Descubre Todo Sobre la Regulación Fiscal de Comisiones: Gravamen y Exenciones Clave en el ISRpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

Pagar impuestos es una obligación fiscal que todas las empresas deben cumplir para evitar problemas legales. Para reforzar el cumplimiento fiscal en tu empresa, es clave dominar la normativa vigente y los procesos de cálculo de impuestos.

¿Qué es el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es una carga fiscal directa aplicada a los ingresos que incrementan el patrimonio de un contribuyente. Este impuesto está regido por la Ley del ISR y es de carácter obligatorio para personas físicas y morales que entren en las siguientes características:

  • Residen en México sin importar la ubicación de la fuente de los ingresos económicos.
  • Mexicanos que viven en el extranjero, pero que tienen un establecimiento permanente en México.
  • Residentes en el extranjero que reciban ingresos procedentes de riquezas ubicadas en México.

Hay varios conceptos que pagan ISR como: salarios, honorarios, arrendamientos, enajenación de acciones, premios, espectáculos públicos y en general cualquier ingreso. Los patrones tienen la obligación de retener este impuesto de forma mensual vía nómina para reportarlo ante el Servicio de la Administración Tributaria y se consideran a cuenta del impuesto que se genera durante todo el año. El Sistema de Administración Tributaria (SAT) es la institución encargada de la recolección del ISR. Si no se cumple con la obligación de pagar este impuesto, el SAT puede proceder a poner una sanción administrativa, económica o penal dependiendo de las condiciones de la omisión del pago.

La Nómina: Un Documento Crucial

Se le conoce como nómina al documento legal en el que se contemplan todos los conceptos derivados del salario. Este documento es importante para evitar cualquier tipo de reclamación y para que tus empleados conozcan exactamente cuánto perciben por su trabajo. En la nómina se debe agregar la siguiente información:

  • Encabezado: datos de identificación
  • Periodo de liquidación
  • Detalle de percepciones salariales
  • Detalle de percepciones no salariales
  • Detalles de las deducciones
  • Liquidación a percibir
  • Lugar, firma y sello.

Datos a Incluir en la Nómina

En el encabezado de la nómina se debe incluir:

Lea también: Comisiones Mercantiles e IVA

  • Datos de la empresa: razón social, domicilio social, código de identificación fiscal (NIF) y código de cuenta de cotización de la seguridad social.
  • Datos de trabajador: nombre, apellidos, DNI, NIE, pasaporte, tipo de contrato, número de afiliación al seguro social, grupo profesional correspondiente del convenio colectivo y puesto de trabajo, grupo de cotización del trabajador y antigüedad.

Otras especificaciones de la nómina incluyen:

  • Periodo de liquidación: Es el periodo que se le está pagando al trabajador.
  • Devengos: ingresos brutos obtenidos por el trabajador. Se compone de la suma de percepciones salariales y no salariales.

Las percepciones salariales son:

  • Salario base: Salario fijo
  • Complementos salariales: apoyos por antigüedad, peligrosidad, etc.
  • Salario en especie: Algunas empresas pagan un extra del salario con productos o servicios como uso de vivienda, vehículos, tickets de restaurante, seguro médico privado, vales de gasolina etc.

Las percepciones no salariales son:

  • Indemnizaciones o suplidos: gastos que el trabajador ha tenido que hacer para realizar su trabajo, como la compra de material o el pago de boletos de avión.
  • Prestaciones e indemnizaciones a la Seguridad Social: Conceptos por despido, suspensión, traslado, desempleo, etc.
  • Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos.

Conceptos Exentos de ISR en Nómina

Los conceptos exentos de ISR en nómina son aquellos que no pagan ese impuesto. De acuerdo con el artículo 93 de la LISR los conceptos exentos de ISR en nómina son:

  • Aguinaldo: Esta gratificación anual será exenta de pago si se otorga de forma general a todos los empleados sin excepción.
  • Tiempo extraordinario: La Ley Federal del Trabajo acepta que los trabajadores que perciben el salario mínimo no paguen impuestos por hasta 3 horas extras diarias sin exceder de 9 horas a la semana. Los demás trabajadores pueden exentar hasta el 50 % de sus percepciones. La fracción I del artículo 93 de la LISR establece que se encuentra exento del pago del ISR, el tiempo extra que se pague a los comisionistas asalariados que perciben el SMG, siempre que no exceda de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.
  • Prima vacacional: Está exenta hasta en un equivalente de 15 UMAS.
  • Prima dominical: Está exenta hasta 1 UMA por cada domingo que se tenga que trabajar.
  • Participación de los trabajadores en las utilidades: Está exenta cuando la prestación es general para todos los empleados hasta por 15 UMAS.
  • Reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y gastos de funeral: Estos conceptos son exentos siempre y cuando se traten de reembolsos y se haya dado de acuerdo a lo descrito en las leyes o contratos de trabajo.
  • Viáticos y gastos de viaje: Se exentan cuando fueron erogados en servicio de los patrones, se compruebe con documentación y reúna los requisitos de deducibilidad.
  • Fondo de ahorro: Cuando se otorga de manera general y no exceda el 13 % del salario del trabajador. Cuyo monto diario no exceda de 15 veces el SMG del área geográfica única, están exentas del pago del ISR.
  • Cuota de seguridad social: Cuando el patrón paga la cuota de seguridad, esta quedará exenta.
  • Seguro de gastos médicos mayores: Si es de reembolso y de manera general para todos los empleados, se considera exento.
  • Previsión social: Son exentas si se conceden de forma general en apego a las leyes, en el contrato de trabajo y si no superan las 7 UMAS al año. Incluyen guarderías, becas educativas, actividades culturales, actividades deportivas y subsidios por incapacidad. Si el contribuyente se encuentra en el supuesto del inciso a), la previsión social estará exenta solamente hasta por un SMG del área geográfica única elevado al año.
  • Jubilaciones, pensiones, haberes del retiro, pensiones vitalicias u otras formas del retiro: Siempre y cuando no excedan 15 veces el valor de la UMA. No importa que se reciban 2 o más pensiones o jubilaciones. La fracción V del artículo 93 de la LISR indica que para aplicar la exención deberá considerarse la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador, independientemente de quien los pague.
  • Pagos por retiro (prima de antigüedad y liquidación): Están exentos hasta 90 veces el valor de la UMA por cada año de servicio o de contribución. Los años de servicio serán los que se hubieran considerado para el cálculo de los conceptos mencionados. Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo.

Comisiones: Definición y Tipos

Las comisiones son una forma de compensación variable que se otorgan a los trabajadores en función de su desempeño, especialmente en áreas como ventas, asesoría y corretaje. Las comisiones son ingresos adicionales que los trabajadores reciben en función de los resultados obtenidos en su trabajo.

Lea también: Comisiones bancarias e IVA

Comisión Laboral

Existen dos tipos de comisiones, la laboral y la mercantil. La primera está regulada por la legislación laboral, porque obedece a la retribución de un trabajo personal subordinado, y por ende, el ingreso que obtiene el trabajador (comisión) forma parte de su salario (arts. 82 y 83, LFT).

Comisión Mercantil

La segunda, tiene la naturaleza de un acto de comercio; de hecho, el Código de Comercio (CCom), define a la comisión mercantil como el mandato aplicado a actos concretos de comercio (art. 273, CCom). Conforme al artículo 273 del Código de Comercio, el mandato aplicado a actos concretos de comercio se reputa comisión mercantil. El comitente es el que confiere la comisión mercantil; y comisionista, el que la desempeña.

Regulación Fiscal de las Comisiones y su Gravamen para ISR

Conocer estas diferencias es básico porque, debe atenderse a la naturaleza jurídica del tipo de comisión que se paga para determinar el régimen fiscal del Título IV de la LISR que le es aplicable.

Tratamiento Fiscal de la Comisión Laboral

Estas comisiones se deben manejar bajo el amparo del Capítulo I, Título IV de la LISR (ingresos por sueldos y salarios); entonces, el empleador efectuará las retenciones del impuesto con base en la tarifa del artículo 96 de dicha ley. Este tipo de comisiones no causan IVA, al ser ingresos por salarios (art.14, penúltimo párrafo, LIVA).

Tratamiento Fiscal de la Comisión Mercantil

Para efectos fiscales, el artículo 16 del Código Fiscal señala que se consideran actividades empresariales, entre otras, las comerciales, que son las que, de conformidad con las leyes federales, tienen ese carácter. De lo anterior se puede establecer que los comisionistas realizan actividades empresariales, por lo cual pueden tributar para efectos de la LISR en los regímenes aplicables a las actividades empresariales siguientes: Régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales. En este supuesto, las comisiones están gravadas por el IVA.

Lea también: Impacto del IVA en comisiones bancarias en México

Opción de Asimilados a Salarios para Comisionistas Mercantiles

No obstante, el comisionista mercantil tiene la opción de cumplir con sus obligaciones de ISR, bajo la figura de ingresos asimilados a salarios, cuando así lo comunique por escrito al comitente; lo cual podrá hacer mediante una cláusula específica en el contrato de la comisión o mediante un escrito independiente (art. 94, fracc.VI, LISR). Así, se le dará el mismo tratamiento que un asalariado, además de que las comisiones no causarán IVA; para ISR dejarán de tener que cumplir con las obligaciones previstas para las personas físicas con actividades empresariales y profesionales y solo tendrán la de presentar declaración del ejercicio si:

  • obtienen ingresos acumulables por otro Capítulo
  • sus ingresos por asimilados a salarios superan $400,000.00 en el ejercicio
  • comunican por escrito al empleador que presentarán su declaración anual, o
  • se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 98 de la LISR

Otro punto para evaluar en cual régimen es más conveniente cumplir con sus obligaciones fiscales por las comisiones mercantiles, es la carga tributaria que se genera en cada uno, pues si bien se trata del mismo ingreso, las deducciones aplicables en cada Capítulo son distintas. Si las comisiones se asimilan a salarios no se tendrá derecho a aplicar ninguna deducción estrictamente indispensable para la obtención del ingreso (deducciones autorizadas), mismas que sí son deducibles en el caso de tributar en el régimen de actividades empresariales y profesionales. En ambos casos, se pueden tomar las deducciones personales para el cálculo del ISR del ejercicio (art. 151, LISR).

Comparativa Fiscal de Comisiones en México
Característica Comisión Laboral Comisión Mercantil (Actividad Empresarial) Comisión Mercantil (Asimilada a Salarios)
Regulación Legislación laboral (LFT) Código de Comercio (CCom), CFF LISR (Art. 94, fracc. VI)
Naturaleza Retribución por trabajo personal subordinado Acto de comercio, actividad empresarial Tratamiento similar a asalariado
Régimen ISR Capítulo I, Título IV LISR (Sueldos y Salarios) Título IV, Cap. I, Sec. I LISR (Act. Empresariales), o RIF Capítulo I, Título IV LISR (Asimilados a Salarios)
Retención ISR Empleador retiene (Art. 96 LISR) Comisionista declara y paga su ISR Comitente retiene
Gravamen IVA No causa (Art. 14, penúltimo párrafo, LIVA) Sí, están gravadas por el IVA No causa IVA
Deducciones Aplicables Deducciones personales (Art. 151 LISR) Deducciones autorizadas y personales (Art. 151 LISR) Solo deducciones personales (Art. 151 LISR)
Obligación Declaración Anual Si cumple ciertos supuestos (Art. 98 LISR) Sí, generalmente Si supera $400,000, si obtiene otros ingresos, etc.

Esquemas de Pago de Comisiones

Las ventas son el motor de una organización. Seguramente has conocido al menos una persona que se dedique a las ventas. Si esa persona eres tú y te dedicas a vender, seguramente has sido testigo de cómo es que aquellos que son capaces de generar ingresos para la empresa, pueden recibir un pago mayor al que reciben los colaboradores de otras áreas. Los esquemas de pago dependen de:

  • El giro de la empresa.
  • La metodología con la que paguen la nómina.
  • El volumen de las ventas. Es decir, qué tanto vendes y qué tanto porcentaje de esa venta te corresponde.

A continuación, se describen los esquemas de pago más comunes:

  1. Solamente comisión. Este esquema se basa en la premisa que establece que, como colaborador, el 100% de tus percepciones serán comisiones equivalentes a un porcentaje del volumen que vendiste, sin un salario base. Normalmente en esta categoría las comisiones son altas ya que las personas que aceptan trabajar para una empresa bajo este esquema suelen tener perfiles profesionales verdaderamente altos.
  2. Salario más comisiones. En cuanto a ventas se refiere, este es el más utilizado en general por las empresas mexicanas. Algunas establecen un salario base con comisiones altas para incentivar las ventas, mientras que otras compañías prefieren ofrecer un salario base con un volumen moderado de comisiones, más como estrategia para desarrollar la competitividad entre vendedores que como una fuente de ingresos primaria.
  3. Comisiones de renovación o revolventes. Este tipo de comisiones son aquellas que una persona recibe cuando su venta se renueva. Por ejemplo: Si un vendedor vende un seguro y su cliente renueva la póliza, el vendedor cobrará una comisión nuevamente por cada renovación.
  4. Comisiones como bonos. Como su nombre lo dice, en este esquema el trabajador cuenta con un salario fijo el cual le será pagado todos los meses, independientemente si hay venta o no, pero con la opción de vender y ganar un bono por ello. Este esquema puede ser utilizado por empresas que adicional a su fuerza de ventas, permite que los colaboradores de otras áreas se involucren y obtengan un ingreso extra si así lo desean. Es decir que puede ser un porcentaje del total de la venta, un porcentaje del pago inicial, o un porcentaje de los pagos que se realizan constantemente.

Ejemplos de Cálculo de Comisiones

Ahora te diremos cómo calcular la comisión que te corresponde, con un ejemplo por cada uno de los esquemas que explicamos anteriormente.

  • Francisco vende casas y le entregaron una cartera de 25 posibles clientes. Francisco trabaja bajo el esquema 100% comisión. El porcentaje que maneja su empresa es del 5% del total del monto vendido. Por lo que sus $250,000 MXN de comisión que se ganó por sus ventas le serán pagadas en agosto.
  • Omar vende automóviles en una agencia. Él tiene un esquema de salario de $9,000 MXN más el 2% de cada venta que cierre. Durante los 31 días de mayo, vendió un total de 4 automóviles por un total de $1,000,000 MXN, por lo que en agosto recibió un total de $29,000 MXN (su salario base más la comisión de lo que vendió).
  • Gerardo es vendedor de seguros de vida y entre enero y junio del 2020 cerró 40 contratos, por los cuales ganó $200,000 pesos de comisión. Este año 2021, 30 de esos 40 clientes decidieron renovar sus pólizas.
  • Paulina fue contratada como parte del equipo de Mercadotecnia de su empresa, que renta oficinas. A pesar de no ser su función principal, la compañía le ofrece la posibilidad de vender contratos para la renta de cualquier oficina. Ella tiene un sueldo base de $15,000 MXN y por cada contrato que llegue a cerrar, podrá obtener una comisión del 2%. Ella decidió buscar activamente clientes y pudo cerrar un contrato por $250,000 MXN.

Las ventas siempre serán parte fundamental para cualquier organización, ya que son lo que determina gran parte del presente y futuro de las compañías.

Errores Comunes al Calcular ISR en Nómina

Muchas empresas cometen errores por operar con sistemas desconectados o procesos manuales. Estos errores pueden derivar en conflictos laborales, auditorías fiscales y problemas administrativos.

  1. Confusión en los Límites de UMA
    • Error frecuente: Aplicar límites diarios cuando corresponden anuales o semanales.
    • Solución: Verificar siempre el periodo que establece la ley para cada concepto.
  2. Acumulación Incorrecta de Percepciones
    • Error frecuente: No acumular correctamente los ingresos exentos cuando se rebasa el límite.
    • Solución: Llevar un control mensual de los límites aplicados por cada concepto y apoyarse en indicadores financieros para evaluar el impacto en la nómina.
  3. Aplicación Errónea de Exenciones en Previsión Social
    • Error frecuente: Aplicar la exención de 1 UMA anual a conceptos que no califican como previsión social.
    • Solución: Verificar que el concepto cumpla con los requisitos del Art. 93 fracc. XIV.
  4. Cálculo Incorrecto de la Tarifa del ISR
    • Error frecuente: Usar tablas desactualizadas o aplicar incorrectamente los porcentajes.
    • Solución: Consultar siempre las tablas vigentes en el portal del SAT.
  5. Omisión de Subsidio para el Empleo
    • Error frecuente: No aplicar o aplicar incorrectamente el subsidio para el empleo.
    • Solución: Verificar que el trabajador cumpla con los requisitos y aplicar la tabla correspondiente.

Cada vez más empresas aprovechan soluciones digitales del ecosistema fintech en México para automatizar estos procesos y cumplir de forma más eficiente con sus obligaciones fiscales. Con una plataforma financiera integral, es posible centralizar nómina, dispersión y control fiscal en un solo sistema. En Mis Métricas, desarrollamos tecnología financiera que ayuda a las empresas a administrar la nómina y los beneficios de sus colaboradores con control, trazabilidad y cumplimiento fiscal. A través de nuestras soluciones de emisión y dispersión, puedes pagar nómina, prestaciones y beneficios de forma eficiente y alineada con la normativa vigente en México.

Para reforzar el cumplimiento fiscal en tu empresa, también es clave dominar la verificación de facturas electrónicas ante el SAT, ya que te permite validar comprobantes deducibles y evitar errores que podrían generar observaciones fiscales.

Si buscas automatizar cálculos, mejorar control financiero o estructurar mejor tu operación, agenda una asesoría estratégica y conoce cómo Métricas puede ayudarte a estructurar tu arquitectura financiera. En Métricas ayudamos a empresas a operar productos financieros y procesos administrativos con mayor visibilidad y control.

tags: #regulación #fiscal #las #comisiones #gravan #para