La Opinión de Cumplimiento, también conocida como 32D, es un reporte que permite conocer la situación del cumplimiento de las obligaciones fiscales de una empresa.
¿Qué se obtiene al realizar este trámite?
Al realizar el trámite, se obtiene la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
Requisitos para la solicitud
Para solicitar la Opinión de Cumplimiento, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Escrito libre de solicitud por duplicado, que contenga:
- Nombre, denominación o razón social
- Domicilio fiscal
- Autoridad a la que se dirige
- C.P.
- Constancia de Situación Fiscal Actualizada emitida por el Servicio de Administración Tributaria.
Costo del trámite
El costo del trámite es de $68.00 (.50 U.M.A.).
Consideraciones importantes
- La entrega de la Resolución únicamente se hará al contribuyente, representante o apoderado debidamente acreditado, por lo que en ese momento, deberá presentar identificación oficial vigente.
- Los requisitos señalados anteriormente son los establecidos para la gestión del presente trámite.
- El presente documento no establece obligaciones, ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
- Cuando el trámite se solicite en línea, la firma electrónica deberá ser la del Contribuyente.
Condiciones para una opinión favorable
Para obtener una Opinión de Cumplimiento positiva, la empresa debe:
Lea también: Profundizando en la NIA 501
- No tener créditos fiscales firmes o exigibles. Si se trata de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.11.5.
- No encontrarse publicado en el Portal del SAT en el listado definitivo del artículo 69-B, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).
- No te encuentres publicado en el listado a que se refiere el artículo 69-B Bis, noveno párrafo del CFF.
- No tengas sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal.
Validez de la opinión
La Opinión de Cumplimiento tiene una validez de un mes a partir de su emisión. Permanente.
Tiempo de respuesta
El tiempo de respuesta para la obtención de la Opinión de Cumplimiento es de 5 días hábiles.
Posibles rechazos de la solicitud
La solicitud puede ser rechazada en los siguientes casos:
- Si no se cumplen con los requisitos solicitados en tiempo y forma.
- Cuando se solicite de manera electrónica y la firma electrónica no sea del contribuyente.
Información de contacto y horarios de atención
Para realizar el trámite o solicitar información, puede acudir a las siguientes oficinas:
- Edificio Administrativo Siglo XXI: Calle 20-A Núm. 284-B Por 3-C y 49 Diagonal, Colonia Xcumpich, C.P. Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. Teléfono: (999) 930 3800 ext.
- Teléfono: (999) 927 9372 ext. Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.
Lea también: Guía para la Opinión Positiva del SAT
Lea también: Guía para entender la nueva Opinión de Cumplimiento del SAT
