El cumplimiento correcto de la nómina y prestaciones de tus empleados es esencial para cualquier empresa. No solo asegura la satisfacción y confianza del personal, sino que también evita problemas legales y fiscales. Para lograrlo de manera eficiente, contar con un sistema de nómina especializado como CONTPAQi Nóminas® es la mejor opción. Un sistema de nómina como CONTPAQi Nóminas® permite a las empresas optimizar la administración de su personal, reducir errores y cumplir con todas las disposiciones fiscales y laborales.
AFORE: Administradoras de Fondos para el Retiro
La palabra AFORE significa Administradora de Fondos para el Retiro. No importa si laboras en el servicio público, en la iniciativa privada o por cuenta propia, cualquier tipo de empleado tiene la posibilidad de acceder a una Afore al estar dado de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o en el ISSSTE, según sea el caso. Al registrarte en una Administradora, la AFORE te apertura una cuenta única y personal llamada comúnmente como “Cuenta Individual”. Ahí se acumulan las aportaciones que periódicamente se depositan por parte del patrón, el gobierno y el trabajador.
- AFORE RECEPTORA: aquella que asume la administración de la cuenta individual objeto de un traspaso (Reglamento de la Ley del SAR, Artículo 2, fracción II).
- AFORE TRANSFERENTE: aquella que deja de administrar la cuenta individual objeto de un traspaso (Reglamento de la Ley del SAR, Artículo 2, fracción III).
- AGENTE PROMOTOR: los funcionarios a cargo de las AFORES inscritos en el Sistema de Información de Agentes Promotores (SIAP) previsto en el artículo 36 de la Ley del SAR, los cuales efectúan actividades de comercialización, promoción, orientación y atención de solicitudes de registro y/o traspaso.
Una Afore tiene la obligación de mantenerte informado. También verifica que puedas acceder fácilmente a estos datos, ya sea por medios físicos o digitales. Las Afores invierten tu dinero para hacerlo crecer, pero no pueden hacerlo de cualquier manera. Además, impulsa mejoras al sistema, actualiza normativas y promueve buenas prácticas. Tu ahorro está protegido y regulado por la CONSAR, lo que garantiza que los recursos sean manejados con responsabilidad y bajo estrictos estándares de transparencia. Asimismo, si no eliges una Afore, el sistema de forma automática comenzará un proceso de asignación en función de los rendimientos y de las comisiones que sea más conveniente.
Aportaciones a la AFORE
Cada mes, tanto el patrón como el trabajador y el Estado aportan un porcentaje del salario base de cotización al fondo de retiro. Son realizadas por tu empleador, el gobierno y por ti mismo, siempre que tengas una relación laboral formal activa.Patrón: 2% del salario base de cotización por concepto de retiro y 3.15% por concepto de cesantía en edad avanzada y vejez. En total, el patrón aporta para la subcuenta de RCV 5.15%.
Gobierno: aporta por concepto de cesantía en edad avanzada y vejez 0.225% del salario base de cotización del trabajador, más una cuota social adicional por cada día de salario cotizado, topado para los trabajadores que ganen hasta quince veces el salario mínimo.Entidades o dependencia: 2% del sueldo básico por concepto de retiro y 3.18% por concepto de cesantía en edad avanzada y vejez. En total las dependencias o entidades aportan para la subcuenta de RCV 5.17%.
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Gobierno federal: Aporta 5.5% del salario mínimo general vigente como Cuota Social. Una vez que la AFORE recibe estas aportaciones, las invierte a través de Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (Siefores).
Las aportaciones a tu cuenta Afore pueden ser obligatorias o voluntarias, y son fundamentales para construir tu ahorro para el retiro. Puedes depositar en cualquier momento. Si trabajas por cuenta propia, también puedes tener una Afore, ya que no necesitas estar afiliado al IMSS o al ISSSTE para comenzar a construir tu ahorro para el retiro.
- Si decidiste ahorrar a mediano plazo y requieres ocupar tu dinero, lo podrás hacer después de 5 años.
- Para aplicar este último beneficio, el ahorro debe permanecer al menos 5 años invertido.
- Límite de deducción: hasta el 10% de tus ingresos acumulables al año, con un tope de cinco UMAs anuales.
- En este tipo de ahorro la inversión debe permanecer en tu Cuenta Individual también por 5 años.
- Es deducible de impuestos en la declaración anual.
Retiros de la AFORE
El dinero que se acumula en tu cuenta Afore está destinado principalmente a cubrir tus necesidades económicas cuando llegue el momento de tu retiro. Además, hay algunos casos extraordinarios en que es posible retirar algún porcentaje del dinero que vayas acumulando en tu cuenta individual. Estos son, por ejemplo, si te encuentras desempleado o si vas a casarte. Es importante saber que, aunque estos retiros pueden ayudarte en momentos clave de tu vida, también pueden afectar el monto de tu pensión futura o el número de semanas cotizadas.
Si te quedaste sin empleo, puedes realizar un retiro parcial de fondos para una emergencia. Si bien es tu derecho, porque los recursos de tu Afore son tuyos, debes tomar en cuenta que si haces este tipo de retiro, te descontarán semanas cotizadas, lo que puede afectar tu futura pensión. Antes de tomar la decisión, te recomendamos analizar muy bien si hacer un retiro parcial por desempleo es lo que más te conviene.
Si has tenido tu cuenta afore por al menos tres años y has estado cotizando (trabajando) por dos años seguidos (12 bimestres), puedes sacar un monto que equivale a tu sueldo de 30 días (Salario Base de cotización, SBC). Si vas hacer el retiro por desempleo, debes contar con una Certificación de Baja del Trabajador Desempleado del IMSS (se otorga a partir del día 46 de desempleo). La Afore te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles después de haberlo solicitado vía cheque o depósito. Ten presente que cuando haces estos retiros se te descuentan semanas de cotización.
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La ayuda por de gastos por matrimonio que puedes retirar de tu Afore es lo equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo cual está establecido por la ley y puede variar según las disposiciones vigentes. Este retiro proporciona liquidez adicional en un momento significativo de tu vida. Aunque no te resta semanas cotizadas, realizar un retiro parcial por matrimonio reducirá el saldo de tu cuenta afore en la cantidad retirada; es decir el monto total disponible al momento de tu retiro.
El retiro de recursos anticipados por matrimonio aplica solamente para aquellos trabajadores afiliados al IMSS. Para llevar a cabo este retiro, deberás contar al menos con 150 semanas cotizadas en el Sistema de Ahorro instaurado en 1997 y que dicho matrimonio se haya celebrado después del 1 de julio de 1997 que es cuando se instauró dicha prestación. La Afore en cualquiera de los casos, te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de 5 días hábiles vía cheque o depósito.
Otros Retiros
Es el tipo de retiro de dinero que permite a las personas beneficiarias de una persona fallecida acceder a los recursos acumulados en la cuenta individual Afore del titular. Asegúrate de tener actualizados a tus beneficiarios para facilitar la devolución de los recursos. Ser beneficiario/a legal: solo beneficiarios legales del titular de la cuenta pueden solicitar el retiro.
SAR: Sistemas de Ahorro para el Retiro
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) es el sistema financiero que regula y vigila el ahorro de tu Afore. Recordemos que los recursos que acumulas durante tu vida laboral en tu Afore están etiquetados para el retiro. Por lo que es hasta que llega el momento de dejar de trabajar, entre los 60 y 65 años de edad, cuando puedes comenzar a disponer del dinero de tu cuenta individual. Los requisitos y pasos para obtener los recursos dependen del instituto al que cotizas y el régimen de pensión que te corresponde.
- sar 92-97 (que incluye SAR IMSS 1992 y SAR INFONAVIT 1992 si nunca tuviste crédito de vivienda).
- La recuperación de estos recursos está sujeta a los lineamientos establecidos por el IMSS y por el INFONAVIT, ya que corresponden a una etapa anterior a la creación de las Afores.
SI tienes 60 o más y no cumples con los requisitos del IMSS para una pensión, tu Afore te entregará en efectivo (en una sola exhibición) los recursos de tu cuenta afore. Las Afores deben retener un impuesto (ISR) sobre los intereses o ingresos generados. Al tramitar tu pensión, tú (o tus beneficiarios) puedes decidir si retirar los ahorros voluntarios de una vez o usarlos para aumentar la pensión.
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ISR: Impuesto Sobre la Renta
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR): impuesto directo sobre ingresos obtenidos durante un ejercicio fiscal, el cual es retenido respecto del monto de las pensiones otorgadas por los Institutos de Seguridad Social a favor de los trabajadores titulares de las cuentas individuales, por considerarse gravable (Ley del Impuesto Sobre la Renta, Artículo 93, fracciones. IV y V).
INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social
IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
NSS: Al Número de Seguridad Social que el IMSS utiliza para la identificación de los trabajadores afiliados al mismo (Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los sistemas de ahorro para el retiro, Artículo 1, fracción CII).
