Descubre las Funciones Clave y Obligaciones de las Autoridades Fiscales en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En México, el cumplimiento de las obligaciones tributarias es un deber constitucional. El artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que "son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados y Municipios en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes".

Relacionado con lo anterior, en materia tributaria el Estado actúa a través de las autoridades fiscales y éstas sólo podrán realizar aquello que expresamente esté permitido por la ley. Las autoridades fiscales están obligadas a proporcionar a los contribuyentes toda la información relacionada con el cumplimiento de la obligación tributaria a efecto de que los contribuyentes se encuentren en condiciones de dar efectivo cumplimiento a dicha obligación.

El sujeto pasivo de la relación tributaria es el contribuyente. Además del contribuyente existen otros sujetos que no realizan precisamente el presupuesto previsto por la ley sin embargo, y en virtud de la realización de ese presupuesto por el contribuyente y con quien se encuentran relacionados tienen obligaciones a su cargo.

Fundamento de la Obligación Tributaria

En México, el fundamento de la obligación tributaria lo encontramos en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dispone: “Artículo 31: Son obligaciones de los mexicanos: IV.

La principal obligación tributaria es el pago de impuestos. En las obligaciones de dar, el contribuyente paga al Estado las contribuciones. En las obligaciones de hacer, el contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos. En las obligaciones de no hacer, el contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas. En las obligaciones de tolerar, el contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.

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Concepto de Fisco

El fisco es el órgano del Estado encargado de obtener los ingresos de aquél para la integración de la hacienda pública, la administración y la disposición de tales bienes. El mencionado órgano dispone de diversas facultades conexas con la de organización, administración y disposición de la hacienda pública.

Por hacienda pública se entiende el conjunto de elementos económicos de que el Estado dispone para el cumplimiento de sus funciones. Hacienda pública es sinónimo de erario o de tesoro público.

Funciones del Fisco Federal

El fisco federal se identifica con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Las funciones de la Secretaría de Hacienda se enuncian en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Formulación de Proyectos de Leyes Fiscales

Corresponde a la Secretaría de Hacienda "Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal (hoy Distrito Federal)".

Cobro de Contribuciones

Indica la fracción XI del citado artículo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que a la Secretaría de Hacienda corresponde: "Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales". La función enunciada implica el cobro de las contribuciones, incluso por la fuerza.

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Organización y Dirección de Servicios Aduanales

Complementando lo dicho en la fracción XI del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción XII del mismo indica que corresponde a la Secretaría de Hacienda "Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera".

Como se ve, también las acciones que el fisco federal ha de satisfacer en cumplimiento de lo que indica esta fracción, constituye complemento de la obligación de cobrar las contribuciones aduaneras, pues la inspección a que la misma alude no es sino con el propósito de evitar la evasión del pago de las contribuciones relativas al comercio internacional.

Autoridades Fiscales Estatales y Municipales

Cabe mencionar que en el ámbito estatal y municipal tanto los códigos fiscales de las entidades federativas y de los municipios señalan cuáles secretarías, dependencias o unidades administrativas se consideran autoridades fiscales a las cuales compete recibir y en su caso exigir el pago de los impuestos, contribuciones o derechos estatales o municipales respectivamente.

Obligaciones del Contribuyente

El Estado ya sea la federación, las entidades federativas o los municipios a través de sus organismos fiscales tiene la facultad de recaudar y en su caso exigir del sujeto pasivo el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

De tal forma que lo anterior se refiere a que una vez que se produce el hecho previsto por las leyes, el contribuyente debe cumplir frente al Estado con las obligaciones que se derivan de la realización de ese hecho y el Estado tendrá el derecho de percibir o exigir, según sea el caso, al contribuyente el cumplimiento de esas obligaciones.

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En las obligaciones de dar, el contribuyente paga al Estado el impuesto. En las obligaciones de hacer, el contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos. En las obligaciones de no hacer, el contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas. En las obligaciones de tolerar, el contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.

Definiciones según el Código Fiscal de la Federación

  • Impuestos: Son las contribuciones establecidas por la ley y que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley y que no sean aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.
  • Aportaciones de seguridad social: Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o las personas que se benefician por servicios de seguridad social proporcionadas por el Estado.
  • Contribuciones de mejoras: Son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien directamente por obras públicas.
  • Derechos: Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir los servicios públicos que presta el Estado en sus funciones de derecho público y las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Obligaciones Adicionales del Contribuyente

  • Derecho a formular alegatos presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las disposiciones fiscales.
  • La clave del RFC es única para cada contribuyente y la obtiene al inscribirse en el registro federal de contribuyentes y está integrada por 12 o 13 caracteres alfanuméricos.
  • El certificado e.firma conocido como Firma Electrónica Avanzada o FIEL por antes llamarse así, es un archivo digital cifrado que permite tanto a personas físicas como personas morales (por conducto de su representante legal) inscritas en el registro federal de contribuyentes dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, realizar trámites o presentar documentos digitales ante las autoridades.
  • Es importante mencionar que otros trámites que se realizan ante dependencias de gobierno pueden ser realizados vía electrónica usando e.firma.
  • Documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades.
  • Las declaraciones deberán presentarse en documentos digitales con firma electrónica avanzada, a través de los medios, formatos electrónicos, con la información y requisitos que señale el Servicio de Administración Tributaria a través de reglas de carácter general, y con la periodicidad y en las fechas que dispongan las leyes fiscales respectivas.

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