Un omiso se refiere al incumplimiento de una o varias obligaciones tributarias establecidas por la Superintendencia de Administración Tributaria. Esta es una situación que genera preocupaciones ya que estas llevan al contribuyente a estar en la lista de omisos o morosos. Por esta razón, verificar y regularizar los omisos de la SAT es una práctica esencial para quienes facturan y mantienen actividad económica en Guatemala.
¿Cómo verificar los omisos en línea?
Saber cómo puedo ver en línea mis omisos de la SAT es fundamental para quienes facturan y deben cumplir con pagos mensuales, trimestrales o anuales ante la Superintendencia de Administración Tributaria. Para facilitar este proceso, la SAT pone a disposición de los contribuyentes un verificador oficial para consultar posibles incumplimientos.
Para realizar la consulta, el usuario debe ingresar al portal web y seleccionar Verificador Integrado. Al hacerlo, la plataforma de la SAT mostrará el nombre y el número de identificación tributaria (NIT) del contribuyente o emisor, así como su situación fiscal.
Consecuencias, multas y cálculo de la mora
El retraso en el cumplimiento de las obligaciones conlleva sanciones financieras. De acuerdo con el artículo 92 del Código Tributario, un contribuyente incurre en mora si paga la obligación tributaria después del plazo establecido por la ley. En este caso, se aplica una sanción diaria equivalente a multiplicar el monto del tributo a pagar por un factor de 0.0005 por cada día de atraso.
Para solventar esta penalización, se deben seguir los canales digitales de la institución: para calcular la multa, una vez que el contribuyente tenga la información sobre las omisiones reportadas por el sistema, deberá ingresar los datos en la sección de Autoliquidación del portal web de la SAT. Además, cuando el sistema identifica omisos, se habilita la opción para generar los formularios correspondientes según el impuesto pendiente.
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Orígenes de la omisión y control administrativo
Referente a los orígenes de una situación de omisión o morosidad, debemos reconocer que, en la mayoría de los casos, esto se da por fallas en los procesos de administración y seguimiento. Por ejemplo, es posible que el contador esté fallando en su labor de comunicar oportunamente el pago de impuestos, aunque también podría estar omitiendo él mismo las declaraciones respectivas.
En cualquier caso, este tipo de situaciones en las que se revela una falencia administrativa, deben servir de insumo para la rectificación y para aumentar los controles y exigencias que mitiguen los riesgos de incurrir en infracciones tributarias.
Convenios de pago y derechos del contribuyente
Si la deuda es elevada, existen alternativas para fraccionar el pago. Para solicitar un convenio de pago, los contribuyentes deben consultar la sección Solicitudes de Facilidad de Pago en el portal de la SAT. La primera parte del proceso se realiza de manera virtual. Una vez completada, se agendará una cita en el departamento de Reconocimiento Unilateral de Adeudo Tributario para finalizar el trámite.
Pero, ¿qué hacer si Hacienda está equivocada? El Código Tributario en su artículo 140, indica que Hacienda debe demostrar que un contribuyente es omiso o moroso. Ante esto, los ciudadanos no deben temer a realizar aclaraciones: como dato importante: no existe evidencia que indique que una solicitud de estudio de omisión o morosidad sirva de punto de partida para una eventual fiscalización. Los proceso de fiscalización obedecen a una serie de condiciones que debe cumplirse, de las cuales la conducta reconocida de un contribuyente es sólo una de ellas.
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