Descubre Todo Sobre la Retención de Impuestos en Uber y Uber Eats: Guía Completa y Fácilpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si manejas con Uber o entregas con Uber Eats, el SAT considera que tienes una actividad empresarial en el régimen de Plataformas Tecnológicas. De conformidad con la regulación aplicable vigente, Uber tiene la obligación de retener y enterar, en tu nombre y por tu cuenta, un porcentaje sobre las ganancias que generes por concepto de servicios independientes de transporte de pasajeros y por las personas que invites a conducir a la plataforma.

¿Qué impuestos te retiene Uber?

Si ya registraste tu RFC en la plataforma, las tasas de retención son fijas sobre tus ingresos brutos. Estas retenciones de impuestos por parte de Uber tienen múltiples beneficios para ti, ya que te ahorrarás tiempo y esfuerzo en el cálculo y pago de tus impuestos y en la presentación de tus declaraciones fiscales.

Impuesto Sobre la Renta (ISR)

El porcentaje de retención correspondiente para el ISR es del 2.1% fijo para cualquier nivel de ingresos. Es decir, sin importar el nivel de ingresos que generes por la prestación de servicios independientes a través de una plataforma tecnológica, sólo se retendrá una tasa del 2.1% fijo. A partir del 1º de enero de 2021, el porcentaje de ISR que se retiene deja de ser variable y ahora será una tasa única.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

La tasa de retención relativa al IVA es del 8% del IVA total cobrado sobre todos los viajes o entregas que realices con la app de Uber, lo cual es la mitad del IVA total. El otro 8% se te entrega en tus ganancias para que tú lo reportes al SAT. Si no tienes RFC cargado en la app, Uber se verá obligado a retenerte el 36% total (20% de ISR y 16% de IVA).

Tabla de retenciones fijas

  • ISR: 2.1% (Tasa fija única).
  • IVA: 8% (Retención directa al SAT).
  • ISR por referidos: 1% (Tasa fija).

Tu obligación de declarar cada mes

Es vital aclarar un mito: las retenciones no sustituyen tus declaraciones. Todos los socios de Uber deben declarar antes del día 17 de cada mes. Si optaste por Pagos Definitivos (ingresos menores a 300,000 pesos anuales), la retención del 2.1% es tu pago final de ISR, pero debes presentar la declaración mensual. Es la forma de decirle al SAT: "Aquí está el reporte de lo que gané y mis impuestos ya fueron retenidos".

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¿Qué puedes deducir?

Para que el SAT te regrese dinero o pagues menos, puedes facturar gastos indispensables solo si estás en el esquema de Pagos Provisionales:

  • Vehículo: Gasolina (pagada con tarjeta/transferencia), seguro, llantas y servicios de mantenimiento.
  • Tecnología: Tu celular y el plan de datos.
  • Gastos de Uber Eats: Mochilas térmicas y equipo de seguridad.

Preguntas frecuentes sobre tus obligaciones fiscales

¿Uber reporta mis ingresos aunque yo no declare? Sí. Uber envía reportes mensuales al SAT con el detalle de tus ganancias. Si tú no presentas tus declaraciones informativas o de pago, el SAT notará la falta de coincidencia y tu opinión de cumplimiento será negativa.

¿Cómo obtengo mi constancia de retenciones? Uber genera mensualmente un CFDI de retenciones. Puedes descargarlo en partners.uber.com o desde la sección de "Facturas" en la app de Uber Driver. Este comprobante fiscal tiene plena validez fiscal para su deducibilidad y acreditamiento.

¿Puedo tributar conforme al RESICO? No. Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales a través de plataformas tecnológicas, por los referidos ingresos, no podrán tributar conforme al RESICO.

Si necesitas asesoría, Uber ha hecho alianzas con compañías especializadas en contabilidad como Heru, Contabilízate o Contec, que te ofrecen precios preferenciales y te apoyan antes, durante y después de tu proceso como socio conductor o repartidor.

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