El Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN) es un impuesto contemplado en la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, que se cobra por la enajenación de autos nuevos al consumidor o la importación en el país, siempre que sean personas diferentes al fabricante, distribuidor autorizado o comerciante de vehículos. Este gravamen deben pagarlo todas las personas físicas o morales que realicen la compra, donación, cesión del derecho o el dominio de un automóvil.
¿Quiénes Deben Pagar el ISAN?
Aquellas personas físicas y morales que se dediquen a enajenar/vender automóviles nuevos y/o realicen importaciones definitivas al país, estarán obligados al pago del impuesto. La autoridad fiscal considera como automóviles nuevos aquellos que son enajenados por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos y respecto de las importaciones corresponderán al año modelo posterior al de aplicación de la Ley, al año modelo en que se efectué la importación o a los 10 años modelo inmediato anteriores.
Características del ISAN
- El ISAN es de orden federal, pero se entera a la entidad federativa en donde se ubican los establecimientos que realicen las operaciones de dichos automóviles, cuyo sujeto obligado es el enajenante, quien lo repercute al consumidor (art. 4o LISAN).
- Asimismo, en los supuestos de enajenación no se hará la separación del monto de este impuesto en el documento que ampare esta (arts. 6o, 9o y 11 LISAN), lo cual significa que no se traslada en forma expresa al consumidor, aun cuando sí se repercute dentro del precio el ISAN.
¿Cómo se Calcula el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)?
El ISAN es un impuesto anual que se calcula basado en el precio de la venta del vehículo, tomando en cuenta los accesorios opcionales de lujo o normales y se paga hasta el día 17 de cada mes de ejercicio. Estos pagos se hacen a través de la declaración presentada en una oficina autorizada en relación con enajenaciones realizadas del mes anterior y se deben hacer mediante declaración en los 3 meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal, exceptuando importaciones, donde los pagos se hacen en aduana. El cálculo de este impuesto se hará aplicando al precio de enajenación del automóvil la tasa o tarifa que corresponda y establecida en el Art. 3 de la Ley de Automóviles Nuevos.
El precio de enajenación deberá de incluir el equipo opcional, común o de lujo y sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones. Para el cálculo del impuesto de los automóviles de importación definitiva se realizara de la forma establecida, solo que el precio de enajenación de estos se le adicionara el impuesto general de importación y el total de las contribuciones que se tuvieron que pagar por el motivo de la importación.
Tabla para Calcular el ISAN
A continuación, se presenta una tabla con los límites y porcentajes para calcular el ISAN:
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| Límite Inferior | Límite Superior | Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del Límite inferior |
|---|---|---|
| $0.01 | $313,163.32 | 0.00% |
| $313,163.33 | $375,795.92 | 2.26% |
| $375,795.93 | $438,428.76 | 9.39% |
| $438,428.77 | $563,693.73 | 15.00% |
| $563,693.74 | En adelante | 17.00% |
Pasos para Calcular el ISAN
- Resta el límite inferior de la tabla al costo del automóvil.
- Al resultado, aplícale la tasa determinada.
- Luego, suma la cuota fija al valor obtenido en el punto anterior.
- Finalmente, al total se le debe aplicar el descuento según el rango de precios indicado.
Si el precio del automóvil es superior a $759,271.24, se reducirá del monto del impuesto determinado, la cantidad que resulte de aplicar el 7% sobre la diferencia entre el precio de la unidad y $759,271.24. Si el precio del vehículo es superior a $864,750.45, se reducirá del monto del impuesto, refiriendo el resultado al aplicar el 7% a la diferencia entre el precio del automóvil y los $864,750.45.
Excepciones en el Pago del ISAN
Sí, existen. Por la enajenación de automóviles nuevos que realice el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos, a los consumidores, se tendrá la obligación del pago del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN), el cual se calcula aplicando la tarifa o tasa contemplada en el artículo 3o. de su ley, al precio de enajenación del automóvil sin incluir el IVA (arts. 1o y 2o LISAN).
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