Descubre Todo Sobre el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en México: ¡Lo Que Necesitas Saber!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF) es el conjunto de acciones de tipo hacendario basadas en las relaciones entre la Federación, los Estados y los Municipios.

El SNCF busca armonizar los sistemas fiscales en los tres órdenes de gobierno, representando una menor e igualitaria carga fiscal para los contribuyentes a nivel nacional y el abatimiento de la duplicidad de funciones de administración tributaria.

Antecedentes de la Coordinación Fiscal en México

Sin duda, la distribución de los recursos entre los tres ámbitos de gobierno que conforman la federación mexicana es uno de los problemas más complejos, difíciles y antiguos que enfrenta actualmente nuestro país, situación que ha alcanzado prácticamente proporciones de crisis debido a que las necesidades de gastos crecen mucho más rápido que los ingresos obtenibles de los impuestos que tiene el sistema fiscal mexicano.

La complejidad se explica teniendo en cuenta los diversos objetivos que suelen perseguirse y los diferentes resultados que se pueden conseguir.

El asunto resulta difícil porque las posibles soluciones deben reunir dos características esenciales: que sean técnicamente viables y también factibles desde el punto de vista de la política.

Lea también: Hacienda Pública Mexicana: ¿Cuál es su Función?

Es un tema antiguo, pues el primer intento de solucionarlo se dio en 1925, con la Primera Convención Nacional Fiscal, en cuya convocatoria se destacan los problemas derivados de la falta de coordinación en el uso de las fuentes impositivas tanto entre federación, estados y municipios como entre las entidades federativas, pues cada una de éstas contaba con su propio sistema de imposición y ello propiciaba la rivalidad y daba lugar a verdaderas guerras económicas.

Además, este problema es de importancia primordial, y de la manera en la cual se resuelva dependerán cuestiones como el nivel de desequilibrio regional, la eficacia en la provisión de los servicios públicos y hasta incidirá en la misma organización política del Estado.

Logros del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal

En México, la asignación de potestades tributarias a los tres ámbitos gubernamentales se establece en la Carta Magna, la cual no delimita, salvo ciertas excepciones, la competencia federal y la estatal para cobrar impuestos, por lo que las principales fuentes de tributación pueden ser gravadas por la federación, así como por las entidades federativas.

Para evitar que esto ocurra, la recaudación de las principales fuentes concurrentes, como el impuesto sobre la renta (ISR) y el impuesto al valor agregado (IVA), las determina el gobierno federal y luego participa de ésta a estados y municipios de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, que es la base jurídica del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF).

Desde luego, el uso preponderante de este sistema de participaciones ha tenido resultados muy diversos. Así, con los años, ha habido avances importantes, entre los que pueden destacarse:

Lea también: Auditoría administrativa: naturaleza y alcance

  1. Evitar la multiplicidad y concurrencia de tributos federales, estatales y municipales que prevaleció en nuestro país hasta 1980 y que representaba un obstáculo a la producción y al comercio. Con la entrada en vigor del IVA en el año mencionado anteriormente, desaparecieron 18 impuestos federales y 458 estatales.
  2. En 1980, en los inicio del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal vigente, sólo se incluyeron los impuestos; en la actualidad se han incorporado los derechos, el gasto y la deuda pública, con lo cual se logró cierta uniformidad en dichas materias. A partir de 1998 se incorporó en la Ley de Coordinación Fiscal el capítulo V, el cual establece transferencias a los gobiernos estatales y municipales condicionadas a la consecución y cumplimiento de los objetivos que se señalan en cada uno de los fondos de aportaciones siguientes:
    • para la educación básica y normal (FAEB);
    • para los servicios de salud (FASSA);
    • para la infraestructura social (FAIS);
    • para el fortalecimiento de los municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN);
    • de aportaciones múltiples (FAM);
    • para la educación tecnológica y de adultos (FAETA), y
    • para la seguridad pública de los estados y del Distrito Federal (FASP).
  3. En cuanto a la deuda pública, se transfirió a los estados y municipios la decisión y negociación de su endeudamiento.
  4. En la actualidad, las participaciones se han incrementado, ya que pasaron de 12.5% a cerca de 25% de la recaudación federal participable.
  5. A partir de los años noventa, la fórmula de distribución de participaciones refuerza los criterios de equidad, aunque mantiene incentivos al esfuerzo recaudatorio de las entidades federativas.
  6. Hay mayor certidumbre en los ingresos de las entidades federativas y los municipios ya que, por un lado, al entrar en vigor la actual Ley de Coordinación Fiscal y al celebrar el Convenio de Adhesión entre la Federación y las Entidades Federativas, la primera se comprometió a resarcir la pérdida económica que sufrieran las segundas; de esta manera, se aseguró a los estados coordinados que no recibirían menos participaciones de las que obtuvieron en 1979.
  7. Por otro lado, las participaciones se distribuyen en función de fórmulas, con lo que en cierta medida se elimina la discrecionalidad de las autoridades encargadas del reparto.

Desafíos del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal

Sin embargo, debido al comportamiento cíclico de la economía, hay cierto nivel de incertidumbre en cuanto al monto de la recaudación federal participable que obtendrá el gobierno federal en un ejercicio, el cual depende de los impuestos que cobre, así como de los derechos sobre la extracción de petróleo y de minería.

A pesar de los avances, persisten algunos problemas:

  1. Ninguno de los tres ámbitos de gobierno cuenta con los recursos suficientes para cubrir sus necesidades de gastos. Hay rezagos muy importantes en salud, nutrición, educación y acceso a servicios básicos que se acentúan en ciertas zonas del país y que no son atendidos por el sector público debido a falta de recursos.
  2. El sistema ha dado lugar a una gran dependencia de los gobiernos locales con respecto al federal.

Adhesión al SNCF

La Ley de Coordinación Fiscal establece que las entidades que así lo deseen, pueden adherirse al SNCF mediante convenio que celebren con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mismo que deberá ser autorizado o aprobado por su Legislatura.

Las entidades que no deseen adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participarán en los impuestos especiales a que se refiere el Inciso 5o.

Lea también: Normas de Auditoría: un análisis de su propósito

tags: #que #es #el #sistema #nacional #de