Un concurso de acreedores es un procedimiento legal y regulatorio basado en la ley 22/2003 de 9 de julio, diseñado para ayudar a las empresas o individuos en dificultades financieras a reestructurar y pagar sus deudas. Su principal objetivo es garantizar que los múltiples acreedores reciban pagos en igualdad de condiciones, evitando que las primeras reclamaciones dañen las posibilidades de cobro de otros acreedores.
¿Qué es el Concurso de Acreedores?
Cuando una empresa se enfrenta a dificultades financieras, puede solicitar el concurso de acreedores. Esta solicitud permite a la empresa obtener un alivio temporal mientras elabora un plan para abordar su situación financiera. A diferencia de la percepción común, el concurso de acreedores no necesariamente resulta en el cierre de la empresa.
Tanto empresas como individuos y herencias pueden encontrarse en esta situación. El concurso puede ser solicitado tanto por el deudor como por sus acreedores.
Obligación de Solicitar el Concurso
El empresario tiene la obligación de solicitar su concurso cuando se encuentre en situación de insolvencia actual o inminente. Es crucial actuar rápidamente en estas situaciones. Según la ley 22/2003 de 9 de julio, hay un plazo específico para actuar.
En cualquier caso, la ley exige que se declare el concurso desde el momento en que resulte imposible “cumplir con las obligaciones regularmente”; por lo que, una vez constatada esta situación, el empresario deberá solicitar el concurso voluntario en el plazo de dos meses, pudiendo enfrentarse a la declaración de culpabilidad del concurso si no lo hace. Además, se considera que no puede cumplir regularmente con sus obligaciones si para hacerlo hay que recurrir al endeudamiento sistemático.
Lea también: El Concurso Mercantil y la Contabilidad
Fases del Concurso de Acreedores
El procedimiento concursal se divide en varias fases:
Fase Común
Esta fase incluye la solicitud de iniciación, la documentación de las circunstancias (esto es -a grandes rasgos- una memoria económica, un inventario de bienes y derechos y una lista de acreedores) y los primeros pasos procesales. Después de presentarse la solicitud, hay un periodo de evaluación durante el cual se revisa la situación financiera de la empresa.
Esta fase se inicia con la declaración del concurso y su objetivo es determinar el alcance de éste, tratando de preservar el patrimonio del deudor para que se pueda aplicar al convenio o a la liquidación.
Efectos de la Declaración de Concurso
- Respecto al deudor, se le impone la obligación de colaboración y se limitan sus facultades patrimoniales.
- Respecto a los acreedores, se limita su capacidad de reclamación, quedando paralizadas todas las ejecuciones a fin de conservar el patrimonio y respetar el orden de prelación de créditos.
- Respecto de la administración concursal, participará de los actos de disposición del empresario y conservará y administrará la masa activa.
Fase de Convenio o Liquidación
Después de la fase común, el concurso puede derivar en dos escenarios principales:
- El convenio. Puede presentarse anticipadamente o no, siendo su finalidad llegar a un acuerdo con los acreedores para permitir el pago, permitiendo introducir quitas y esperas. Una solución de pago parcial pero igualitaria para todos los deudores, respetando el orden legal de prelación de créditos.
- La liquidación. Se plantea como la solución más indeseable al concurso de acreedores y consiste en liquidar el patrimonio del concursado para satisfacer, en la medida de lo posible, los créditos concurrentes. Esta fase se reserva para los casos de liquidación, incumplimiento del convenio o aprobación de convenios perjudiciales para acreedores.
Calificación del Concurso
Si alguna persona ha contribuido, concurriendo dolo o culpa, a producir o agravar la insolvencia, se entenderá que el concurso es culpable. Deberán restituir los bienes y derechos obtenidos indebidamente.
Lea también: guía detallada sobre los acreedores reconocidos en el concurso mercantil
Dados los múltiples cauces que puede tomar cada procedimiento, su duración es tremendamente variable.
La Prelación del Crédito y el Orden de Pago
Una de las finalidades de la declaración del concurso de acreedores es que estos puedan cobrar las cantidades que le debe el concursado. Pero, ¿quién cobra primero? La Ley Concursal establece un orden de prelación de créditos de forma que sólo cuando se haya satisfecho el nivel superior se pasarán a pagar los de nivel inferior.
El orden de prelación de créditos se regula en la Ley Concursal, conforme a la cual, los primeros que cobran son los créditos contra la masa. En segundo lugar, después de los créditos contra la masa, cobran los créditos concursales.
Tipos de Créditos Concursales y su Orden
Dentro de los créditos concursales, la Ley Concursal establece una jerarquía clara:
- Créditos privilegiados. Son aquellos que reciben esta calificación debido a razones de interés general, de interés social o por motivos jurídico-económicos.
- Créditos con privilegio especial, cuando afectan a ciertos bienes o derechos de la masa activa. Pueden ser créditos garantizados con hipoteca o con anticresis, créditos refaccionarios, créditos por contratos de arrendamiento financiero, etc.
- Créditos con privilegio general, si afectan a toda la masa activa.
- Créditos ordinarios.
- Créditos subordinados. Se tratan de créditos que para ser liquidados requieren la previa satisfacción de los privilegiados y de los ordinarios.
Uno de los desafíos más significativos que enfrentan muchas empresas en este proceso es el pago de las cuotas de la seguridad social y otros pasivos laborales, que suelen tener un tratamiento especial dentro de los créditos privilegiados.
Lea también: Consecuencias legales de los préstamos hipotecarios durante un concurso de acreedores
tags: #qué #es #concurso #de #acreedores #gravamenes
