Conocer los días festivos en México es esencial para empleadores, trabajadores y responsables de nómina. Estos días están establecidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y representan una pausa legal en las actividades laborales, sin afectar el salario de los trabajadores. Estos días se encuentran regulados en el Artículo 74 de la LFT, y aplican tanto para trabajadores del sector público como privado. Garantizar el descanso semanal obligatorio no solo es un requerimiento legal, sino también una excelente oportunidad para fortalecer el compromiso y la productividad de los empleados.
Días de Descanso Obligatorio y su Remuneración
La Ley Federal del Trabajo es clara respecto a los días de descanso obligatorio. ¿Las empresas están obligadas a respetar todos los días festivos? Sí, los días del Artículo 74 LFT son obligatorios. ¿Y si el día de descanso cae en domingo? El descanso no se recorre.
En casos donde las actividades laborales requieren continuidad, los trabajadores y el patrón pueden acordar el día en que se otorgará este descanso semanal (Artículo 70). Sin embargo, si la actividad requiere que tus colaboradores trabajen en un día festivo, deberán pagarle su salario del día, más el doble de su salario. Para realizar este cálculo, deberás conocer el sueldo diario del trabajador. Este dato normalmente se identifica en el recibo de nómina como S.D.
La LFT establece que: «En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje.»
Recuerda que de no realizarse el pago correspondiente, el colaborador puede recurrir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) y que lo mejor es siempre acatar las disposiciones legales y dar a los colaboradores el pago justo por sus labores.
Lea también: ISR sobre Pago de Día Festivo
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)
En el día a día de una empresa en México, la PTU no es solo otro trámite en la lista. Es una pieza clave en la relación entre quienes toman las decisiones y quienes hacen que las cosas sucedan. No se reduce a cifras o a cumplir un requisito legal. La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es, en esencia, un reconocimiento al esfuerzo de quienes ayudan a que el negocio crezca. Sí, está respaldada por la Ley Federal del Trabajo, pero su valor va mucho más allá de lo que dice la norma. Este derecho también puede alcanzar a personas que ya no trabajan en la empresa. Por eso es importante entender bien todo lo que implica, desde lo que dice la ley hasta cómo manejarlo de forma que no afecte el ambiente laboral.
¿Qué es la PTU y su Origen?
La PTU, o reparto de utilidades como se le conoce más comúnmente, es algo que las empresas no pueden tomar a la ligera. Básicamente, es la obligación legal de compartir una parte de las ganancias anuales con el personal que ayudó a generarlas. Eso sí, si la empresa no tuvo utilidades durante el año fiscal, entonces no hay nada que repartir.
La PTU no es nueva, todo empezó con la Constitución de 1917, esa que nació después de la Revolución. Aunque la idea todavía era medio borrosa, quedó ahí sembrada, pero no fue hasta 1962 que tomó forma clara y se volvió un derecho laboral obligatorio. Desde entonces, quedó asentado algo muy simple: si la empresa gana, los trabajadores también tienen que ganar.
Para el trabajador, es una forma concreta de decirle “tu esfuerzo vale, y aquí está tu parte”. Motiva, da sentido de justicia y sí, también ayuda a pagar esas cuentas pendientes. Para la empresa, más allá de cumplir con la ley, es una gran herramienta interna. Mejora el ambiente laboral, hace que la gente se sienta parte del juego, no solo del reloj y como bono extra: ayuda a retener talento sin tener que hacer malabares de recursos humanos.
Normatividad y Obligaciones Actuales
El reparto de utilidades no es un favor ni un gesto bonito, es una obligación legal, tal cual lo marca la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, Apartado A, Fracción IX de la Constitución y reforzado de nuevo en el artículo 117 de la LFT. Ambos dicen que los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias que genera la empresa. Por eso, si estás en RRHH o llevas la parte fiscal de una empresa, toca estar bien al día con todo lo que rodea la PTU. Cumplir con la ley no solo evita multas, también construye una imagen de empresa justa y confiable y claro, ayuda a que el equipo vea que hay juego limpio. Porque si la empresa gana y el personal no ve ni un peso, entonces sí, se pierde más que la productividad, se pierde la confianza.
Lea también: ISR y Descanso Laborado
Empresas Obligadas a Repartir PTU
Cada año, al cierre del ejercicio fiscal, las empresas que reportan utilidades tienen que hacer cuentas y si esas cuentas reflejan ganancias, entra en acción la PTU: una parte de esa renta gravable -ojo, no las utilidades completas, sino sobre lo que marca el ISR- debe repartirse entre las personas trabajadoras. ¿Y quiénes están obligados a hacerlo? Toda empresa que haya declarado ingresos anuales mayores a $300,000 ante el SAT. Es decir, si cruzas esa línea, la regla es clara: toca cumplir con el reparto. Más que un trámite, es una manera de reconocer, en pesos y centavos, que el crecimiento de la empresa no se logra en solitario.
¿Quiénes deben recibir PTU?
Aquí va la lista de quienes tienen derecho a la PTU:
- Empleados actuales: Si estás en la nómina, te toca.
- Mamás en incapacidad por maternidad: Aunque no estén trabajando esos días, no se les deja fuera, porque el descanso por maternidad es un derecho.
- Trabajadores con incapacidad del IMSS: Sí, incluso si están recuperándose también cuentan.
- Eventuales: solo si trabajaron al menos 60 días en el año. Si fue menos, ahí sí no aplica.
- Ex empleados con contrato indefinido: Si trabajaron durante el año que generó las utilidades y el contrato fue sin fecha de término, les corresponde su parte.
¿Quiénes NO tienen derecho a recibir PTU?
No te toca PTU si:
- Eras director, gerente de alto rango o socio.
- Eras trabajador doméstico.
- Prestabas servicios como tercero, externo o freelancer.
- Tu contrato fue eventual y duró menos de 60 días.
¿Cuándo se paga la PTU?
La respuesta está en el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo. La cosa es así:
Las empresas tienen 60 días a partir de la fecha en que deben pagar su impuesto anual.
- Si eres persona moral, tu fecha tope para declarar impuestos es el 31 de marzo, entonces la PTU se tiene que pagar entre el 1 de abril y el 30 de mayo.
- Pero si eres persona física con empleados a tu cargo, el plazo se mueve del 1 de mayo al 29 de junio.
Así que no hay pretexto de "se me pasó la fecha", porque la ley ya dejó muy claro el calendario y si no se cumple, no solo es mala onda con los empleados, también puede traer multas.
¿Cómo se calcula el pago de PTU?
La ley dice que hay que repartir con base en un porcentaje. Ese porcentaje lo define la Comisión Nacional para la PTU de las Empresas y se aplica sobre lo que se conoce como renta gravable, no sobre todo lo que la empresa ganó, sino sobre lo que queda después de los ajustes fiscales. ¿Y cómo se reparte eso? La Ley Federal del Trabajo ya dejó el camino marcado, explicando:
- Cómo calcular la participación que le toca a cada persona.
- Cuándo se debe entregar.
- Qué hacer si alguien ya no trabaja en la empresa.
- Qué pasa si no se paga a tiempo.
- Y cuáles son los deberes del patrón y los derechos del trabajador.
Todo está regulado para que el reparto sea justo, transparente y que nadie salga con la clásica de “No me dijeron nada”, “No te tocó” o “Eso era cuando trabajabas aquí”.
En México, la Ley Federal del Trabajo no dice “tantos días” exactos de salario para pagar la PTU, no hay una cifra fija como tal. Lo que sí marca es que las empresas deben separar un porcentaje de sus utilidades netas anuales para repartirlo entre quienes cumplan con los requisitos. Ese porcentaje es el mismo para todas y lo fija la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades. Una vez que se tiene ese monto total, se calcula lo que le toca a cada persona según dos cosas: el tiempo que trabajó durante el año y el salario que recibió. Así que no es un pago estándar ni automático, sino un reparto proporcional en función de la utilidad real que tuvo la empresa.
Porcentaje del Reparto de Utilidades
Lo primero es confirmar si la empresa realmente tuvo ganancias en el año fiscal anterior. Si sí, y ya se reportaron al SAT en la declaración anual, entonces hay obligación de repartir una parte. Ese porcentaje no lo decide la empresa: lo define la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, y actualmente es del 10%. Ojo: se aplica sobre la utilidad fiscal, no sobre ventas totales ni sobre utilidades brutas. Tener claro ese dato es clave. Porque es el punto de partida para calcular cuánto se va a repartir y cómo se distribuye entre los trabajadores que tienen derecho a recibirlo.
División y Determinación del Monto
El pago de la PTU no se reparte al azar ni en partes iguales. La ley establece que debe dividirse en dos mitades. La primera parte se reparte de forma equitativa entre todos los colaboradores que tienen derecho, sin importar cuánto ganan. Aquí lo único que cuenta es cuántos días trabajaron durante el año fiscal, quien trabajó más días, recibe más. La segunda parte sí toma en cuenta los ingresos, pero ojo: no se consideran bonos, gratificaciones ni pagos extraordinarios como horas extras. Solo se toma como base el salario ordinario que el trabajador devengó durante el año.
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el cálculo de la PTU combina dos factores muy claros: el tiempo que trabajó cada persona y el sueldo que ganó. El monto total a repartir es el 10% de la renta gravable que la empresa declaró en su ejercicio fiscal, y se parte en dos mitades iguales. La primera mitad se reparte entre todos los colaboradores con derecho, tomando en cuenta solo los días que realmente trabajaron, sin importar cuánto ganen. La segunda mitad sí considera el salario: mientras más alto sea el ingreso del trabajador, mayor será la parte que le tocará de esa segunda porción. En pocas palabras, es un esquema mixto que busca equilibrar el tiempo dedicado y la retribución recibida.
Pasos para Calcular la PTU
Como ya vimos anteriormente, el monto total de la PTU que debe repartirse es el 10% de la utilidad fiscal anual que la empresa declara ante el SAT. Ese dinero se reparte en dos mitades: una basada en los días trabajados y otra en los sueldos. Ahora bien, este procedimiento se desglosa en varias etapas clave que ayudan a determinar con precisión cuánto le toca a cada persona del equipo:
- Determinar la utilidad fiscal de la empresa: Aquí se arranca. Se calcula el 10% de la utilidad fiscal anual. Ese es el fondo total que se va a repartir como PTU.
- Dividir ese fondo en dos partes iguales: Ese 10% se parte a la mitad: Una parte se reparte tomando en cuenta los días que cada trabajador laboró. La otra mitad, con base en el salario anual de cada uno.
- Cálculo por días trabajados: Para esta parte no importa cuánto gane el trabajador, solo cuántos días trabajó en el año (sin contar vacaciones). Por eso es importante tener a la mano la tabla oficial de vacaciones.
- Cálculo por salarios: Ahora sí entra el sueldo. Se suman los salarios anuales de cada empleado y se determina qué proporción le toca a cada uno. Ojo: no se incluyen bonos, comisiones, ni extras.
- Suma de ambos montos: Al final, a cada trabajador se le paga la suma de lo que le tocó por días laborados más lo que le corresponde por su salario. Ese total es lo que aparece en el recibo de PTU.
En resumen, si estuviste trabajando, cumples el mínimo y si la empresa tuvo ganancias, ya puedes ir haciendo planes para ese dinerito extra. La ley no dice “cada trabajador debe recibir al menos tanto”. Todo depende de dos cosas: Qué tan bien le fue a la empresa (si generó buenas utilidades netas, hay más dinero para repartir) y Cuánto ganaste tú y cuánto tiempo trabajaste (entre más días trabajaste y mejor pagado estabas, más te toca).
PTU para Ex Trabajadores
No todos los ex empleados tienen derecho al reparto de utilidades. Te toca PTU aunque ya no trabajes si:
- Estuviste mínimo 60 días en el año fiscal.
- Tu último contrato fue por tiempo indefinido (o sea, eras de planta).
- Fuiste eventual pero sí alcanzaste los 60 días trabajando.
- No firmaste nada que diga que ya renunciaste a ese derecho.
- La empresa generó utilidades y entró en el supuesto legal.
Sí, un extrabajador puede recibir PTU, siempre y cuando cumpla con los criterios establecidos. Lo importante es que haya laborado al menos 60 días durante el año fiscal, sin importar si al momento del reparto ya no forma parte de la empresa. Esto aplica sin distinción de si la salida fue por renuncia voluntaria, despido justificado o despido injustificado (en este último caso con su correspondiente finiquito). El derecho a recibir utilidades no desaparece con la salida del empleo. La PTU se calcula con base en el tiempo trabajado durante el año fiscal y no depende de si la persona sigue activa en la nómina. Así que si en tu empresa hay excolaboradores que cumplieron con estos requisitos y la empresa reportó utilidades ante el SAT, toca hacer el pago.
Cómo y Cuándo Cobrar la PTU siendo Ex Empleado
Si ya eres ex empleado, el pago puede realizarse hasta el 30 de abril del siguiente año y sí, la empresa tiene que avisarte. Ya sea por correo, carta o lo que usen para comunicarse contigo. Nada de que “no sabíamos cómo contactarte”, usualmente este aviso se da en el momento de tu renuncia o liquidación. (Ah y si no lo han hecho, puedes exigirlo). Solo necesitas ir al área de RRHH (o mandar correo), con tu CURP, INE, y un poco de paciencia. Asegúrate de que no se te pase la fecha límite.
¿Y la empresa qué debe hacer? Guardar los comprobantes de pago por al menos 5 años, eso lo dice el Código Fiscal de la Federación. Así que si llega una auditoría o hay un reclamo, tienen con qué respaldarse.
¿Qué ocurre si el ex trabajador no asiste a la entrega de su pago de PTU? Si pasa un año y el extrabajador no reclama su PTU, esa cantidad no se queda en el limbo. La ley indica que debe sumarse a las utilidades a repartir en el siguiente ejercicio fiscal. Por eso es clave que la empresa mantenga un registro detallado de todos los intentos de contacto y notificación realizados, correos, llamadas, mensajes escritos, todo eso puede servir como respaldo en caso de que haya una reclamación más adelante. Si hay dudas sobre cómo va el proceso, lo más práctico es ir directo con el área de recursos humanos o platicarlo con el contador o el asesor fiscal de confianza. Al final, lo que importa es cumplir con la ley y, de paso, mantener un ambiente de trabajo tranquilo, con reglas claras y trato parejo para todos.
Cómo puede saber el empleado si le van a dar utilidades
No hay bola mágica, pero sí hay varias formas de averiguarlo y no necesitas ser contador para entenderlo:
- Pregunta en recursos humanos: Sí, directo, sin miedo. Ellos deben saber y si no, red flag.
- Revisa tu contrato: Ahí puede venir un acuerdo colectivo o algún detalle que te aclare el panorama.
- Consulta la LFT: No necesitas leértela toda, solo busca los artículos de la PTU.
- Googlea: “PTU Ley Federal del Trabajo” y listo.
- ¿Estás sindicalizado?: Pues habla con tus representantes, ellos sí deberían tener la info fresca.
- Verifica si la empresa tuvo utilidades: Si no ganaron, no hay qué repartir.
- Trabajaste mínimo 60 días en el año fiscal: Ese es el piso, si estuviste menos tiempo, no.
