Comisiones Gravadas ISR: Descubre Todo sobre Tipos y Régimen Fiscal en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Las ventas son el motor de una organización. Seguramente has conocido al menos una persona que se dedique a las ventas. Las comisiones son una forma de compensación variable que se otorgan a los trabajadores en función de su desempeño, especialmente en áreas como ventas, asesoría y corretaje. Las comisiones son ingresos adicionales que los trabajadores reciben en función de los resultados obtenidos en su trabajo. Ese porcentaje, o esa cantidad, es lo que se conoce como comisión. Las ventas siempre serán parte fundamental para cualquier organización, ya que son lo que determina gran parte del presente y futuro de las compañías.

Tipos de Esquemas de Comisiones

Existen diversos esquemas de pago de comisiones, que pueden variar según:

  • El giro de la empresa.
  • La metodología con la que paguen la nómina.
  • El volumen de las ventas. Es decir, qué tanto vendes y qué tanto porcentaje de esa venta te corresponde.

Los principales esquemas de comisiones son:

1. Solamente comisión.

Este esquema se basa en la premisa que establece que, como colaborador, el 100% de tus percepciones serán comisiones equivalentes a un porcentaje del volumen que vendiste, sin un salario base. Normalmente en esta categoría las comisiones son altas ya que las personas que aceptan trabajar para una empresa bajo este esquema suelen tener perfiles profesionales verdaderamente altos.

2. Salario más comisiones.

En cuanto a ventas se refiere, este es el más utilizado en general por las empresas mexicanas. Algunas establecen un salario base con comisiones altas para incentivar las ventas, mientras que otras compañías prefieren ofrecer un salario base con un volumen moderado de comisiones, más como estrategia para desarrollar la competitividad entre vendedores que como una fuente de ingresos primaria.

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3. Comisiones de renovación o revolventes.

Este tipo de comisiones son aquellas que una persona recibe cuando su venta se renueva. Por ejemplo: Si un vendedor vende un seguro y su cliente renueva la póliza, el vendedor cobrará una comisión nuevamente por cada renovación.

4. Comisiones como bonos.

Como su nombre lo dice, en este esquema el trabajador cuenta con un salario fijo el cual le será pagado todos los meses, independientemente si hay venta o no, pero con la opción de vender y ganar un bono por ello. Este esquema puede ser utilizado por empresas que adicional a su fuerza de ventas, permite que los colaboradores de otras áreas se involucren y obtengan un ingreso extra si así lo desean. Es decir que puede ser un porcentaje del total de la venta, un porcentaje del pago inicial, o un porcentaje de los pagos que se realizan constantemente.

Ejemplos de Cálculo de Comisiones

Ahora te diremos cómo calcular la comisión que te corresponde, con un ejemplo por cada uno de los esquemas que explicamos anteriormente.

Ejemplo 1: Solamente comisión

Francisco vende casas y le entregaron una cartera de 25 posibles clientes. Francisco trabaja bajo el esquema 100% comisión. El porcentaje que maneja su empresa es del 5% del total del monto vendido. Por lo que sus $250,000 MXN de comisión que se ganó por sus ventas le serán pagadas en agosto.

Ejemplo 2: Salario más comisiones

Omar vende automóviles en una agencia. Él tiene un esquema de salario de $9,000 MXN más el 2% de cada venta que cierre. Durante los 31 días de mayo, vendió un total de 4 automóviles por un total de $1,000,000 MXN, por lo que en agosto recibió un total de $29,000 MXN (su salario base más la comisión de lo que vendió).

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Ejemplo 3: Comisiones de renovación

Gerardo es vendedor de seguros de vida y entre enero y junio del 2020 cerró 40 contratos, por los cuales ganó $200,000 pesos de comisión. Este año 2021, 30 de esos 40 clientes decidieron renovar sus pólizas.

Ejemplo 4: Comisiones como bonos

Paulina fue contratada como parte del equipo de Mercadotecnia de su empresa, que renta oficinas. A pesar de no ser su función principal, la compañía le ofrece la posibilidad de vender contratos para la renta de cualquier oficina. Ella tiene un sueldo base de $15,000 MXN y por cada contrato que llegue a cerrar, podrá obtener una comisión del 2%. Ella decidió buscar activamente clientes y pudo cerrar un contrato por $250,000 MXN.

Marco Legal y Fiscal de las Comisiones en México

Existen dos tipos de comisiones, la laboral y la mercantil. Conocer estas diferencias es básico porque, debe atenderse a la naturaleza jurídica del tipo de comisión que se paga para determinar el régimen fiscal del Título IV de la LISR que le es aplicable.

Comisión Laboral (Sueldos y Salarios)

La primera está regulada por la legislación laboral, porque obedece a la retribución de un trabajo personal subordinado, y por ende, el ingreso que obtiene el trabajador (comisión) forma parte de su salario (arts. 82 y 83, LFT). Estas comisiones se deben manejar bajo el amparo del Capítulo I, Título IV de la LISR (ingresos por sueldos y salarios); entonces, el empleador efectuará las retenciones del impuesto con base en la tarifa del artículo 96 de dicha ley. Este tipo de comisiones no causan IVA, al ser ingresos por salarios (art.14, penúltimo párrafo, LIVA).

Exenciones de ISR en Comisiones Laborales

La LISR establece ciertas exenciones aplicables a las comisiones percibidas bajo un esquema laboral:

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  1. La fracción I del artículo 93 de la LISR establece que se encuentra exento del pago del ISR, el tiempo extra que se pague a los comisionistas asalariados que perciben el SMG, siempre que no exceda de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.
  2. Cuyo monto diario no exceda de 15 veces el SMG del área geográfica única, están exentas del pago del ISR.
  3. La fracción V del artículo 93 de la LISR indica que para aplicar la exención deberá considerarse la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador, independientemente de quien los pague.

Comisión Mercantil (Actividades Empresariales)

La segunda, tiene la naturaleza de un acto de comercio; de hecho, el Código de Comercio (CCom), define a la comisión mercantil como el mandato aplicado a actos concretos de comercio (art. 273, CCom). Conforme al artículo 273 del Código de Comercio, el mandato aplicado a actos concretos de comercio se reputa comisión mercantil. El comitente es el que confiere la comisión mercantil; y comisionista, el que la desempeña.

Para efectos fiscales, el artículo 16 del Código Fiscal señala que se consideran actividades empresariales, entre otras, las comerciales, que son las que, de conformidad con las leyes federales, tienen ese carácter. De lo anterior se puede establecer que los comisionistas realizan actividades empresariales, por lo cual pueden tributar para efectos de la LISR en los regímenes aplicables a las actividades empresariales siguientes:

  1. Régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales.

En este supuesto, las comisiones están gravadas por el IVA. El comisionista mercantil debe cumplir con sus obligaciones dentro del Título IV, Capítulo I, Sección I de la LISR y en algunos supuestos la Sección II de la LISR (RIF), toda vez que al realizar un acto de comercio se reputa como una actividad empresarial (art. 16, CFF).

Opción de Ingresos Asimilados a Salarios para Comisionistas Mercantiles

No obstante, el comisionista mercantil tiene la opción de cumplir con sus obligaciones de ISR, bajo la figura de ingresos asimilados a salarios, cuando así lo comunique por escrito al comitente; lo cual podrá hacer mediante una cláusula específica en el contrato de la comisión o mediante un escrito independiente (art. 94, fracc.VI, LISR). Así, se le dará el mismo tratamiento que un asalariado, además de que las comisiones no causarán IVA; para ISR dejarán de tener que cumplir con las obligaciones previstas para las personas físicas con actividades empresariales y profesionales y solo tendrán la de presentar declaración del ejercicio si:

  1. obtienen ingresos acumulables por otro Capítulo
  2. sus ingresos por asimilados a salarios superan $400,000.00 en el ejercicio
  3. comunican por escrito al empleador que presentarán su declaración anual, o
  4. se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 98 de la LISR

Otro punto para evaluar en cual régimen es más conveniente cumplir con sus obligaciones fiscales por las comisiones mercantiles, es la carga tributaria que se genera en cada uno, pues si bien se trata del mismo ingreso, las deducciones aplicables en cada Capítulo son distintas. Si las comisiones se asimilan a salarios no se tendrá derecho a aplicar ninguna deducción estrictamente indispensable para la obtención del ingreso (deducciones autorizadas), mismas que si son deducibles en el caso de tributar en el régimen de actividades empresariales y profesionales. En ambos casos, se pueden tomar las deducciones personales para el cálculo del ISR del ejercicio (art. 151, LISR).

Aspectos del Comisionista Independiente y sus Obligaciones

La ley diferencia entre comisionista y agente comercial. Tanto si vas a trabajar de comisionista como de agente comercial debes hacerte autónomo. Si es una actividad habitual, estás obligado al alta de autónomo en la Seguridad Social. ¿Que es una actividad esporádica o puntual? En tal caso, la Seguridad Social recomienda consultar a la Inspección de Trabajo.

Ese epígrafe señala el tipo de actividad que realizas. Aquí se mencionan algunos de los epígrafes relevantes para comisionistas:

  1. 511. Agentes Comerciales.
  2. 599. Otros profesionales relacionados con comercio y hostelería.
  3. 631. Intermediarios del comercio.
  4. 711.
  5. 712. Agentes y corredores de seguros.
  6. 724. Intermediarios promoción edificaciones.
  7. 727. Agentes o intermediarios prestamos.
  8. 746. Corredores de comercio libres.
  9. 749. Corredores intérpretes y corredores marítimos.
  10. 769. Otros servicios de telecomunicación.
  11. 771. Agentes cobradores.
  12. 834. Servicios propiedad inmobiliaria e industrial.
  13. 841. Representantes técnicos del espectáculo.
  14. 852. Apoderados y representantes taurinos.

Y aunque se llama impuesto, como autónomo no tienes que pagarlo. Ya te hemos aclarado antes que, por ser autónomo, no tienes que pagar el IAE.

Para la facturación y declaración, es importante atender a la normativa vigente. Por ejemplo, por una comisión de 1.000 € has aplicado el 21 % de IVA y el 7 % de retención. Pero esta información no es suficiente para que la factura cumpla con el reglamento de facturación. En este modelo no solo declaras el IVA de tus ingresos, sino también el IVA de tus gastos. En enero también tendrás que presentar el modelo 390 de IVA anual, pero aquí no tienes que ingresar nada. Por pagos fraccionados se entienden adelantos parciales.

Consideraciones en Comercio Internacional e Intracomunitario

Muchos agentes comerciales y comisionistas trabajan en el comercio internacional e intracomunitario. Por cuenta ajena quiere decir que tú haces de intermediador en la venta del servicio o producto. En este caso, debes facturar tus comisiones a la empresa. Si, en cambio, eres un comisionista que actúa en nombre propio la cosa cambia. Pues bien, tu servicio estaría exento de IVA. Estos documentos de justificación te los deberá remitir la empresa española. Esto es así porque tú prestas un servicio a una empresa española. ¿Y qué ocurriría si hicieras de intermediario de la empresa alemana? ¿Y qué ocurre si no se cumplen estos requisitos?

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