¡Descubre Todos los Subsidios y Beneficios Fiscales Vehiculares en Morelos y Cuernavaca que No Te Puedes Perder!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos ha publicado un acuerdo oficial en la edición 6454 del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, donde se otorgan diversos beneficios fiscales y facilidades administrativas. Estas disposiciones están dirigidas a las personas propietarias y poseedoras de automotores en el estado, incluyendo a los residentes de Cuernavaca.

Beneficios Generales para Propietarios de Vehículos

El acuerdo establece importantes estímulos y condonaciones para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con vehículos:

  • Para el Refrendo Anual, se aplica un 50% de estímulo en el pago para vehículos modelo 2020 y anteriores.
  • En cuanto a la Tenencia, se ha autorizado un 100% de subsidio en el Impuesto sobre Tenencia o Uso de vehículos (ISTUV).
  • También se establece una Condonación del 100% en multas, actualizaciones y recargos pendientes relacionados con trámites vehiculares.

Beneficios Específicos para Vehículos de Transporte Público

El acuerdo detalla una serie de medidas específicas para las personas propietarias y poseedoras de automotores del transporte público en el Estado de Morelos:

  • Se destaca la autorización del subsidio del cien por ciento a las personas propietarias de vehículos destinados al transporte público de pasajeros, con o sin itinerario fijo, en el pago del impuesto sobre adquisición de vehículos usados.
  • De la misma manera, se condonan en su totalidad las multas generadas por virtud de dicho impuesto, siempre que el trámite y pago respectivo se realicen en una sola exhibición a más tardar el 29 de agosto de 2025.

Condonaciones y Prórrogas en Derechos de Control Vehicular para Transporte Público

Adicionalmente, se han establecido condonaciones y prórrogas significativas en los derechos por servicios de control vehicular para el transporte público:

  • Se otorga una condonación del 75 por ciento en el pago de los recargos o actualizaciones derivadas de los derechos por servicios de control vehicular, por concepto del refrendo anual de los derechos de control vehicular, con expedición de tarjeta de circulación y holograma, correspondientes a los ejercicios fiscales 2024 y anteriores.
  • Se concede una prórroga al 29 de agosto de 2025, para realizar el trámite y pago de los derechos por concepto del refrendo anual de control vehicular, con expedición de tarjeta de circulación y holograma para servicio público, de acuerdo a la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Facilidades en Verificación Vehicular y Tarjetón de Servicio Público

El acuerdo también incluye facilidades relacionadas con la verificación vehicular obligatoria y los trámites de tarjetón para el servicio público:

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  • Se otorga una condonación del cien por ciento en el pago del monto de la multa a acreedores por el incumplimiento de la verificación vehicular obligatoria o ser ostensiblemente contaminante.
  • Asimismo, se brinda un subsidio del cincuenta por ciento en el pago de los derechos por la expedición, canje anual o reposición del tarjetón para el servicio público de transporte, a que refiere la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, siempre que el trámite y pago respectivo se realicen a más tardar el 29 de agosto de 2025.

Condonaciones para Certificación de Revista Mecánica y Concesiones de Transporte Público

Finalmente, el acuerdo contempla beneficios para la certificación de revista mecánica y la renovación de concesiones del transporte público:

  • Se da la condonación del cien por ciento en el pago de los recargos, actualizaciones y demás accesorios que se hayan generado en los ejercicios fiscales de 2024 y anteriores, con relación a los derechos por la Certificación de revista mecánica para unidades vehiculares del servicio público, con expedición de holograma.
  • Se entrega un subsidio del 50 por ciento en el pago de la renovación de la concesión, por un periodo de 10 años; sólo para aquellas personas beneficiarias cuyas concesiones terminen su vigencia antes del 31 de diciembre del 2025, siempre y cuando el trámite y pago respectivo se realice a más tardar el 29 de agosto de 2025.
  • Asimismo, se cuenta con un subsidio del cincuenta por ciento en el pago de cesiones de derechos, a que refiere la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, siempre que el trámite y pago respectivo se realicen a más tardar el 29 de agosto de 2025.

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