Descubre Cómo el Patrón y los Regímenes de Cotización Impactan tu IMSSpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

Existen dos regímenes por los cuales una persona puede cotizar: Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS. La diferencia principal entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS radica en que quienes cotizan en el obligatorio trabajan para un patrón y éste tiene la obligación de asegurarlos; mientras que quienes cotizan en el régimen voluntario, aunque alguna vez fueron empleados, por algún motivo dejaron de cotizar al IMSS y ahora pagan por su propia cuenta una cuota mensual para tener ciertos beneficios como la obtención de una pensión.

Diferencias clave en las prestaciones

Otra diferencia entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS es que quienes están en el obligatorio además de generar derechos para fines de una pensión tienen también derecho a recibir atención médica en la clínica que le corresponda; y quienes cotizan en el régimen voluntario, solamente siguen sumando semanas cotizadas pero no tienen derecho al servicio médico que otorga el IMSS a menos que paguen otra cuota de manera anual al Instituto para tener ese beneficio.

Comparativa de coberturas según el régimen

El régimen obligatorio y voluntario del IMSS comprenden los siguientes seguros:

  • Régimen Obligatorio: Riesgos de trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.
  • Régimen Voluntario: Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

El rol del patrón y la realidad laboral

Hoy en día existe el famoso esquema de asimilados a salarios en donde el patrón no está obligado a brindarle el seguro social, y es por esta razón que las empresas recurren a este escenario; sin embargo, los patrones deben tener en cuenta que tampoco tienen derecho a generar una subordinación, u obligar al trabajador a obedecer un horario. Otra característica importante es que las prestaciones se calculan con el Salario Base de Cotización (SBC).

La continuación voluntaria al régimen obligatorio, conocida como Modalidad 40, es para aquellos trabajadores que han dejado de pertenecer al régimen obligatorio por carecer de una relación laboral, pero desean continuar cotizando para acumular semanas para cumplir los requisitos para obtener el derecho a una pensión.

Lea también: Artículos sobre el RIF

Característica Régimen Obligatorio Régimen Voluntario
Relación laboral Dependencia con un patrón Independiente / Sin patrón
Servicio médico Incluido Requiere cuota adicional
Cotización Obligación del patrón Pago propio del trabajador

Como podemos ver, el régimen obligatorio y voluntario del IMSS tienen diferentes características que dependiendo de cuál sea nuestra situación debemos aprovechar para obtener el mayor beneficio. Es de suma importancia considerar que la seguridad social es un derecho humano de todos los mexicanos, y constituye una obligación del Estado dictar las bases para brindar dicho servicio público.

Lea también: Cumpliendo con el Régimen de Incorporación Fiscal

Lea también: Ejemplos de Cálculo del IVA en el RIF

tags: #funcion #del #patron #en #regimen #voluntario