Muchas personas viajan al extranjero para realizar actividades económicas, dado que la globalización ha eliminado las fronteras comerciales. Por eso tanto personas físicas como morales, pueden realizar la deducción de gastos en el extranjero en su declaración de impuestos. Si tú estás en este grupo, ¡toma nota! Quizá te preguntas si puedes facturar gastos en el extranjero para pagar menos en tu declaración de ISR, la respuesta, es sí.
Deducción de Gastos en el Extranjero
Los extranjeros no están obligados a expedir CFDI (a excepción de los servicios prestados por plataformas tecnológicas); por lo tanto, los comprobantes emitidos por extranjeros no contienen los mismos datos que los comprobantes emitidos dentro de territorio nacional. El documento para acreditar tu gasto será expedido conforme a las disposiciones fiscales del país en que te encuentres.
Requisitos para la Validez de Comprobantes Extranjeros
Esta es la información mínima que debe contener un comprobante para ser válido de acuerdo con lo dispuesto en las leyes mexicanas (regla 2.7.1.16. de la RMISC 2019). Los comprobantes que emitan los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales en México (regla 2.7.1.14.
Consejos para Facilitar la Deducción de Gastos
Ahora qué sabes cómo deducir tus gastos con facturas emitidas en el extranjero, es momento de que sigas estos consejos para que sea más sencillo tu proceso.
- Asegúrate de que cada gasto esté directamente vinculado con tu actividad económica o profesional.
- Los gastos deben registrarse en pesos mexicanos, usando el tipo de cambio oficial del Banco de México publicado el día en que se hizo el pago.
- Algunos gastos como viáticos, representación y alimentación tienen límites máximos deducibles por la ley.
- Los requisitos y montos deducibles pueden variar dependiendo si eres persona física con actividad empresarial, en RESICO, o persona moral.
Sistema de Información Inmediata (SII) de la AEAT
La solución EDICOMSii ha sido desarrollada pensando en facilitar la experiencia del usuario. Por eso, presentamos un diseño funcional adaptado 100% al intercambio de información que las empresas van a realizar con la AEAT. De forma muy visual, un usuario nobel en el uso de plataformas de gestión electrónica puede localizar cualquier apunte enviado a la AEAT, así como las respuestas o notificaciones asociadas. Además, ofrece estadísticas mediante la representación de gráficas personalizables.
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Preguntas Frecuentes sobre el SII AEAT
¿Cómo se podrán gestionar los tiquets de gastos que se quiera deducir la empresa?
Si la empresa quiere deducirse el IVA de los tickets como gasto (por ejemplo, taxis, dietas, etc), no es válido solamente con el ticket, sino que se tiene que pedir una factura. Si no se presentan, el usuario está optando por la no deducibilidad. Si los gastos no están respaldados por una factura, no puede declararse en el SII y, por tanto, el IVA no puede ser fiscalmente deducible.
¿De qué forma se va a poder detectar la morosidad con el sistema SII de la AEAT?
Uno de los objetivos fundamentales de este sistema es el control del fraude fiscal. Los plazos tan exigentes acercan el momento de la operación al momento del registro de la información, lo que consigue mayor exactitud en las declaraciones. Además, con el libro contrastado se puede detectar que algún obligado tributario pueda estar deduciéndose un IVA que previamente no haya sido ingresado por otro. El registro contable de IVA debe ser coincidente con el de los clientes a nivel de transacción.
¿Cómo se firma o se autentifica la información del cliente ante la AEAT?
Los registros o bloques de mensajes XML no van firmados. Lo que sí es necesario es identificarse con un certificado reconocido para establecer la comunicación WS con AEAT. EDICOM trabaja en el proyecto del Colaborador Social para poder presentar los documentos con un certificado de EDICOM en nombre de sus clientes. Por otro lado, EDICOM ya es Autoridad de Certificación en Europa y por lo tanto está autorizado para expedir certificados reconocidos para el proyecto SII y establecer la identificación en las comunicaciones.
¿Es obligatorio declarar el libro de registro de operaciones en metálico?
Aquellas empresas que realicen operaciones en metálico superiores a 6.000 euros, deben declarar el IVA y están obligadas a usar el libro de operaciones en metálico. La información se anota de forma separada del registro de la factura, en el libro de facturas expedidas, en otro registro mensual único por cada persona o entidad de la que proceden los cobros.
¿Cuál es la diferencia entre el libro de IVA contrastado y el libro de IVA real?
La sede electrónica de la AEAT tiene dos libros. Por un lado, el libro declarado, donde una empresa registra sus facturas emitidas y recibidas. Y por otro, el libro contrastado, donde la AEAT realiza los cruces de datos requeridos con lo declarado por los interlocutores comerciales de la empresa. Hay que tener en cuenta que faltarán todas las facturas correspondientes a las empresas con facturación inferior a 6M de euros, por lo que es muy probable que haya cierto descuadre.
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¿Qué información sobre la facturación debe remitirse a la AEAT?
En primer lugar, el registro del documento. Después el tipo de operación a identificar mediante claves y subclaves. En tercer lugar, los datos de la factura o factura simplificada y, por último, datos adicionales que la empresa necesite comunicar.
¿Hay una validación previa en la solución?
Tanto la validación de la solución SII de EDICOM como la validación de la AEAT están sincronizadas. Se realizan en tiempo real las validaciones sintácticas, para que el mensaje que se envíe esté construido siguiendo los esquemas XML y llegue de manera correcta a la AEAT. Por otro lado, la AEAT realiza también validaciones semánticas. Si el mensaje supera las validaciones a nivel de formato XML, se procederá a realizar las validaciones de negocio, devolviéndose un mensaje de respuesta con el resultado de la validación y de su aceptación o no por la AEAT.
¿Cómo se contempla el envío de la información de los proveedores que se acogen al criterio de caja?
El criterio de caja consiste en imputar los ingresos y los gastos al periodo en el que se cobran o pagan, sin tener en cuenta cuándo se han realizado las operaciones. El sistema contempla técnicamente esta posibilidad con un mensaje XML específico para este fin tanto en facturas expedidas como recibidas.
¿Un establecimiento permanente tiene las mismas obligaciones que una entidad española?
Sí. Si tienen CIF en España y emiten factura, es su obligación.
¿Cómo acogerse al SII de forma voluntaria?
Optando en la declaración censal (modelo 036) en el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto o a tiempo de presentar la declaración de comienzo de la actividad, surtiendo efecto en el año natural en curso.
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¿Cómo se registra una exportación?
La operación se anota en el Libro Registro de Facturas Expedidas. En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” se consigna el valor 15. Debe identificarse al cliente -en caso de ser extranjero- mediante el “Código país” y las claves 3 “Pasaporte”, 4 “Documento oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia”, 5 “Certificado de residencia” ó 6 “Otro documento probatorio” del campo “IDType”. Por otra parte, la base imponible de la factura se incluye en el campo de tipo de operación “Exenta” dentro del bloque “Entrega”.
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