Descubre Todo Sobre el Tratamiento Fiscal de Viáticos en México: Guía Completa y Actualizadapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los viáticos son sumas de dinero que el empleador otorga a los trabajadores para cubrir los gastos en los que estos incurren para el cumplimiento de sus funciones fuera de su lugar habitual de trabajo. Estos gastos, que pueden incluir transporte, hospedaje y alimentación, deben comprobarse adecuadamente ante el SAT para que sean deducibles.

Requisitos para la deducibilidad de viáticos

En México, la mayoría de estos gastos viáticos son usualmente deducibles de impuestos, siempre y cuando el empleado o la persona encargada del área de administración de la empresa realice la factura correspondiente para poder presentar el CFDI o factura electrónica ante el SAT. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su artículo 28, detalla todas las especificaciones requeridas para que los gastos sean deducibles para la empresa, las cuales deben seguirse al pie de la letra para evitar multas o sanciones.

Entre los requisitos más importantes a considerar para la deducción de los viáticos se encuentran los siguientes:

  • Distancia: Los gastos se tienen que producir a una distancia de más de 50 kilómetros de la zona donde habitualmente trabaja el empleado.
  • Relación laboral: La persona a favor de la cual se haga el desembolso debe tener una relación de trabajo con el contribuyente o prestar servicios profesionales.
  • Comprobación: Se solicita que los gastos estén amparados por un CFDI si se hicieron en territorio nacional o con la documentación comprobatoria correspondiente en el extranjero.

Límites de gasto y facilidades fiscales

Para la correcta gestión contable, la normativa establece límites específicos para ciertos conceptos:

Concepto Límite diario (México) Límite diario (Extranjero)
Alimentación $750.00 MXN $1,500.00 MXN
Hospedaje Sin límite $3,850.00 MXN
Renta de automóviles $850.00 MXN $850.00 MXN

Existe la facilidad de no presentar CFDI por hasta el 20% del total de los viáticos erogados en cada ocasión, siempre que el monto no exceda de $15,000.00 pesos en el ejercicio fiscal. Es importante notar que los pagos en efectivo solo son permitidos hasta un máximo de $2,000 pesos, exceptuando combustibles y transporte, cuyo importe debe ser abonado mediante tarjeta.

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Gastos no deducibles

Es fundamental identificar qué conceptos no califican como viáticos ante la autoridad fiscal:

  • Gastos en bares, casinos o discotecas.
  • Regalos, souvenirs o artículos personales.
  • Servicios médicos, dentales o estéticos.
  • Multas, infracciones o sanciones.
  • Propinas excesivas o injustificadas.

Tratamiento para el trabajador (ISR)

El artículo 93, fracción XVII de la LISR, establece que los viáticos pagados por el empleador a sus trabajadores están exentos del ISR siempre que se compruebe que fueron efectivamente utilizados en servicios del patrón y que se respalden con los CFDI´s correspondientes. De no ser así, se considerarán ingresos acumulables para los empleados. Desde 2017, los viáticos entregados a trabajadores deben registrarse en el CFDI de nómina.

Gestión eficiente de gastos

Es responsabilidad del empleado realizar las facturas en tiempo y forma de cada uno de los gastos realizados para enviarlas al área financiera. Con la llegada de la transformación digital, llevar a cabo este proceso es cada vez más fácil mediante la automatización, lo que permite a las empresas eficientar tiempo, recursos y evitar errores en su contabilidad. Es necesario contar con una política de gastos que permita identificar un porcentaje comprobable, así como un formato o bitácora que identifique y justifique el motivo de los viajes.

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