Descubre Cómo Obtener la Devolución de ISR para Trabajadores de CFE y Asalariados ¡Guía Fácil y Rápida!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Aunque la ley lo prohíbe, en la práctica la CFE paga una gran parte del ISR de sus trabajadores. Muchos trabajadores asalariados no saben que pueden recuperar dinero del SAT. Si tienes contrato de nómina y durante el año pagaste gastos médicos, colegiatura, intereses hipotecarios u otras deducciones personales, es probable que el SAT te deba dinero.

¿Quiénes pueden pedir la devolución de impuestos?

Los trabajadores asalariados pueden pedir devolución de ISR cuando al presentar su declaración anual el resultado es saldo a favor. Esto ocurre cuando:

  • Tuviste deducciones personales (médicos, dentista, colegiatura, etc.).
  • Trabajaste para más de un patrón en el mismo año.
  • Tu patrón retuvo más ISR del que correspondía.
  • Dejaste de trabajar parte del año y el cálculo anual arroja menos ISR del que se retuvo.

Deducciones personales permitidas

Puedes deducir gastos siempre que tengas factura a tu nombre. El límite de deducciones personales es el menor entre el 15% de tus ingresos anuales o $197,510 MXN (tope aproximado 2025, sujeto a actualización).

Concepto Detalle
Salud Honorarios médicos, dentales, psicológicos, oftalmológicos y hospitalización.
Educación Colegiaturas de preescolar hasta preparatoria (hasta los límites del SAT).
Financiero Intereses reales de crédito hipotecario y aportaciones voluntarias al AFORE.
Protección Primas de seguros de gastos médicos mayores y donativos a instituciones autorizadas.

Requisitos y procedimiento

Para solicitar tu saldo a favor, necesitas:

  • RFC y contraseña del SAT (o e.firma).
  • Constancia de percepciones y retenciones de tu patrón (te la debe dar en febrero).
  • Facturas de tus deducciones personales (el SAT las descarga automáticamente si están registradas en el portal).
  • CLABE bancaria para recibir la devolución.

El SAT tiene hasta 40 días hábiles para procesar una devolución normal y hasta 10 días si la declaración es sencilla y sin inconsistencias. En la práctica, muchas devoluciones llegan en 2 a 4 semanas si todo está en orden. Si ganas menos de $400,000 MXN al año y tienes un solo patrón, en principio no estás obligado a presentar declaración; sin embargo, si tienes saldo a favor, solo puedes recuperarlo presentando la declaración anual voluntaria.

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Aspectos técnicos sobre el pago de salarios

La Ley Federal del Trabajo establece que el salario puede integrarse por pagos en efectivo, en especie o a través de otras prestaciones. El marco normativo tiene un efecto directo sobre el trabajador, ya que, si la erogación es válida y deducible para el patrón con base únicamente en el CFDI de nómina, entonces la percepción del trabajador también es plenamente acreditable con ese comprobante fiscal.

Dentro del procedimiento formal de devolución, el SAT reconoce que el contribuyente puede adjuntar la documentación que considere pertinente para acreditar la existencia del saldo a favor. La autoridad admite expresamente que cuando un trabajador recibe su salario en efectivo, no cuenta con estados de cuenta bancarios que reflejen los pagos de nómina y que su solicitud puede sustentarse íntegramente en los CFDI de nómina que acreditan el ingreso y las retenciones.

El SAT reconoce que la devolución automática es una facilidad administrativa y que su rechazo no constituye una determinación definitiva. La problemática evidencia la importancia de adaptar los mecanismos automatizados a la realidad normativa, especialmente cuando la legislación contempla distintas modalidades de pago de salario.

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