Repartir Dividendos: Guía Completa de Definición Contable y Claves para Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El concepto de dividendos es imprescindible en la vida de las empresas. En latín la palabra dividendos proviene de "dividendos", que significa “que debe ser dividido”. En el ámbito económico se refiere al beneficio o utilidad que distribuyen las sociedades entre sus accionistas.

¿Qué son los Dividendos?

Los dividendos son las utilidades que se reparten a los accionistas como proporción del capital social que éstos tienen en la empresa. Cuando una empresa gana dinero, tiene dos alternativas: invertir en mejoras para su expansión o usar estos beneficios para el pago de sus inversionistas a través de dividendos.

Formas de Cobro de Dividendos

Existen dos modalidades para cobrar dividendos correctas: en dinero o en acciones. La decisión del cobro de dividendos es libre del inversionista, por lo que no podrás interferir ni mucho menos negarle su derecho. Tómalo en cuenta.

  • Dividendos en Efectivo: Esta forma de pago de dividendos se realiza mediante la entrega de efectivo. Representa una disminución en el renglón de caja del activo de la empresa, restando fuerza al capital de trabajo al disminuir al activo circulante, sin embargo, da por terminada la obligación del adeudo por concepto de dividendos.
  • Dividendos en Acciones: Esta clasificación se refiere a la entrega de acciones de la misma empresa como pago de dividendos. Al reinvertir en la empresa, deberán expedirse las acciones comunes que representan los dividendos.
  • Dividendos a Plazos: Esta forma de otorgar dividendos se lleva acabo a plazos; es decir, el dividendo se va pagando en diferentes fechas posteriores, según lo pactado, pudiendo ser la entrega cada mes, bimestre o trimestre, etc.
  • Dividendos en Especie: A los accionistas se les puede pagar los dividendos en otros activos además de efectivo, llamándoles dividendos en bienes, en clase o especie. Los activos tienen que admitir la necesaria división sin perder valor, por ejemplo, maquinaria, automóviles, mercancías, etc. Los dividendos en especie evitan recurrir a la venta de activo para el pago de dividendos en efectivo.

Consideraciones Legales y Contables para el Reparto de Dividendos

Cuando en una empresa se ha evaluado que su generación de utilidades es susceptible de ser repartida, debe de considerarse como primer aspecto en qué consiste la definición de su utilidad neta. “La utilidad neta es el valor residual de los ingresos de una entidad lucrativa, después de haber disminuido sus costos y gastos relativos reconocidos en el estado de resultados, siempre que estos últimos sean menores a dichos ingresos, durante un periodo contable.

Aquí cabe señalar que la empresa deberá dar cumplimiento a la creación y conservación de la reserva a que se refiere el artículo 20 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), la cual consiste en separar 5% de las utilidades obtenidas para formar el fondo de reserva, hasta que importe la quinta parte del capital social.

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La distribución de utilidades sólo podrá hacerse después de que hayan sido debidamente aprobados por la asamblea de socios o accionistas los Estados Financieros que las arrojen. Tampoco podrá hacerse distribución de utilidades mientras no hayan sido restituidas o absorbidas mediante la aplicación de otras partidas del patrimonio, las pérdidas sufridas en uno o varios ejercicios anteriores, o haya sido reducido el capital social.

Como observamos, los aspectos legales deben ser igualmente evaluados antes del reparto de dividendos, debido a que: primero, la entidad pudo haber pactado características particulares para la distribución de utilidades; segundo, su incumplimiento puede traer responsabilidad para los administradores; tercero, podrían no provocar efectos legales; entre otras consecuencias.

En esta materia será importante evaluar si el pago del dividendo generará el pago o retención del Impuesto sobre la Renta (ISR). Como hemos visto, los aspectos señalados deben de evaluarse por las empresas en México antes la distribución de utilidades a fin de conocer cuáles son las utilidades susceptibles de distribución; para ello es necesario llevar una contabilidad adecuada que permita determinar de forma correcta dichas utilidades; asimismo, los aspectos legales indicados nos permitirán determinar la forma adecuada de su distribución para dar cumplimiento tanto a los estatutos de la sociedad como a las diversas disposiciones legales.

Requisitos para el Reparto de Dividendos

  • Que el órgano supremo de la sociedad haya aprobado los estados financieros en que se muestran las utilidades.
  • Que si hubiese pérdidas del capital social, éste deberá ser integrado o reducido.
  • Separar la participación de los trabajadores de las utilidades de las empresas.
  • Separar por lo menos el 5% de reserva legal de las utilidades, hasta que el monto de la misma sea la quinta parte del capital social.
  • Elaborar el alta de asamblea en la que se establezcan el decreto y el pago de dividendos.

Una vez cubiertas las obligaciones anteriores, las sociedades deben pagar a los accionistas o socios sus dividendos.

Formalidades para el Reparto de Dividendos

  1. Las utilidades a repartir deben reflejarse en los estados financieros aprobados por la asamblea de socios o accionistas.
  2. Haber separado de las utilidades el 5% anual como mínimo para la reserva legal, hasta llegar a la quinta parte del capital social.
  3. En su caso, que se hayan absorbido o restituido las pérdidas de los ejercicios anteriores mediante la aplicación de otras partidas del patrimonio o mediante la reducción del capital social.
  4. El reparto de dividendos deberá ser decretado y asentado en un acta de asamblea que podrá ser la misma en la que se aprueben los estados financieros o en una distinta.
  5. La distribución se realizará entre todos los accionistas en proporción a las aportaciones exhibidas, es decir, a las acciones efectivamente pagadas de cada accionista.

Gravamen de los Dividendos en México

En México existen impuestos tanto al consumo como al ingreso. Dentro de estos, el IVA y el IEPS son los principales como parte de los impuestos al consumo, mientras que el ISR lo es en el caso de los impuestos al ingreso. Los dividendos son gravados en México a través del ISR.

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Al ser un ingreso que proviene de las utilidades de una empresa, los dividendos pueden ser gravados tanto en la persona moral como en la persona física. Estos son gravados a las personas morales, al ser parte de sus utilidades, y a las personas físicas, al ser considerados como parte de sus ingresos acumulables.

Para que la persona física pueda acreditar el pago realizado por la persona moral, la persona física debe de considerar como parte de su ingreso acumulable el impuesto pagado a nivel corporativo. Para esto, los dividendos deben ser piramidados al multiplicarlos por un factor de 1.4286, tal como lo estipula el artículo 10 de la LISR. El factor proviene de dividir la tasa de ISR corporativa (30%) entre 1 menos la tasa corporativa (70%). Al resultado de esta operación, se le aplica la tasa de ISR corporativo para obtener el impuesto a pagar por la persona moral.

Adicionalmente, a partir de 2014, en el artículo 164 de la LISR se cobra un 10% adicional a los ingresos por dividendo.

Ejemplo del Efecto en la Persona Física

A continuación, se muestra un ejemplo del cálculo del ISR en la persona física por dividendos percibidos:

DIVIDENDO PERCIBIDO $ 200,000(x)FACTOR 1.4286 * 30% $85,716.00=INGRESO ACUMULABLE POR DIVIDENDOS $285,716.00 ISR ANUAL APLICANDO LA TARIFA DEL ART. RETENCIÓN PARA LA PERSONA FÍSICA DIVIDENDO PERCIBIDO $200,000(x)TASA DE RETENCIÓN DEL ART.

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El comprobante que se debe emitir es un CFDI de Retenciones e Información de Pagos, también conocido como CRIP, al cual se debe incorporar el complemento de Dividendos. Los dividendos que distribuye la persona moral provienen de las utilidades contables de 2023. Dicha empresa cuenta con suficiente saldo en la CUFIN calculada a partir de 2014, para cubrir el pago total del dividendo. C.P.F.

La tasa máxima a la que pueden ser gravados es de 42%, incluyendo el impuesto gravado tanto en la persona física como en la persona moral.

Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)

En la LISR existe un concepto llamado Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN). Esta cuenta es la que refleja las utilidades de la empresa que ya pagaron el ISR pero que no se han repartido.

En conclusión, podemos señalar que siempre que se quieran distribuir o percibir dividendos, no se debe pasar en alto todo lo que esto conlleva, ya que, como se explicó, se deben de cumplir ciertos requisitos para que no se tenga ningún problema al momento de la distribución.

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