Descubre Cómo los Trabajadores Eventuales Pueden Beneficiarse del Reparto de Utilidades ¡No Te Lo Pierdas!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El reparto de utilidades o PTU en México debe pagarse cada año dentro de los plazos establecidos por la Ley Federal del Trabajo. Este es un derecho laboral que busca reconocer la participación de las personas trabajadoras en los resultados de la empresa. El reparto de utilidades, también conocido como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), es un derecho constitucional de las personas trabajadoras en México. Este derecho se encuentra respaldado por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 120 de la LFT. Aplica cuando la empresa obtiene utilidades fiscales y cumple con los supuestos previstos en la ley. Aquellos que aún no reciben el pago comienzan a preguntarse quiénes sí y no tienen derecho a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), además de qué pasa con el caso de los trabajadores eventuales.

¿Qué es el Reparto de Utilidades (PTU)?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), todo empleador está obligado a otorgar a sus colaboradores la prestación del reparto de utilidades. Este derecho implica que los trabajadores reciban una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón como resultado de su actividad productiva o los servicios que ofrece. LA PTU se refiere al reparto de utilidades o, lo que es lo mismo, a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades. Las utilidades son las ganancias obtenidas por una persona o una empresa después de deducir los gastos, impuestos, entre otros. Las personas trabajadoras tienen derecho a recibir una parte de estas utilidades porque su trabajo contribuye a generarlas.

Trabajadores Eventuales y su Derecho a Recibir PTU

Si estás a la espera de tus utilidades, es importante verificar si te encuentras entre los trabajadores con derecho a recibir PTU. Los trabajadores o exempleados eventuales, que prestaron sus servicios en una empresa o establecimiento, sí tienen derecho al pago de utilidades siempre y cuando hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año fiscal, ya sea en forma continua o discontinua.

¿Qué se entiende por Trabajador Eventual?

Un trabajador eventual es aquel que:

  • No es considerado como trabajador de planta.
  • Prestó sus servicios en una empresa o establecimiento.
  • Suplió vacantes transitorias o temporales.
  • Desempeñó trabajos extraordinarios o para obra determinada.
  • No constituye una actividad normal o permanente de la empresa.

Es importante destacar que, en caso de ser un trabajador eventual y no haber cumplido el mínimo de 60 días trabajados dentro de la misma empresa en el año fiscal, no se tiene derecho a formar parte de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades.

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¿Quiénes Sí Tienen Derecho a Recibir Utilidades?

En términos generales, todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en una empresa tienen derecho a recibir PTU. Todas las empresas y patrones están obligados a realizar el reparto de utilidades por las ganancias que generó durante el año fiscal, de acuerdo con los ingresos presentados en la Declaración Anual ante el SAT. Estos son los trabajadores que tienen derecho a recibir el PTU:

  • Trabajadores de planta.
  • Trabajadores por obra o tiempo determinado (eventuales con un mínimo de 60 días laborados).
  • Extrabajadores de planta y eventuales.
  • Trabajadores de confianza.
  • Trabajadores en servicio activo.
  • Madres y personas con incapacidad.

Se considerará también a las madres que se encuentren en períodos previos y posteriores a la maternidad. Los trabajadores que se dediquen al cuidado de bienes que generen rentas o al cobro de créditos sí son candidatos para recibir PTU.

¿Quiénes No Reciben Utilidades?

Si bien la PTU es un derecho generalizado, existen algunas excepciones. La Ley Federal del Trabajo tiene algunas excepciones para el pago de utilidades, por lo que si ocupas alguno de los siguientes puestos no serás parte del reparto de PTU:

  • Las personas en puestos de dirección, administración o gerencia general de las empresas.
  • Las personas trabajadoras del hogar.
  • Personas físicas que sean propietarias o copropietarias de una negociación.
  • Personas profesionistas, técnicas, artesanas y otras que en forma independiente prestan servicios a una empresa, siempre y cuando no exista una relación de trabajo subordinada con la persona empleadora.
  • Personas trabajadoras eventuales cuando hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.
  • Trabajadores en empresas de nueva creación y que se encuentren dentro del primer año de funcionamiento.
  • Colaboradores de centros de trabajo que han elaborado un producto nuevo.
  • Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

También están exentas las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes. Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria. Por defecto, si la compañía reporta un ejercicio de pérdidas, no está obligada a realizar reparto. También se da el caso de que una compañía carezca de utilidades fiscales.

Cálculo del Reparto de Utilidades (PTU)

El reparto de utilidades se calcula tomando como base el 10 % de la utilidad fiscal neta declarada por la empresa ante el SAT. El porcentaje de la Participación de los Trabajadores está regulado por la ley. Específicamente, el PTU es fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (CONAPROPTU). La utilidad repartible se divide en dos partes iguales. El cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se realiza en dos partes iguales y se considera tanto los días trabajados como el salario percibido.

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  1. La primera parte se repartirá por igual entre todas las personas trabajadoras, tomando en consideración el número de días trabajados por cada una en el año, independientemente del monto de los salarios.
  2. Monto total de la PTU por salario: Se divide el salario total percibido durante el año entre la suma de los salarios de todos los trabajadores de la empresa.
  3. Finalmente, se suman los dos montos calculados en los pasos anteriores: la PTU por días trabajados y la PTU por salario.

El pago de utilidades no está sujeto a impuestos, a menos que el monto exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo.

Fechas Límite para el Pago del PTU

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) refiere que dicho reparto de utilidades se realiza dentro de los 60 días después de la fecha de la declaración anual o el pago de impuestos de la empresa. El cual se realiza el 31 de marzo, en el caso de las empresas; y el 30 de abril, las personas físicas. La fecha límite de reparto de utilidades cambia dependiendo de si el patrón es una persona moral o una persona física. A partir del 1 de abril, comenzó el periodo formal para que los empleadores cumplan con esta prestación obligatoria establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Tipo de Patrón Fecha de Declaración Anual Plazo para el Pago de PTU
Empresas (Personas Morales) 31 de marzo Del 1 de abril al 30 de mayo
Personas Físicas 30 de abril Del 1 de mayo al 29 de junio

Obligaciones del Empleador y Consecuencias por Incumplimiento

Como parte de este proceso, el empleador debe entregar a los representantes de las personas trabajadoras (ya sea al sindicato o a la mayoría de ellas) una copia de la declaración anual, dentro de los diez días siguientes a su presentación. Además del pago a las personas trabajadoras, el reparto de utilidades implica obligaciones fiscales específicas para las empresas. Si una empresa no cumple con esta obligación dentro del plazo establecido, puede recibir una multa económica. Las multas pueden aumentar de acuerdo a la gravedad del incumplimiento y el número de trabajadores afectados. Puedes presentar una denuncia ante la PROFEDET.

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