El uso de tarjetas de crédito es una práctica común en México, pero es crucial entender cómo estas transacciones impactan tus obligaciones fiscales. Aquí te explicamos los aspectos clave para evitar sorpresas desagradables con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
IVA y Comisiones: Dos Aspectos Clave
Al usar tarjetas de crédito, es fundamental comprender dos conceptos: el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y las comisiones.
¿Qué es el IVA?
El IVA es el costo agregado que tiene un producto al ser transformado en un proceso productivo. Las personas físicas y morales deben pagar el IVA cuando realizan actividades como:
- Enajenación de bienes.
- Prestación de servicios independientes.
- Otorgar el uso o goce temporal de bienes.
- Importar bienes o servicios.
Si tienes un negocio, este impuesto se paga de forma indirecta, ya que todos los productos que ofreces deberán tener este monto incluido. Tus clientes lo pagan al hacer la transacción.
Así, al costo de un producto se le suma el IVA que posteriormente debe ser pagado y declarado a las autoridades hacendarias (SAT).
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¿Qué son las Comisiones?
La comisión es la cantidad que te cobran por recibir un servicio, en este caso, la aceptación de pagos con tarjeta de débito o crédito. La institución o empresa que te ofrece este servicio cobra la comisión para solventar sus gastos operativos.
Comisiones en las Transacciones
Comprender las comisiones asociadas a las transacciones es esencial para cualquier empresa que acepte pagos con tarjeta. El importe de estas comisiones puede depender en gran medida de numerosos elementos, como el tipo de tarjeta utilizada, el procesador de pagos empleado y el país en el que se realiza la transacción. Conocer a fondo estas comisiones es indispensable para tomar decisiones informadas sobre qué procesadores de pagos utilizar y cómo estructurar tus precios.
Cuando se trata de comisiones por transacción, es importante tener en cuenta que los distintos procesadores de pagos pueden tener tarifas diferentes. Algunos procesadores pueden imponer una tarifa plana por transacción, mientras que otros pueden cobrar un porcentaje del importe total de la transacción. Además, ciertos procesadores pueden tener tarifas elevadas para determinados tipos de transacciones, como las internacionales o las que implican tipos específicos de tarjetas.
Cálculo de Comisiones: Ejemplo con Clip
En el caso de Clip, las transacciones, no importa por qué medio sea: a través del lector de tarjeta, por un Link de Pago o través del Checkout, todas tienen la misma comisión: 3.6% más IVA.
Hay que dejar claro que el IVA se aplica a la comisión, es decir al resultado de 3.6%. Por ejemplo, supongamos que tienes una venta de $1,000, la comisión más el IVA sería de $41.76 (puede variar) y recibirías $958.24 en tu cuenta.
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Recuerda que cada transacción que realices con tu terminal Clip, no importa si es una tarjeta de crédito, débito, vales, nacional, extranjera, de un banco virtual, Visa, Mastercard o American Express, siempre se aplicará una comisión de 3.6% + IVA sobre el monto que estés cobrando.
Discrepancia Fiscal: Un Riesgo a Evitar
La enorme mayoría de personas físicas efectúa todos los días pagos con tarjetas de crédito, de débito, de servicios, inclusive tarjetas de crédito de tiendas departamentales y de autoservicio. En algunas ocasiones, dichas personas físicas cuando efectúan el pago mensual, parcial o total, están efectuando erogaciones que sumadas a lo largo de un ejercicio fiscal, pueden resultar mayores a los ingresos declarados al SAT en el mismo ejercicio, dando lugar en ese caso a una “diferencia” que la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) denomina “discrepancia fiscal”.
En principio, esa discrepancia fiscal se presume como un ingreso omitido y, en caso de que la persona física no lo logre desvirtuar, la autoridad fiscal procederá a determinar un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta (ISR) omitido, adicionado con actualización, recargos y multas que pueden ser del 55% al 75% sobre la contribución supuestamente omitida.
También hay personas físicas que reciben préstamos, donativos y premios o erogan viáticos por cuenta de su patrón, enajenan su casa habitación o reciben una herencia o legado, y no informan el monto correspondiente en su declaración; situación que también puede representar un ingreso omitido.
Además, existen casos en los que una persona física, como tercero, recibe dinero para efectuar gastos por cuenta de quien le entregó el dinero, y si no cumple con ciertas formalidades, el dinero recibido puede considerarse ingreso acumulable por el cual se tendría que pagar el ISR correspondiente actualizado con recargos y multas.
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Para evitar la discrepancia fiscal, es importante:
- Informar correctamente todos los ingresos y egresos en tu declaración anual.
- Documentar adecuadamente préstamos, donativos, herencias y otros ingresos no salariales.
- Cumplir con las formalidades al recibir dinero para gastos por cuenta de terceros.
Recomendaciones Finales
- No subir costos por cobrar con tarjetas: Algunos negocios cobran más dinero a sus clientes por usar tarjeta -con el objetivo de compensar las comisiones-, pero los clientes pueden denunciar ante la entidad bancaria porque no es correcto, de acuerdo a Condusef.
- Pagar impuestos es lo que permite que el gobierno tenga fondos para trabajar y pueda ofrecerte los servicios que le corresponden.
- Utiliza una tarjeta con la fecha de corte más cercana al pago.
- Asegúrate de usar una tarjeta de crédito que no tenga saldo pendiente.
