El Artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) en México establece qué ingresos están exentos del pago de ISR para trabajadores. Es uno de los artículos más consultados por áreas de recursos humanos, nómina, contabilidad y cumplimiento laboral, porque define qué prestaciones deben integrarse (o no) para el cálculo de impuestos y nómina. Saber cómo calcular el ISR sobre el pago adicional a los colaboradores resulta vital para toda tu labor administrativa diaria, ya que, cuando entregas pagos extraordinarios o beneficios superiores, requieres aplicar las normativas fiscales correctas para proteger el flujo financiero del negocio.
Exención de horas extras y salario mínimo según el Artículo 93
El fundamento legal para aplicar correctamente las exenciones y el pago de ISR en el caso de las prestaciones y horas extra se encuentra principalmente en los artículos 93, 94 y 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Las prestaciones superiores y los pagos por jornadas extraordinarias poseen topes de exención específicos en el marco jurídico nacional. De acuerdo con la fracción I del artículo 93:
No se pagará el impuesto por las prestaciones distintas al salario que reciban los trabajadores del SMG para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral.
Si una persona gana el salario mínimo, sus horas extra están totalmente exentas de ISR, hasta por 3 horas diarias y un máximo de 9 horas semanales. En relación con el límite de tiempo extraordinario previsto en la legislación laboral, el artículo 66 de la LFT establece que se podrá prolongar la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. A su vez, el artículo 67 de esta última ley señala que las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.
Por otro lado, para trabajadores que no ganan el mínimo no deben pagar impuesto sobre la renta el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario. La prima adicional (2x) tiene el mismo tratamiento fiscal que las horas extras: 50% exento hasta 5 UMAs semanales. Las horas que excedan el tope semanal se pagan al 200% adicional (horas triples) y están gravadas en su totalidad.
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Resumen de límites y exenciones
A continuación se presenta una tabla con las principales exenciones de previsión social y prestaciones laborales bajo el Artículo 93 de la LISR:
- Indemnizaciones por riesgos de trabajo: Totalmente exentas (Fracción I).
- Jubilaciones y pensiones: Exentas hasta 15 UMA o salarios mínimos diarios (Fracción IV).
- Prima de antigüedad y liquidación: Exento hasta 90 veces el salario mínimo o UMA por año de servicio (Fracción XIII).
- Gratificaciones (Aguinaldo): Exento hasta 30 días de salario mínimo o UMA (Fracción XIV).
- Prima vacacional y PTU: Exento hasta 15 días de salario mínimo o UMA por cada concepto (Fracción XIV).
Ejemplos y consideraciones para el cálculo
Imagina que un integrante de tu equipo, cuyo sueldo supera el mínimo, laboró 5 horas adicionales durante una semana. Al estar debajo del límite de 9 horas semanales, estas horas extras se consideran dobles. Para este trabajador, el 50% de dicho monto extra estará exento de ISR, respetando el límite de 5 UMAs de exención a la semana. En caso de que se superen los límites permitidos por la LFT, el excedente se pagará al triple y estará completamente gravado.
Comprender este artículo es clave para evitar errores fiscales, garantizar cálculos correctos en los recibos de nómina y asegurar que tu empresa opere con total cumplimiento ante el SAT. Igualmente, emplear una calculadora de ISR automatizada evitará variaciones erróneas en tus declaraciones.
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