuenta localizas el documento, donde podrás validar la información de la recepción de pago generado.
Complemento de pago 2022
En 2022 existió un periodo de convivencia entre la versión 1.0 y 2.0 del complemento de pago ya que la versión de CFDI 3.3 y CFDI 4.0 también se encontraban en dicha convivencia.
Lea también: Todo sobre el Complemento de Pago en Dólares: Requisitos Actualizados
La versión 2.0 es obligatoria a partir del 1 de enero del 2023 y la 1.0 dejará de tener validez. Los principales cambios son:
- Se incluyen nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
- Se agrega un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
- Se identifican los pagos a cuenta de terceros.
Preguntas Frecuentes sobre el Complemento de Pago 2.0
- ¿Cuándo se está obligado a emitir un complemento de pago?Se está obligado a emitir un complemento de pago cuando el pago de una factura se realiza de manera diferida o en parcialidades. Es decir, si en el CFDI original se indicó "Pago en Parcialidades o Diferido" (PPD) en lugar de "Pago en una sola exhibición" (PUE).
- ¿Cuáles son los principales cambios en el complemento de pago 2.0?Los cambios más relevantes incluyen: La identificación de si los pagos amparados por el comprobante son objeto de impuestos. La inclusión de un resumen de los importes totales de los pagos en moneda nacional y los impuestos trasladados. La introducción de la opción para identificar pagos a cuenta de terceros.
- ¿Qué sectores deben utilizar el complemento de pago 2.0?El complemento de pago 2.0 debe ser utilizado por todos los contribuyentes que realicen operaciones bajo la modalidad de pago en parcialidades o diferido. Sectores como comercio, servicios, manufactura e incluso profesionistas independientes que acepten pagos diferidos deben implementarlo.
- ¿Qué sucede si no se incluye el complemento de pago 2.0?Si no se emite el complemento de pago 2.0 cuando es obligatorio, el SAT puede considerar que la factura no ha sido pagada y aplicar sanciones fiscales. Además, puede generar problemas de deducibilidad para el receptor del CFDI.
- ¿Cuándo se debe generar el complemento de pago 2.0?Debe generarse a más tardar el décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago correspondiente.
Otras Dudas Frecuentes
Si aún tienes dudas, te presentamos estos puntos a considerar sobre el Complemento de recepción de pago o Recibo electrónico de pago.
- Si recibes un sólo pago para liquidar varias facturas puedes expedir un sólo complemento de pago y en él deberás poner las referencias de las facturas que se liquidan. Para ello, debes incluir en el campo identificador del documento, cada uno de los folios (UUID) que identifican a cada factura.
- ¿Se puede cancelar un complemento de pago de una factura? Es posible cancelar complemento de pago siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.
- ¿Puedo hacer un complemento de pago de meses anteriores? El plazo para emitir un Complemento de recepción de pagos es a más tardar al décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago.
- No debes emitir un complemento de recepción de pagos con una fecha de pago a futuro. Sólo lo debes emitir cuando se reciba el pago. No emitas este documento a partir de una promesa de pago.
- ¿Qué pasa si no emito el complemento de pago? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de imponer sanciones a los contribuyentes por cada comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que emitan sin incluir los complementos de pago requeridos por la legislación vigente.
Fundamento Legal del Complemento de Pago
La obligación de emitir el Complemento de Pago en México está respaldada por varias disposiciones legales que buscan regular la correcta emisión de comprobantes fiscales y la transparencia en las transacciones:
- Artículo 29: Este artículo establece la obligación de los contribuyentes de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) cada vez que realicen una transacción.
- Artículo 29-A: Aquí se detallan los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales para que sean considerados válidos.
- Regla 2.7.1.35: La RMF en esta regla específica establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante.
El fundamento legal del complemento de pago en México se encuentra en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y en diversas disposiciones fiscales que regulan la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).
No emitir el Complemento de Pago en los casos en que es obligatorio puede tener repercusiones significativas para las empresas, tanto en términos de sanciones como en su situación fiscal. Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto o acreditar el IVA.
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